Acceder

Tengo que solicitar de nuevo el IMV. ¿Incluyo como renta lo percibido por este concepto? - Ingreso mínimo vital

2 respuestas
Tengo que solicitar de nuevo el IMV. ¿Incluyo como renta lo percibido por este concepto? - Ingreso mínimo vital
1 suscriptores
Tengo que solicitar de nuevo el IMV. ¿Incluyo como renta lo percibido por este concepto? - Ingreso mínimo vital
#1

Tengo que solicitar de nuevo el IMV. ¿Incluyo como renta lo percibido por este concepto? - Ingreso mínimo vital

Buenas tardes:

Mi familiar estuvo cobrando el IMV de Abril a Diciembre de 2022 en atención a la situación de vulnerabilidad sobrevenida. Ahora en el 2023 ha dejado de percibirlo, se supone que porque esa situación era excepcional y habrán visto para el nuevo cálculo que en el 2021, estuvo trabajando unos meses y por tanto le han quitado el derecho. 

Ahora estoy pendiente de tramitárselo de nuevo y tengo la siguiente duda: en el 2022 la única renta que ha percibido ha sido el IMV, ¿debo incluir este importe como INGRESO en la casilla correspondiente "Declaro que los ingresos por cualquier concepto, referidos al ejercicio del año anterior...o bien se entiende que estas cantidades (IMV) están exentas e indicar CERO?

Muchas gracias. 
#2

Re: Tengo que solicitar de nuevo el IMV. ¿Incluyo como renta lo percibido por este concepto? - Ingreso mínimo vital

Me respondo yo. Al final he encontrado el artículo que lo exime. Artículo 7  Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Rentas exentas:

...
y) La prestación de la Seguridad Social del Ingreso Mínimo Vital, las prestaciones económicas establecidas por las Comunidades Autónomas en concepto de renta mínima de inserción para garantizar recursos económicos de subsistencia a las personas que carezcan de ellos, así como las demás ayudas establecidas por estas o por entidades locales para atender, con arreglo a su normativa, a colectivos en riesgo de exclusión social, situaciones de emergencia social, necesidades habitacionales de personas sin recursos o necesidades de alimentación, escolarización y demás necesidades básicas de menores o personas con discapacidad cuando ellos y las personas a su cargo, carezcan de medios económicos suficientes, hasta un importe máximo anual conjunto de 1,5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples. 
#3

Re: Tengo que solicitar de nuevo el IMV. ¿Incluyo como renta lo percibido por este concepto? - Ingreso mínimo vital

El IMV no se declara, tal y como has encontrado en la ley.