De la “charla informal” con Needham, como ya comenta creo que bien Luu003, si tuviera algo que ver con OPA de exclusión no se habría hecho público. Se agradece la información de ECS1 para hacernos saber que Pharmamar mantiene reuniones de este tipo. Fenomenal. Pero no tiene mayor recorrido en relación a ese tema.
Del tema de fondo OPA de exclusión, en general: para mi el asunto fundamental es la seguridad jurídica necesaria para una operación de este tipo. La ley del mercado de valores exige un precio equitativo para hacer una OPA, cualquiera que sea la finalidad que se persiga. A ese precio se puede llegar por varios criterios, siendo uno de ellos el que mencionas del valor liquidativo. Pero todos los criterios están condicionados por las circunstancias que existan en el contexto en el que se produce la operación. Si el precio equitativo aplicado goza de seguridad jurídica, la OPA de exclusión es viable. Si no, no lo será. Ejemplo tenemos en Metrovacesa: Carlos Slim quiere la totalidad de la empresa y muy probablemente excluirla después del mercado. El free float es muy reducido, en torno al 10%. Cotiza sobre 8 euros. De un plumazo se lo compra. Pero el Santander y el BBVA, que tienen paquetes muy importantes de acciones, valoran la acción en bastante más. La previa o posterior operación de compra de los paquetes de los bancos a según qué precio contamina el hipotético precio equitativo a 8/9 que le gustaría aplicar a Slim. Resultado: un caso en principio tan sencillo, con un negocio bastante predecible, con tan pocos actores, con un free float tan reducido y un comprador tan potente como Slim, no termina de salir.
Mucho más enrevesado es el caso de Pharmamar en todos los órdenes. Si Sousa y cía. piden prestado para comprar el 75% por ciento de Pharmamar, pongamos a 40 euros, necesitan más de 500 millones de euros. No se los van a dar por su propia capacidad de endeudamiento, pero sigamos. Deben aprobar en junta de accionistas el precio equitativo propuesto previo informe emitido y firmado por ellos mismos, los administradores. Si la empresa no tenía nada a la vista y valía realmente 40 euros, nos habrán pagado un precio equitativo. Elegimos mal nuestra inversión y el problema no fue la OPA de exclusión si no nuestra elección al invertir. Si por el contrario, les aprueban Imforte, o Lagoon, o firman un acuerdo con Roche de 1000 kilos para Europa, o cualquier otro asunto que evidencie ocultación de información relevante en su informe de valoración para junta de accionistas, habrán manipulado y cometido, presuntamente, delito, no solo en el orden contencioso-administrativo, que también, si no en el orden penal personal.
Resultado: ningún banco ni fondo de capital privado va a financiar una operación al núcleo duro para que se compre una empresa que no termina de despegar a 40 euros de precio equitativo-real por acción, ni tampoco van a financiar la operación en el caso de que sea una bicoca de 100, 200 o 300 euros por acción pero pagada a un precio “equitativo” de 40 euros que realmente no era tal, dada semejante situación de inseguridad jurídica en este último caso. Y todo el tema de la inseguridad jurídica es igualmente válido para el caso de que el interesado en opar para excluir sea una big pharma. Una OPA es un asunto muy complejo, si es para exclusión lo es más todavía, y sin seguridad jurídica es harto improbable que ocurra. El capital es muy miedoso: está tranquilo hasta que sale en desbandada ante el menor atisbo de peligro.
La incertidumbre real que no se puede evadir es si la empresa vale 40 euros o vale más. La incertidumbre no es en sí la OPA de exclusión, que está sujeta a suficientes presupuestos legales para atemperar al capital oportunista.
Gracias Romon,