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Derechos de españoles residentes en la U.E

4 respuestas
Derechos de españoles residentes en la U.E
Derechos de españoles residentes en la U.E
#1

Derechos de españoles residentes en la U.E

Buenos días,
Me comunican unos amigos que su hija se traslada a Holanda A TRABAJAR. Pero me surge una duda, le han dicho a su hija que pasados 90 dias, SE QUEDA SIN COBERTURA SANITARIA. ¿Es cierto?.
Saludos,

#2

Re: Derechos de españoles residentes en la U.E

Siete. Se incorpora una nueva disposición adicional, la sexagésima quinta, al Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con la siguiente redacción: «Disposición adicional sexagésima quinta. Pérdida de residencia a efectos de prestaciones de la Seguridad Social, incluidos los complementos a mínimos. 1. A efectos del mantenimiento del derecho de las prestaciones económicas de la Seguridad Social en las que se exija la residencia en territorio español, se entenderá que el beneficiario de dichas prestaciones, incluidos los complementos a mínimos, tiene su residencia habitual en España aún cuando haya tenido estancias en el extranjero siempre que éstas no superen los 90 días a lo largo de cada año natural, o cuando la ausencia de territorio español esté motivada por causas de enfermedad debidamente justificadas. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, a efectos de las prestaciones y subsidios por desempleo, será de aplicación lo que determine su normativa específica. 2. A efectos del mantenimiento del derecho de las prestaciones sanitarias en las que se exija la residencia en territorio español, se entenderá que el beneficiario de dichas prestaciones tiene su residencia habitual en España aún cuando haya tenido estancias en el extranjero siempre que éstas no superen los 90 días a lo largo de cada año natural.» http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/26/pdfs/BOE-A-2013-13616.pdf
Imagino que un trabajador en Holanda tendrá sanidad cubierta allí, luego dependerá de los acuerdos entre Holanda y España. Han dicho que se recupera instantáneamente en cuanto vuelves a España pero instantáneo en la administración ....................
#3

Re: Derechos de españoles residentes en la U.E

Pero por qué no iba a estar cubierto, si en cuanto vuelves a España puedes volver a solicitar las prestaciones sanitarias. La jodienda es tener que ir otra vez a empadronarte, pero bueno.

#4

Re: Derechos de españoles residentes en la U.E

Yo he leído eso que han dicho los políticos del gobierno pero no he leído nada sobre el procedimiento establecido para recuperar ese derecho.

No parece muy lógico la recuperación sea inmediata cuando la perdida hace referencia a año natural, 90 días en año natural pierdes el derecho, eso lo dice, lo que no dice es que en cuanto pises territorio español lo tienes recuperado.

Pero vaya que trabajando imagino tendrá cubierto eso por Holanda y los tratados que tengan, que los desconozco.

#5

Re: Derechos de españoles residentes en la U.E

Vamos usar el argumento al revés, un holandés se viene a trabajar a España, quien le cubre la asistencia sanitaria? Nosotros cubrimos salidas a la Unión Europea o a países con convenio, Marruecos, Túnez, algunos países sudamericanos... Para salidas temporales y manteniendo la residencia en España. Cuando no se esta cotizando en España, ni cobrando desempleo, la prestación no el subsidio, se cubren 90 días naturales en el año. Cuando se cobra prestación se cubren 15 días, salvo autorización expresa del inem, así intentamos evitar que la gente que cobra paro en España se mar han a currar a otro país. Cuando una persona regresa a España mayor de 26 años y soltero la cobertura por límite de rentas obliga a estar empadronado en España...saludos