Aquí se ha dicho de todo:: que no era obligatorio, si una vez pasadas las fechas para hacer la declaración 2020 no percibías el IMV...
Y lo contrario: gente que aun en esa situación, ha recibido por parte de la SS, la exigencia de hacerla...??? -al menos eso han comunicado por aquí algunos miembros del foro...-
Yo trataría de conseguir cita presencial o al menos telefónica para que me aclararan la duda de forma certificada (a que parte de la ley que rige el IMV se acogen para lo que te digan).
En resumen: en la práctica no parece estar claro ese tema??? no sé si algún expert@ puede desentrañar esas dudas???
Lo que sí está claro es que si en el 2020 recibiste menos ingresos que en el 2019 te interesa que te actualicen ahora, y debieras hacer lo posible por hacerla fuera de plazo, aun teniendo que pagar 200 euros de multa, creo que es esa la cifra???