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Convertibles Santander Octubre 2011

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Convertibles Santander Octubre 2011
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#345

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

No sé si puedo intervenir con mucho fundamento en este hilo, ya que no soy afectado como puse muchas páginas atrás, intentaré ayudar en la medida de lo posible, poniendo lo poco que sé al respecto del tema.

Hasta donde he leido, creo que el "éxito" de la sentencia en primera instancia es debido a que en el folleto de la emisión de convertibles figuran como destinatarios "INVERSORES CUALIFICADOS" cuando, en la realidad se ha vendido a todo aquel que se dejó caer por las sucursales. Si alguno tiene el folleto o el ISIN de la emisión, entiendo que puede comprobar este extremo en la página de emisiones de la CNMV (http://www.cnmv.es/portal/Consultas/Busqueda.aspx?id=19). Si la emisión, es tal cual, para inversores cualificados, algo se podría rascar por ahí, claro que, hasta octubre el tiempo es limitado y desconozco los efectos que podría tener una sentencia favorable con posterioridad a la conversión efectiva.

En cuanto al precio de conversión entorno a los 12 euros, no es ningún favor del SAN hacia los afectados. Esto viene dado por los sucesivos "dividendo elección" que está realizando y que diluyen el precio inicial de la acción hasta esa cifra (12 €).

Yo no esperaría "contramedidas compensatorias" del SAN hacia los afectados. Como Karli sabe, desconocía la aplicación de cuatro ventanas de canje hasta octubre. Lo que esto quiere decir es que intentan dos vías: minimizar el impacto "social" del canje efectivo y en segundo lugar que no haya una salida masiva de gente de la acción.

Por lo demás, y en la medida de mi experiencia en bolsa, a todos los que tengaís el producto os aconsejaría paciencia (aún más). Como se ha dicho por aquí una cosa es la entidad SAN y otra es la acción de SAN. Una vez recibidas las acciones, mantenedlas. Haceos a la idea de que es un dinero que teneís inmovilizado y por el cual cobrareís cada tres meses algunos intereses. La bolsa, más temprano que tarde, acabará subiendo y alcanzará el precio de canje que os proponen. Creo sinceramente que no os queda otra que apretar los dientes y aguantar, ni más ni menos que lo que llevaís haciendo hasta ahora con los bonos que teneís. Si algo ganaís con el canje de octubre es mayor potencial de liquidez ya que la acción se puede vender en segundos.

Insisto, salvo que imperiosamente necesiteís el dinero, no vendaís las acciones del canje con el nivel de pérdidas que vaís a asumir (el 50% o algo más de ese porcentaje). Habrá tiempos mejores para hacer la venta. Aquellos de vosotros que no "controleís" de bolsa, preguntad, aquí hay gente que intentará orientaros, entre ellos, el que suscribe.

Y que conste que no soy del SAN, no vaya a ser...

Suerte a todos.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#346

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

Hola.
Alguien sabe si se supone que a partir de 50.000 se considera "inversor cualificado"?

Viva el vino y la mujeres!!, el primero cuanto mas bueno mejor lo segundo ......

#348

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

Si el inversor tiene la cabeza perdida o es un ancianito, vete tú a saber si es cualificado o sencillamente estafado. Éso lo determinará un juez. Desde luego mi padre no cumple dos de los tres requisitos para ser considerado como tal...

Un saludo cordial

Si un amigo es de verdad, su amistad perdura en el tiempo y con la distancia.

#349

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

¿Nos aconsejarías paciencia o acudir a un abogado para intentar luchar sabiendo que el inversor no era cualificado ni de lejos?

Un saludo cordial

Si un amigo es de verdad, su amistad perdura en el tiempo y con la distancia.

#350

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

Excelente aportación. Gracias.

Un saludo cordial

Si un amigo es de verdad, su amistad perdura en el tiempo y con la distancia.

#351

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

Eso es una pregunta dificil de contestar en un post.

Antes he puesto que desconozco las implicaciones que puede tener una sentencia favorable después del canje efectivo del producto (tiene fecha de "caducidad" preestablecida en octubre y es obligatoria). Si acudes a un tribunal y la sentencia sale después de esa fecha... pues ni idea de como podría implicarse eso.

Por otra parte está la consideración de coste/beneficio. Asumirías un coste jurídico a cambio de quedarte igual que estabas en 2007 cuando la suscripción del producto, caso de que la sentencia sea favorable en la última instancia posible, porque, no te quepa duda, el banco pleiteará hasta donde pueda llegar.

Y aquí entramos en la tercera y última consideración. La más curiosa. Podría darse en caso de que el proceso, entre sentencia favorable/desfavorable y recurso a la instancia superior, se demore por espacio de varios años (hasta última instancia, yo diría que un quinquenio como poco). Habría que tener en cuenta mi consideración -subjetiva- del "progreso" de la acción del SAN si el entorno mejora (que creo que lo hará) y de que esta alcance su precio de canje enmedio del proceso. Y aquí surgiría el problema de desistimiento enmedio del proceso y venta a mercado de la acción.

El problema básico de todo trámite judicial, aparte de la lentitud del sistema en sí, es aquel de tener la razón, poder demostrar en el proceso que tienes la razón y, lo más importante: que los magistrados que deciden, te den la razón. Y hay que tener en cuenta que una cosa es la legalidad y otra es la justicia, que no siempre coinciden.

Cuando acudas a la letrada, una aclaración interesante a preguntar y que te definirá la toma de decisión es preguntarle directamente cuanto tiempo se puede alargar todo el proceso. Creo que ahí puedes ver lo que más te conviene, si la paciencia o la lucha directa.

En cuanto a lo del inversor cualificado... es un terreno resbaladizo. Si hay inversiones anteriores en bolsa, se puede dar por "sobreentendido" cierto nivel de conocimiento económico, de la misma forma que si hay compras de renta fija, haya sido o no a base de engaño (que este es otro asunto). Hablo simplemente de que ese hecho exista. Como sabes, invierto en bolsa muy frecuentemente y en cantidades superiores a las que pone Iliki, por lo que, por la definición anterior, sería un "inversor cualificado", eso a pesar de que obtenga plusvalías o minusvalías. Volvemos al asunto ese de "que te den la razón".

La solución ideal, sería que los afectados se asociasen y, ya directamente, presionar al banco. El banco tiene un problema y lo sabe, pero si no hay una presión "consistente", no creo que adopte ningún tipo de medida compensatoria. Y personalmente, no buscaría una asociación a nivel "España", sino a nivel provincia, es más sencillo y de contacto directo. Reuniones por provincia y entre afectados y a presionar al banco con concentraciones en la sucursal principal de la entidad. Intentar "cosas mayores" no creo que se consigan y, además, diluyen el efecto.

Suerte a todos.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#352

Re: Convertibles Santander Octubre 2011

Si una sentencia es favorable e indica que ha habido una estafa, por ejemplo, o se declara nulo el contrato por defecto de forma, la ley determinará si ha prescrito el delito o no. Si no prescribe me da igual incluso haber canjeado y vendido las acciones, hubo delito y el culpable tiene que pagar. Pero claro, es mi opinión y no soy letrada.

Un ejemplo que se me ocurre ahora es el matrimonio que habiendo tenido hijos, se declara nulo.

Asumiría el coste beneficio, no para quedarme igual, sino para quedarme como determinase el juez, puede que se dé el caso que te tengan que devolver el principal de la inversión y los intereses que se habrían producido hasta la fecha del obligatorio canje o hasta la de devolución. También es de suponer que los abonos de los cupones de los bonos convertibles, el banco los reclamaría judicialmente... Porque si se anula el contrato, que implica poder perder la inversión tampoco habrá sido válido para cobrar cupones. Y no me cabe la menor duda que el Banco recurrirá todo lo recurrible porque tiene tiempo y dinero.

También me planteo, efectivamente como bien apuntas, qué tiempo habría de esperar para llegar a cobrar ese dinero, no sé exactamente cuánto se puede alargar el pleito. Es un tema que me preocupa muchísimo y uno de los motivos por los que no me lanzo con seguridad al abogado. Quiero hablar del tema con el letrado. No vaya a ser que tenga que esperar tantos años como los que tardaría la cotización de la acción en llegar a los ansiados 14€.

Que tengo razón lo sé, ;-), habida cuenta del desfalco que ha sufrido mi padre desde el 2006 por parte de la misma entidad siempre. Ha perdido la aplastante mayoría de sus ahorros en menos de 6 años, tiempo récord. Colocarle a un ancianito la cantidad que le colocaron a mi padre en dos productos de alto riesgo, es más que sospechoso, pero claro, para denominarlo estafa, aunque yo lo pueda tener clarísimo, necesito una sentencia condenatoria, que obviamente no tengo todavía.

Respecto a la definición de inversor cualificado, pues ahí la realidad supera con creces a la ficción. Se puede dar el caso de tener bolsa y no tener ni idea de cómo manejarla. Vamos a suponer el caso de una herencia, por ejemplo. Es más, yo tengo bolsa y no me considero un perfil de riesgo ya que no he jugado ni una sola peseta en ella nunca. La heredé de mi madre y del Cielo me llegó -nunca mejor dicho-, vamos que no me he sudado la camiseta para invertir ahí. Sin embargo, el formulario de mi perfil MIFID Santanderino, me definiría como una clienta arriesgada.

He intentado por todos los medios informarme aquí y allá de si existen plataformas de afectados, asociaciones que vayan todos a una, pero no encuentro nada. He enviado un mensaje al despacho de Zunzunegui por ver si cogerían mi caso junto al de los demás y enterarme de lo que pretenderían cobrarme y mañana me pondré en contacto con la otra letrada, Dña Esther Arroyo, para lo mismo. A partir de ahí tomaré la decisión de si voy sola, en grupo o simplemente no voy a pleito.

Lo de ir a la puerta del banco con pancartas ni es mi estilo ni me apetece ni tengo tiempo ni posibilidades para ello. Bastante tengo con llevar mi casa y atender a mi padre, como para irme de movilizaciones por ahí. Además no sé hasta qué punto sirven estas manifestaciones callejeras para movilizar los corazoncitos de quienes nos han colocado estos productos milagro.

A mí me llegaron a decir que a mi padre nadie le había puesto una pistola en la sien para colocarle las preferentes SOS Cuétara... Con éso te digo de qué calaña está hecha la moza. Yo sería incapaz de contestar éso a la hija de alguien a quién por mi pésimo consejo de inversión -o el de mis compañeros- he/han arruinado.

A nivel provincia no encuentro nada. Solo en plan particular como te comento o ya en Madrid.

Un saludo cordial y gracias por tus puntos de vista. Nos va a hacer falta la suerte... y hasta un milagro si cabe.

Si un amigo es de verdad, su amistad perdura en el tiempo y con la distancia.