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Autorizados en cuentas: Derechos, obligaciones, ventajas, etc.

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#25

Re: Autorizados en cuentas: Derechos, obligaciones, ventajas, etc.

¿El seguro de protección de pagos qué te cubre? Si sólo cubre invalidez y muerte no tienes nada que hacer, si cubre desempleo mírate el clausulado para ver en qué condiciones puedes reclamar, qué importe te cubre durante cuanto tiempo y qué documentación necesitas para demostrar el desempleo.

Sobre avisar para empezar a pagar el préstamo como si no hubiera pasado nada olvídate, después de un año sin pagar entran en funcionamiento los mecanismos de recuperación, tu préstamo está en mora y el procedimiento es otro. Si piensas pagar, lo mejor es negociar.

Si no piensas devolver el préstamo en las condiciones del banco, que tu empresa te pague en mano o, como comentan en este foro, que te manden el dinero a una cuenta de la que tú no seas titular, lo cierto es que si el CCC está correctamente informado la entidad beneficiara tiene la obligación de abonar las transferencias, ya pueden venir a nombre de adolfito hitler.

Aunque me imagino que el embargo le habrá llegado a tu empresa y no a ti, con lo que te paguen como te paguen te retendrán una parte... esto lo deberías aclarar antes de nada, porque en ese caso pocos chanchullos vas a poder hacer.

#26

Re: Autorizados en cuentas: Derechos, obligaciones, ventajas, etc.

Muy buenas.

Ante todo, quiero empezar diciendo lo siguiente: en España, sale más barato matar a una persona, que deberle dinero a un banco. Uno no puede ser autónomo y salir indemne del intento. En los tiempos que corren, que un negocio familiar salga mal, es lo más normal del mundo. Los bancos no dudaban, hasta hace poco, en dar un credito o una hipoteca para un negocio de un pequeño o mediano empresario (ahora no corren tanto), el cual se empeñaba hasta las cejas, por una "ilusión": vivir homradamente de su trabajo.

Seguramente, esa persona, a la que Ustedes tan educadamente llaman "pufero", estaba cansado de no tener un trabajo digno, con el cual poder mantener a su familia: la bonanza económica, qué se le va a hacer. ¿Y porque esa persona no tenga dinero para saldar "ya" una cuenta que tenían pactada para 30 años, ya no tiene derecho a vivir?.

En Estados Unidos, cuando se pide una hipoteca y no puede pagarse, se pierde el bien hipotecado. La persona queda libre para volver a empezar, libre de culpas y cargas de ningún tipo.

En España, los únicos puferos que hay son los banqueros y los que les permiten saltarse la ley: los jueces. Porque querer embargar las ayudas sociales de una familia (me refiero a ayudas para sus hijos discapacitados, ayudas por familia numerosa, prestación familiar por hijo a cargo, becas para el estudio, etc) es un delito, que en mi opinión debería estar penado con la CARCEL. Lo mismo que es un delito desahuciar a un cabeza de familia con sus hijos menores o personas dependientes a su cargo de su vivienda habitual, aunque esta se haya subastado. Eso lo sé yo, y por supuesto lo saben sus abogados, señores banqueros. Sin embargo, lo hacen. Y si uno no tiene un poco de amor propio, se compra el Código Civil y la Ley de Enjuiciammiento Civil y se los empolla desde el primer hasta el último capítulo, no se entera de que esto que Ustedes hacen es ilegal Y NO SE PUEDE HACER. Sin embargo, sus abogados lo hacen cada día. Y con total impunidad, porque encima, los jueces lo permiten.

Por encima de mi familia, han intentado pasar en tres ocasiones: pero no han podido. Se han tenido que retirar con el rabo entre las piernas, admitir su derrota y devolvernos el dinero robado a nuestros hijos. De la vivienda hipotecada, embargada y subastada, no nos echó nadie (porque legalmente no podían): nos fuimos nosotros porque no estábamos a gusto. Yo misma entregué las llaves al Oficial del Juagado. La próxima vez, esta pufera, que si lo fuera hubiera constituído una sociedad, hubiera pedido un crédito multimillonario y hubiera desaparecido del mapa con el dinero, sin pagar una sola cuota, va a demandar al listo que se meta con el capital de mis hijos POR DAÑOS Y PERJUICIOS.

Mientras todo va bien, los banqueros (Ustedes) se llenan los bolsillos a manos llenas con el sudor de la frente del autónomo, gracias a los desorbitados intereses que los "no puferos" les cobran por el dinero prestado. Si algo sale mal, a los tres meses los "honrados" banqueros decapitan al empresario. Muerte en vida. Ya no eres nadie. Vales menos que un asesino.

Por no poder pagar unos intereses de usura (perdón, quise decir "de demora") y devolver una deuda pactada a 30 años "ipso facto", te vamos a incluír en varios ficheros de morosos, más que nada para que cualquiera que hurgue un poco, se entere de la mierda en la que te has metido. Olvídate de tener nada a tu nombre mientras vivas. Vive en la calle, mendiga, tu carrera, si la tienes, no te sirve de nada, porque todo lo que supere la mierda de SMI será para mi y nunca pagarás ni los intereses de los intereses (en mi caso, soy ingeniero, me niego a trabajar para Ustedes de por vida).

Si a un banco no le salen las cuentas, Papá Estado le da una inyección de capital.
¿Quienes son los "puferos" aquí?. Pufero es mi opinión es quien tasa una finca que vale 6000 euros en 100.000. El que intenta dejar a unos niños inocentes en la calle a sabiendas de que es ilegal. El que embarga el dinero de mi hijo discapacitado (la dependencia, para ser más exactos), sus becas escolares y las de sus hermanos. Pero señores, gracias a Ustedes, ahora soy ama de casa, le doy muchas vueltas a las cosas, tengo internet y no paro de buscar hasta que le encuentro solución a un problema. Han dado con un hueso duro de roer.

Tengo mi casa, mi marido gana el suficiente dinero para matenernos, superior al SMI (en dos veces)y Ustedes legalmente, no van a ver ni un euro. Y les aseguro que, tras ver lo sinvergüenzas que llegan a ser sus abogados, ahora duermo con la conciencia bien tranquila, pues mis deudas ya no me quitan el sueño. Y cuando pasen 15 años, ya tengo buscada una abogada que me ha asegurado que las deudas prescriben pasado ese tiempo: lo importante es tener el abogado que lo sepa defender. Eso tembién viene en el código civil. LAS HIPOTECAS A LOS 30 AÑOS.

Seguramente, mi comentario no llegue a ninguna parte (en este foro, porque le voy a dar la mayor difisión posible), ya que a Ustedes no les interesa que otros "puferos profesionales", como nos llaman, se enteren de cuáles son sus derechos. Pero al menos, mientras escribo esto, me he quedado más ancha que larga.

#27

Re: Autorizados en cuentas: Derechos, obligaciones, ventajas, etc.

Aqui comtemplais al autorizado,como un pufero profesional y no siempre es asi.Actualmente el sistema crea miles de personas insolventes de por vida,que no tienen intencion de estafar a nadie,solo de tener una cuenta para pagar luz ,agua ,telefono etc.Hoy en dia si te embargan el piso y sale a subasta,lo mas facil es que se lo quede el banco por el 50% de la deuda.Tu te quedas con el otro 50% de deuda que dificilmente vas a poder pagar y pasa a ser insolvente de por vida.El sistema actual margina a estas personas.Rajoy prometio cambiar la ley de concurso de acreedores para que estas personas tengan los mismos derechos que las empresas ,y despues de que les embargen todos los bienes la deuda desaparezca si no tienen medios con que pagarla.Siempre esta el listo de turno que dice que entonces la persona insolvente no le importara endeudarse,a lo que yo le respondo que el insolvente no deberia poder endeudarse, ya que ninguna entidad con un poco de etica le deberia dar un prestamo si no tiene con que responder.
Un saludo.

#28

Re: Autorizados en cuentas: Derechos, obligaciones, ventajas, etc.

Hola W. Petersen , me podrias ayudar, es que nos ha pasado una situación.

Vamos a ver como empiezo, mi madre tiene una cuenta y por error o desconocimiento nos puso a todos como titulares a mi padre y sus tres hijos, entre ellos yo mismo. Pues bien uno de mis hermanos no sabemos nada de el y tiene una deuda con una tarjeta de crédito con la entidad. Y entonces para ir cobrando la deuda le iban quitando la quinta parte a mi madre en su nomina, al parecer vimos que eso era legal y como mi madre quiere pagarle la deuda pues lo dejo un tiempo, pero ahora quito la nomina y justo le hice yo una transferencia el día 30, por valor de 1000 €, pues bien cargaron un recibo y al momento hicieron ellos un cargo de 987 € con el concepto ENTREGA TARJETA..., yo pensé que como mucho cargarían la quinta parte y era saber como podemos enterarnos quien ordena esa entrega y si se considera apropiación indebida, que deberíamos hacer.

Mi madre intento arreglar el tema ya que tiene la cuenta en la entidad desde 1988, pero como están con una fusión no han querido saber nada del tema, en primer lugar porque la deuda era de otro titular y por secreto ella no puede saberla. Es mejor dejar extinguir la cuenta y que se busquen la vida o meterles mano por esa acción. Tenemos también cuenta de una empresa en esta entidad y el interventor tuvo un problema conmigo y le toco darme la razón en un asunto y a lo mejor de cara a la fusión puede ser negativo en su expediente, es posible que intente perseguirnos en lo que pueda, porque me amenazo desde aquel desencuentro que a partir de ahora se ceñirían al papel y era si podría esta vez yo también ceñirme al papel y darle en los morros. Y en ningún caso digo que el banco tenga que cobrar lo que presto, pero porque a sido de esta manera esta vez.

Muchas gracias, espero no haberme extendido mucho

Dani

#29

Re: Autorizados en cuentas: Derechos, obligaciones, ventajas, etc.

Hola mi cuestion es saber qué podría pasar si una persona insolvente y en fichero de morosos (y a quien han concedido un credito por la cantidad de 4000 euros para pagar diversas deudas que estan requeridas judicialmente y que han dado lugar a una retencion de 150 euros en una nomina de 1200 y al embargo de las cuentas bancarias en alguna ocasión)podría dar a la empresa prestamista el numero de cuenta de otra persona (su primo ,por ejemplo) para que no le embargasen la cuenta.A partir de ahi,se supone que pagaria las deudas con esa cantidad y se acabarian los problemas de retencion en la nomina y de los embargos de cuentas.ahora bien.esta persona insolvente tendria una serie de letras mensuales por pagar con la empresa que ha realizado el prestamo y si por algun motivo no pudiese pagar ¿en que situacion quedaria el sujeto que dio el visto bueno al ingreso del prestamo en su cuenta bancaria? ¿se cobrarian las letras de esa cuenta a pesar de no coincidir su nombre con el beneficiario del prestamo? ¿podrian exijirle legalmente el pago de ese prestamo al "primo " de la persona verdaderamente receptora?

#30

Re: Autorizados en cuentas: Derechos, obligaciones, ventajas, etc.

Primero. Si la empresa envía reci bos para ir cobrando la deuda no habrá problema. Mientras se paguen todo bien.

Segundo. Si tu primo deja de pagar, irán a por él, ya que admitió la transferencia del abono del préstamo y no la rechazó. No puede hacerse el loco.

#31

Autorizados en cuentas: Derechos, obligaciones, ventajas, etc.

Buenos días, quería hacer un par de preguntas ya que no se muy bien sobre el tema.
Tengo una cuenta con mi padre en la que yo soy la titular y el autorizado. Por otra parte y en otro banco yo tengo mi cuenta con mi pareja. El tema es que mi padre tiene embargos con hacienda y necesitaba saber si eso repercute en algo y si ami me pueden embargar la cuenta al estar el en otra cuenta de autorizado. Espero a verlo explicado bien. Un saludo y gracias de ante mano.

#32

Re: Autorizados en cuentas: Derechos, obligaciones, ventajas, etc.

Hola María

Puedes estar tranquila hacienda solo podrá embargar las cuentas donde tu padre sea el titular. En tu caso al ser un autorizado no podrán embargar tu cuenta.

Un saludo