Y para colmo te bloquean las cuentas
Voy a hablar del hipotético caso de un trabajador que cotiza en el Régimen General de la Seguridad Social.
Mientras tenga actividad económica demostrable el banco no le va a decir nada.
Supongamos que la empresa en la que trabaja deja de abonar sus cuotas a la S.S. y su nómina.
Óbviamente, este trabajador no estará en una situación legal de desempleo y, por tanto, no tendrá derecho a prestación social ni subsidio hasta que no se extinga su contrato de trabajo. En definitiva, no tendrá ingresos.
Si en ese instante el Banco, haciendo un barrido rutinario, detecta que no tiene justificada su actividad económica procederá a bloquearle las cuentas hasta que entregue un documento que acredite la procedencia de los saldos depositados en sus cuentas.
En definitiva, se encontrará en una situación de total indefensión.