Pasos a dar :
Presentación de la reclamación ante el defensor del cliente
Si considera que existe un motivo de reclamación frente a su entidad de crédito, podrá utilizar el Servicio de Reclamaciones del Banco de España.
No obstante, de acuerdo con la Circular 8/1990 que regula dicho servicio, es preciso que antes haya formulado la reclamación por escrito ante el "defensor del cliente" de su entidad u órgano equivalente.
A estos efectos, la propia circular entiende que se considerará que existe defensor del cliente cuando una entidad o conjunto de entidades tenga establecida o se someta formalmente a institución u órgano creado con finalidad de salvaguarda de los derechos e intereses de sus clientes, y debidamente comunicado al Banco de España.
Así pues, en el caso de que no esté conforme con alguna actuación de su entidad deberá seguir los siguientes pasos:
Lógicamente como primera medida debería plantear la reclamación, aunque sea verbalmente, en la propia oficina de la que sea cliente y tratar de resolver en ella la incidencia.
En el caso de que ello no sea posible, a continuación deberá dirigir su reclamación por escrito al "defensor del cliente" de su entidad u órgano equivalente, caso de existir.
Si la comunicación se formula por fax, correo electrónico, etc..., normalmente se requerirá el envío por correo postal de los documentos en que se fundamenta la reclamación. Dicha reclamación deberá exponerse de forma resumida y con claridad.
El defensor del cliente deberá acusar recibo por escrito de su reclamación.
Por último podrá acudir al Servicio de Reclamaciones del Banco de España.
El reclamante sólo podrá acudir al Servicio de Reclamaciones del Banco de España en los siguientes supuestos:
Su entidad no dispone de defensor del cliente.
El defensor del cliente.........
a) deniega la admisión de la reclamación, denegación que siempre habrá de ser motivada..
b) dicta resolución no satisfactoria para el reclamante.
c) deja transcurrir dos meses desde la fecha de su presentación, sin resolver dicha reclamación
http://www.ahe.es/web_CONSUMIDORES/defensor_cliente/pasos_dar.shtm
http://www.bsnbanif.es/ficheros/banif/pdf/Defensor_del_cliente_plan_e_011009.pdf
Espero haberte ayudado.
S2