Nueva normativa del Banco de España para depósitos
Ante la previsible entrada en vigor de la nueva normativa del BDE para limitar la rentabilidad de determinados depósitos, me surge la duda de si sería aplicable a los depósitos que ya se haya contratado, por ejemplo, por un periodo de tres años. Es decir, podría tener efectos retroactivos con el perjuicio que ello supondría para el ahorrador. O, como sería lo lógico en mi opinión, se aplicaría sólo a los nuevos contratos desde la fecha de entrada en vigor de la orden.
¿Qué opináis?
Saludos.
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