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IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

38 respuestas
IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]
IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]
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#1

IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

Hola, me queda un mes para terminar de cobrar el subsidio extraordinario por desempleo, y hace unos días ley esta noticia:

"El nuevo texto de la norma recoge que una vez agotado el subsidio por desempleo ofrecido por el SEPE en el caso de aquellas personas que lo hayan cobrado hasta ese momento, y siempre que justifiquen que no tienen otra fuente de ingresos, podrán solicitar el Ingreso Mínimo Vital. Y es aquí dónde viene lo más relevante. En este caso en concreto, el IMV se solicitará desde el Servicio Público de Empleo y no a través de la Seguridad Social."

Pues resulta que hace un par de semanas pregunte en el SEPE y no sabían nada de ello, bien es cierto que aun no estaba aprobado, pero quedaba poco y si se escuchaba por muchos medios ya. Y de momento, no hay nada en su web.

Quería saber si sabéis como es? Si realmente ya entro en vigor, y como pedirlo. 


Tengo cita para mitad de mes, pero quería informarme bien antes, porque la ultima vez no me informaron ni de la mitad de las cosas, que las averigüe fuera de allí, y no se si me va a tocar la misma funcionaria sin ganas de hacer bien su trabajo.




#2

Re: IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

Bulo

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

No es un bulo es sierro está publicado en BOE 19/2021 del 20 de diciembre .. pásate por oficina de empleo que te informe.. 
#4

Re: IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

Es otra mentira del gobierno, no tienes mas que leer el BOE. Los medios no hacen mas que repetir las notas de prensa.
#5

Re: IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

Búscame el apartado o los apartados de la ley que regula el IMV; que tras terminar una prestación de el SEPE, es el SEPE el que gestiona el IMV... y qué condiciones exige,....!!!!?????

Yo lo he estado buscando en el BOE, y no se especifica nada de nada.....

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-21007
#6

Re: IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

Pues tenéis razón, parece que eso solo fue propaganda, intento ver donde lo pone en el BOE y no logro dar con ello, y mira que ha salido en muchos medios, es increíble que mientan así.
#7

Re: IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

Obviamente el bulo no proviene del gobierno en este caso, iría contra sus propios intereses desinformar al ciudadano.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#8

Re: IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

Su interes precisamente es desinformar al ciudadano.
#9

Re: IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

Yo cuando salió te aseguro que lo he leído en un apartado pero tarde mucho leyendo y ahora no me apetece empezar otra vez.. Lo que si me este año cuando lo leí es que es solo solicitar no dice nada de si ya lo cobras y tienes también subsidio te lo actualizan. Y esa noticia a sido publicada en muchos medios oficiales del país a si que no es un bulo.. 
#10

Re: IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

Caballero, creo que este foro debe estar al margen de opiniones políticas.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#11

Re: IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

Lo es. En el BOE no dice tal cosa.
En estos tiempos podemos encontrar bulos incluso en medios de comunicación teóricamente serios, así que el hecho de aparecer en medios de comunicación es precisamente una propiedad imprescindible para que una noticia sea un bulo.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#12

Re: IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

No es una opinion y soy no apolitico sino antipolitico.
#13

Re: IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

Esto es lo que dice el BOE. Es el articulo 11:
5. Cuando no se reúna el requisito de vulnerabilidad económica en el ejercicio anterior, se podrá solicitar desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre del año en curso el reconocimiento del derecho a la prestación de ingreso mínimo vital en aquellos supuestos en los que la situación de vulnerabilidad económica haya sobrevenido durante el año en curso.
Para acreditar la situación de vulnerabilidad económica producida durante al año en
curso, se atenderá exclusivamente al cumplimiento del requisito de ingresos de conformidad con lo previsto en el apartado 2 de este artículo, considerando para ello la parte proporcional de los ingresos que haya tenido el beneficiario individual o, en su caso, la unidad de convivencia durante el tiempo transcurrido en el año en curso, de conformidad con los datos obrantes en los ficheros y bases de datos de la seguridad social que permitan la verificación de dicha situación, o bien, y en su defecto, lo que figure en la declaración responsable para el año en curso. En todo caso, para el cómputo de las rentas del año en curso no se tendrán en cuenta las prestaciones o subsidios por desempleo, en cualquiera de sus modalidades, incluida la renta activa de inserción, ni la prestación por cese de actividad, percibidas durante dicho año siempre que en el momento de la solicitud de la prestación de ingreso mínimo vital el derecho a aquellas prestaciones o subsidios se haya extinguido por agotamiento, renuncia, o por superar el límite de ingresos previsto, en su caso, para el mantenimiento del derecho y sin que se tenga derecho a una prestación o subsidio. Estos extremos deberán ser acreditados en el momento de la solicitud de la prestación de ingreso mínimo vital mediante el oportuno sistema de interoperabilidad electrónica por medio del cual el Servicio Público de Empleo Estatal, o la entidad gestora de la prestación de cese de actividad, facilite al Instituto Nacional de la Seguridad Social los datos necesarios para su comprobación.
Asimismo, se requerirá que en el ejercicio inmediatamente anterior al de la solicitud el beneficiario individual o, en su caso, la unidad de convivencia, no haya superado los límites de renta y patrimonio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 y primer párrafo del artículo 21, apartado 7 de la presente ley, establecidos en el anexo IV, de conformidad con la información proporcionada a la entidad gestora de la prestación por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o las haciendas tributarias forales de Navarra y de los territorios históricos del País Vasco.
En todo caso, en el año siguiente al del reconocimiento de la prestación de ingreso
mínimo vital al amparo de lo previsto en este apartado, se procederá a la regularización de las cuantías abonadas en relación con los datos de promedio mensual del conjunto de ingresos y rentas anuales computables de la persona beneficiaria individual o del conjunto de miembros de la unidad de convivencia, correspondientes al ejercicio en el que se reconoció la prestación, de conformidad con la información de que dispongan las Administraciones Tributarias, dando lugar, en su caso, a las actuaciones previstas en el artículo 19. 
#14

Re: IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

Los comunicados a la prensa, son una cosa y la ley que ha sido aprobada es otra; ahora se están confirmando que dichos comunicados, uno tras otro: son falsos; que las alharacas en prensa y medios eran puro marketing: insisto búscamelo en la legislación???
Ejemplo: la RAI, y las prestaciones de el SEPE: se anuncio en medios, que en el 2022 ya no se restarían, qué ha pasado??? se siguen restando...
El que te miente una vez, lo hace dos y tres....

Pero que... finalmente el tener fe ya es cosa de cada uno.
#15

Re: IMV tras subsidio por desempleo - SEPE - Dudas [Ingreso Mínimo Vital]

¿Y donde dice que el SEPE recoja la solicitud del IMV?
Lo que dice es que se podrá cobrar el IMV a continuación del subsidio si no hay otros ingresos y que se reconocerá con la información que aporte el SEPE en los sistemas de interoperabilidad. Estos sistemas son lugares comunes a las administraciones donde se pone información que otra administración va a consultar, no sirven para pasarse solicitudes de unas a otras
Lo que la prensa intérprete sin preguntar es otra cosa

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

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