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Fallecimiento principal perceptor ingresos familiar ¿Tengo que esperar un año? - Ingreso mínimo vital

3 respuestas
Fallecimiento principal perceptor ingresos familiar ¿Tengo que esperar un año? - Ingreso mínimo vital
Fallecimiento principal perceptor ingresos familiar ¿Tengo que esperar un año? - Ingreso mínimo vital
#1

Fallecimiento principal perceptor ingresos familiar ¿Tengo que esperar un año? - Ingreso mínimo vital

Hola,


Estaria muy agradecido si me ayudaran a resolver un par de dudas sobre el derecho a recibir el IMV.


Mi hermano y yo viviamos con mi madre y su pension era el unico ingreso de la unidad familiar.


Me han dicho que tengo que esperar un año desde la fecha de su fallecimiento para poder solicitar el IMV pues la unidad familiar (ahora mi hermano y yo) tiene que haber  convivido al menos un año ¿Es eso cierto?


Otra duda. Yo nunca he cobrado el paro pues mi vida laboral es exigua y no he cotizado tanto. Mi hermano si ha cotizado durante años. ¿A nombre de quien se tiene que pedir el IMV? ¿Puedo pedirlo yo a mi nombre,? Pues soy el que se encarga de los tramites en casa


Por ahora no tengo mas dudas.


Un saludo y gracias por su labor.
#2

Re: Fallecimiento principal perceptor ingresos familiar ¿Tengo que esperar un año? - Ingreso mínimo vital

Al ser hermanos ustedes forman una unidad familiar nada tiene que ver si su madre falleció,si están empadronados en el mismo lugar siempre por más de un año puedes sacar el imv ,cualquiera de los dos puede hacerlo si al menos uno es mayor de 23 años,vete a la seguridad social y pídelo.
Lamento su perdida,un saludo.
#3

Re: Fallecimiento principal perceptor ingresos familiar ¿Tengo que esperar un año? - Ingreso mínimo vital

Hola no entiendo muy bien lo que quieres decir.yo e creído entender que su madre a fallecido y era su pensión la que entraba en casa asta el momento del fallecimiento? 
#5

Re: Fallecimiento principal perceptor ingresos familiar ¿Tengo que esperar un año? - Ingreso mínimo vital

 Asi es, Maylo.


Muchas gracias por sus  respuestas, han sido muy esclarecedoras.

Utilizando el simulador de IMV y calculando la cuantia para dos adultos, aparece esta pregunta:  ¿el valor de vuestros bienes o propiedades es superior a 23.684,64 €?  

En este momento, mi hermano tiene 2000euros  de ahorro en su cuenta. Yo no tengo nada, No tenemos ninguna propiedad aparte de la vivienda habitual.

Mi madre tenia un producto bancario valorado en 15mil euros. Mi hermano y yo somos sus unicos herederos. ¿Perderemos el derecho al IMV cuando se  resuelva la herencia?


Gracias por su ayuda y comprension.