¿Nos devuelven las retenciones sobre los dividendos de otros países?
Apreciados compañeros
según la ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas, hasta 1500 euros, estamos perdonados en estos parajes, para compensar las pérdidas de contrapartida en bolsa (se infiere de alguien que lee con las vistas en la realidad de las cosas)
Asimismo, según Self bank, ellos tienen un impreso que si lo rellenas, directamente no te cobran dividendos en los demás países (al menos en un país que ellos dicen), sino solamente se carga el dividendo de este país, con tan solo acreditar que no somos residentes en el tercer país.
Por lo expuesto, si no pedimos la devolución de los dividendos del tercer país... ¿no será que se quedan por aquí y todos mirando al piso?
¿no es aplicable en toda su extensión la regulación del citado artículo de la ley irpf, para en interpretación literal del precepto (que nunca lo he leido), ahorrarnos hasta 1500 euros de dividendos exentos?
ejemplo: la empresa x reparte 10 euros de dividendo. Aquí se quedan con 1,90 euros y en un país europeo se quedan con el 25 %, o sea, que nos llega un 55 % de lo que es nuestro dividendo...¿estoy exento hasta 1500 euros de ese 44 % que se han quedado entre el tío maco y el vecino?
Saludos