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Duda titular o autorizado en un plazo fijo

3 respuestas
Duda titular o autorizado en un plazo fijo
Duda titular o autorizado en un plazo fijo

CÓDIGO AMIGO

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#1

Duda titular o autorizado en un plazo fijo

Buenas, tenemos una duda mi madre y yo.  Ella de una cuenta suya, que ya me tiene autorizado, quiere hacer un plazo fijo y volverme a poner como autorizado.  Aunque la cuenta es realmente suya, de esta manera me saldrá a mí en la Renta, y me preguntaba si conviene hacer esto, yo creo que lo hace para que si le sucede algo a ella yo pueda acceder al dinero sin problemas (no sé si sería así) y, a lo mejor, evitar algunos impuestos en la herencia.
Podéis ayudarme sobre este tema, ¿qué me convendría más hacer?
Gracias por anticipado.
#2

Re: Duda titular o autorizado en un plazo fijo

Ser autorizado en una cuenta o en un producto financiero como un depósito a plazo no te convierte en titular, solo te da acceso operativo: puedes consultar, retirar o gestionar el dinero, pero no es legalmente tuyo. 

 
  • No tributas por el dinero ni el interés porque no es tuyo
  • En caso de fallecimiento de tu madre, el dinero seguiría siendo suyo (parte de su herencia), y por tanto, tributaría por el Impuesto de Sucesiones si tú heredas esa parte.

Estar de autorizado no implica nada más que una posible gestión de la cuenta. Yo de hecho, he estado siempre en las de mis padres que son mayores para gestionarles un poco y no he declarado, ni me ha venido nada en la renta por ello, el dinero es suyo y el beneficio del depósito también. Saludos.
 
#3

Re: Duda titular o autorizado en un plazo fijo

Gracias por contestar, eso ya lo sabía, mi duda es si a efectos de impuestos me conviene más figurar como titular o como autorizado, aunque supongo que lo más correcto sería lo 2°
#4

Re: Duda titular o autorizado en un plazo fijo

Buenas tardes @arrechucho,

Como autorizado no te sale en el IRPF ni tiene ninguna implicación fiscal, en caso de fallecimiento, aunque seas heredero legalmente no puedes disponer de ese dinero hasta que hayas realizado la aceptación de herencia.

A nivel de herencia poco cambia, en principio como cotitular se entendería que el 50% de ese dinero es tuyo y sólo pagarías impuestos por el 50% de tu madre, pero cuidado, al entrar como cotitular se podría entender que hay una donación y si lo detectan te tocará pagar por la donación más la sanción correspondiente.

¡Un saludo!
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