Efectivamente, el contrato originalmente firmado, principalmente en "condiciones particulares", es eso lo que indica.
Siendo esto así, e incluso no habiéndolo leído con atención previamente, nos obliga a su cumplimiento.El hecho de desconocer la ley no exime de su cumplimiento.
Otra cosa es que en un momento dado, se intente, por motivos mayores y sobrevenidos, modificar las condiciones firmadas originalmente.En este caso, sería únicamente que la otra parte aceptase, y que el cliente tras sopesar las nuevas condiciones decidiese aceptar.De otra manera todo queda como está hasta el momento.
1Sld.