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Depósito de ING Direct al 6% TAE

8 respuestas
Depósito de ING Direct al 6% TAE
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#1

Depósito de ING Direct al 6% TAE

Hasta hace poco nunca babía tenido ninguna queja de ING Direct, pero claro eso se acabó. Ya me la han jugado. Os cuento mi caso:
El 24/2/2004 (fecha valor) abrí un depósito al 6% TAE por importe de 900 €. Hasta ahí todo bien. Pero llega el día 24/3/2004 y me ingresan en la cuenta naranja 3,54 € en lugar de los 4,31 € que según mis cálculos me correspondería (5,84*30*900/36600 = 4,31 €). El 25/3/2004 me entero y les envío un mensaje explicando mi situación y pidiendo explicaciones. Todo esto desde el mayor respeto. Pues bien los muy sinvergüenzas todavía no me han respondido, cuando en otras ocasiones no han tardado ni 48 Horas en responder. ¿Os lo podeis creer?
¿Qué puedo hacer? ¿Reclamar por escrito al servicio de reclamaciones del mismo banco? ¿Al del Banco de España? Me gustaría hacer todo lo posible tanto para solucionar mi problema como para que esto no vuelva a ocurrir, ni a mí, ni a NADIE. Se admiten sugerencias. Yo de momento ya he sacado todo mi dinero de ING, exceptuando 1 céntimo claro.

#2

Re: Depósito de ING Direct al 6% TAE

Hola,

Los pasos para efectuar una reclamación pasan por contactar en primer lugar con ING, vía e-mail o teléfono. Si tus cálculos son correctos no creo que tengan interés en ingresarte menos dinero que lo que te corresponde, pero lo importante es que te ofrezcan una explicación ante tu duda.
Si el departamento de atención al cliente sigue sin ofrecerte una respuesta satisfactoria a tu problema contacta con el defensor del cliente.
La última opción es formular una queja ante el Banco de España.
Es interesante que una vez hayas recibido respuesta ante tu problema por parte de ING lo comuniques al resto de usuarios de Rankia, ya que se ha hablado mucho de ese producto concreto en el foro.

Un saludo.

#3

Re: Depósito de ING Direct al 6% TAE

Creo que lo que te han dado es lo correcto, una vez descontado el 18% que va para Hacienda,
Compruebalo antes de hacer reclamacion.

4,31 x 18/100= 0,78 euros
4,31-0,78= 3,53 euros de interes real.
Un saludo.

#4

La retención de los intereses baja al 15%

hay un error en lo anterior, en vez de ser un 18% para hacienda, actualmente es un 15%.
http://www.subinspectores.com/cap32/pr4t02325.htm

La retención de los intereses baja al 15%

Miguel Rodríguez / MADRID

A partir del año que viene, las retenciones aplicadas a los intereses de depósitos y cuentas disminuyen del 18% actual al 15%.

El desplome bursátil de los últimos casi tres años ha otorgado un renovado protagonismo a otro tipo de productos financieros, denominados de pasivo. Los depósitos y las supercuentas con elevadas remuneraciones se han convertido en el arma esgrimida por las entidades para captar el ahorro de los clientes que huían de los mercados de valores.

Fiscalmente, los intereses percibidos por los depósitos y las cuentas tienen la consideración de rendimientos del capital mobiliario y se integran en la parte general de la base imponible en el IRPF. Significa esto que dichos intereses tributarán al tipo marginal del contribuyente.

Al tratarse de rendimientos del capital mobiliario están sujetos a una retención del 18%, la cual se deduce de la cuota líquida a pagar a Hacienda al hacer la declaración. De cara al año que viene, cuando entre en vigor el nuevo IRPF, es importante destacar que la retención caerá del 18% al 15%, que es el tipo de gravamen mínimo que regirá a partir del 1 de enero.

A la hora de hacer la declaración de la renta, los rendimientos obtenidos por los depósitos o las cuentas se integran en su totalidad en la base imponible, incluida la retención que se haya aplicado. A esos rendimientos se les aplica el tipo de gravamen que corresponda al contribuyente. Existe, no obstante, una excepción para aquellos rendimientos generados en un periodo superior a dos años, los cuales se benefician de una reducción del 30% y en 2003 del 40%. Si, por ejemplo, un contribuyente obtiene unos rendimientos de 100 euros por un depósito a dos años y medio, integrará en la base imponible sólo 70 euros. A esta cifra se le aplica ahora una retención del 18%, que en términos efectivos es del 12,6% (0,18 x 0,70% = 0,126).

Esta reducción es más beneficiosa para los depósitos que para las cuentas o las supercuentas, ya que la liquidación de los intereses de las cuentas suele realizarse en periodos de un año o inferiores, mientras que las entidades que lanzan depósitos suelen hacerlo a dos años o más para que el ahorrador se beneficie de esta reducción.

No conviene olvidar la proliferación en el último año de depósitos semanales. Obviamente, no se benefician de la reducción del 30%.

A la hora de realizar la declaración de la renta, se ha dicho anteriormente que los rendimientos, incluida la retención, se integran en la parte general de la base imponible. Una vez calculada la cuota líquida a pagar a Hacienda, se le restará la retención aplicada, dando lugar a la cuota diferencial. En el caso de los depósitos y las cuentas no son deducibles las comisiones de administración o custodia de los mismos, al no ser valores negociables.

Depósitos estructurados

En los últimos años han proliferado también los denominados depósitos estructurados y los referenciados a índices o cestas de valores, que suelen garantizar el capital más un porcentaje de la revalorización del índice o la cesta en el periodo de vida del depósito. Lo más relevante fiscalmente reside en que si al vencimiento el titular recibe acciones en lugar de rentas dinerarias se considera igualmente rendimiento del capital mobiliario y su cálculo es el valor de mercado de dichas acciones el día de la entrega. Si posteriormente se venden las acciones, habrá una ganancia o pérdida patrimonial y tiene su trato fiscal propio. Si la plusvalía es a menos de un año, se grava al tipo del contribuyente, y si es a más de un año, va al 18% (al 15% a partir de 2003).

Los regalos en especie también tributan

Es habitual que las entidades realicen sorteos por contratar productos e incluso que regalen artículos materiales como cadenas de música o

#5

Re: La retención de los intereses baja al 15%

Gracias a los dos. Es cierto que con la retención del 15% salen las cuentas. Ya estoy más tranquilo. Pero entonces lo que no entiendo es por qué no me han dicho eso mismo los de ING. Les mandé un e-mail el 25/3/2004 y todavía no he obtenido respuesta. Para obtener información sobre sus productos bien que se daban prisa en responder, será posible.

#6

Re: El comercio es el comercio

Entre una venta y una reclamación, ¿qué cerrarías antes?
Una empresa centrada en sus clientes atiende antes una reclamación.
El 99% de las empresas atienden antes una venta.
¿Más barato mantener o captar un cliente? Supongo que habrán hecho sus cuentas.

#7

Re: El comercio es el comercio

Ya si eso lo sé. Lo que más me fastidia es que si tuviese millones en ING, estoy convencido de que me habrían contestado en cuestión de minutos, a lo sumo horas. :( Capitalismo puro y duro. :(

#8

Re: Depósito de ING Direct al 6% TAE

Hoy por fin me han respondido, explicándome con todo detalle de dónde salía ese +3,54 €, aunque aún no me fío mucho de su departamento de atención al cliente porque, como ayer les volví a mandar el mismo mensaje pidiendo explicaciones, pues no sé qué pasó con el 1º. ¿Lo borraron sin querer antes de leerlo? ¿Lo ignoraron completamente? Qui lo sa. Desde luego a mí me aparecía como enviado, osea que vete a saber.
Por cierto, por si alguien se lo preguntaba, la cancelación anticipada del depósito mensual no tiene ningún coste, simplemente te ingresan los intereses (al X% TAE) correspondientes a los días que lo has tenido abierto. Bueno, o al menos eso me han dicho.

Guía Básica