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Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
Compañero, en su informe el BDE dice lo siguiente:
pudo haber quebrantado la normativa de transparencia y protección a la clientela, en concreto pudo incumplir el artículo 7 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, y normas novena y décima de la Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, porque afirma haber formalizado un contrato relativo a un servicio bancario (una imposición a plazo) pero no aporta prueba ni de haber facilitado al cliente un ejemplar de dicho contrato en soporte duradero, ni de haber conservado ese ejemplar con el recibí del cliente
En ningún momento está reconociendo la existencia del inventado contrato. Todo lo contrario. Ademas hace 2 reproches (no uno, sino dos); que no conserva un ejemplar con el recibí del cliente y que no justifica haberlo entregado al cliente.
pudo haber quebrantado la normativa de transparencia y protección a la clientela, en concreto pudo incumplir el artículo 7 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, y normas novena y décima de la Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, porque afirma haber formalizado un contrato relativo a un servicio bancario (una imposición a plazo) pero no aporta prueba ni de haber facilitado al cliente un ejemplar de dicho contrato en soporte duradero, ni de haber conservado ese ejemplar con el recibí del cliente
En ningún momento está reconociendo la existencia del inventado contrato. Todo lo contrario. Ademas hace 2 reproches (no uno, sino dos); que no conserva un ejemplar con el recibí del cliente y que no justifica haberlo entregado al cliente.