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¿Alguien ha trabajado con premios estructurados o rentas diferidas gestionadas desde 2005?
Estoy revisando casos en los que premios (de tipo público, regulados) no se entregan en forma de capital directo, sino que se “convierten” en rentas a largo plazo, supuestamente por protocolo interno de la entidad bancaria.
Me llama la atención que en algunos documentos aparece una referencia a “circular de 2005”.
¿Esto podría afectar a cómo se computa ese dinero en el balance de la entidad? ¿O incluso a ratios de liquidez si se utiliza como pasivo operativo durante años?
Agradecería opiniones técnicas.
Litigio Simbiótico Humano.
Primera aparición pública.