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Disposición capital de depósito no cancelable

11 respuestas
Disposición capital de depósito no cancelable
Disposición capital de depósito no cancelable
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#1

Disposición capital de depósito no cancelable

Hola a tod@s,

el 19/04/2011 contraté un depósito bancario a 2 años que ahora mismo me gustaría recuperar cancelándolo anticipadamente.
He leído el contrato y veo que es "no cancelable" y el contrato continua diciendo: el cliente podrá solicitar al Banco un crédito, por el importe máximo del depósito constituido, con pignoración del mismo, a un tipo de interés "preferencial" que será pactado por las partes en el momento de su solicitud, y siempre teniendo en cuenta las circunstancias del mercado.

He de decir que la razón de la cancelación no es la necesidad de disponer del capital, sino más bien que me gustaría evitar el riesgo país y llevar el dinero a otra nación.

Os agradecería me orientarais si hay alguna forma o precedente de disposición del capital de un depósito no cancelable o que acciones (con ciertas garantías de éxito) están en mi mano para recuperarlo.

Muchas gracias por anticipado

#2

Re: Disposición capital de depósito no cancelable

Si es un deposito esta cubierto por el fondo de garantía de depósitos (hasta 100.000 ) la solvencia de ese fondo es otro tema pero vamos... En que entidad lo tienes? Es un deposito a plazo fijo normal o es otro producto?

#3

Re: Disposición capital de depósito no cancelable

Asegúrate a ver que producto tienes, a mi me suena mas a que es un "pagare", que por cierto no están garantizados por el FGD.

#4

Re: Disposición capital de depósito no cancelable

En el propio contrato te están indicando las opciones posibles.

Al contratar el depósito ya te indica que no es cancelable y que te permiten solicitar un crédito (con intereses) por el depósito que tengas.

Estas son las cosas que me echan para atrás en algunos depósitos.

#5

Re: Disposición capital de depósito no cancelable

Gracias a todos por contestar.
Es un depósito a plazo fijo normal, lo que pasa es que no permite la cancelación anticipada. La entidad es el Bco Popular.
Como bien dices, aunque sí está cubierto por el FGD tal como están las cosas no me ofrece confianza alguna, de modo que preferiría recuperar el capital e invertirlo en otra cosa.

#6

Re: Disposición capital de depósito no cancelable

Tienes razón en decir que el contrato es claro.
La duda que me surge es saber si, a pesar de esa cláusula, hay alguna argucia legal para intentar recuperar el capital sin esperar al vencimiento. Es decir, ya sé que tendría que asumir la pérdida completa de los intereses e incluso no me importaría asumir una penalización (en el capital) con tal de recuperar el dinero antes de abril del año que viene. Me parece que en ese periodo pueden pasar muchas cosas y preferiría tener libertad para mover el dinero. ¿os suena que haya alguna forma?

#8

Re: Disposición capital de depósito no cancelable

El problema que le veo a la opción del crédito es en el supuesto de que suceda una debacle financiera y una salida del euro con posterior conversión asimétrica.
Si ese fuera el caso, no sería interesante incrementar las deudas ahora, ya que el crédito que se solicita y el depósito que tengo contratado (aunque ahora serían por el mismo importe), después de una conversión asimétrica no tendrían el mismo valor.

Guía Básica