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BBVA condenado por no informar riesgo producto.

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BBVA condenado por no informar riesgo producto.
BBVA condenado por no informar riesgo producto.
#1

BBVA condenado por no informar riesgo producto.

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Mis Finanzas
BBVA deberá indemnizar con 19.000 euros por no informar del riesgo de un producto
Hora: 13:50 Fuente : Europa Press

PALMA DE MALLORCA, 26 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de Primera Instancia número 17 de Palma ha condenado al BBVA a indemnizar a un cliente con 19.000 euros la venta de un producto financiero de alto riesgo sin informar debidamente, informó hoy el delegado de Ausbanc en Baleares, Carlos Hernández. La organización de consumidores estima que entre 50.000 y 60.000 personas en toda España están afectadas por la contratación de este tipo de productos por un valor global de 6.000 millones de euros.

Hernández señaló que el producto, denominado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) como Contratos Financieros Atípicos (CFA), se difundió en España y Baleares entre septiembre de 1999 y 2000. Consiste en la suscripción de una opción de venta en la que los contratantes adquieren al BBVA y Banesto acciones de Telefónica, Repsol y otras entidades, pensando que contrataban depósitos a plazo fijo, ya que, dijo, dichas entidades no facilitaron la correspondiente información.

La sentencia dictada en Palma se refiere a una contratación efectuada en el año 2000, de un total de 1.327 títulos de Telefónica, por un valor total de 36.000 euros y que fue denunciada por Ausbanc en abril de 2003.

El precio de las acciones partió de los 27,17 euros, pero en el momento en que venció el contrato, dos años y medio después, estos valores habían caído hasta los 9,53 euros (un 300%), ocasionando pérdidas al afectado de un 43%, ya que sólo recuperó 15.672 euros de la cantidad inicial.

El delegado de Ausbanc estima que en Baleares podrían haberse producido unos 2.000 casos similares, con pérdidas de capital de hasta un 45% y denunció que las entidades bancarias indujeron a error a sus clientes, de perfil conservador y con edades en torno a los 80 años, ya que no les dieron parte del factor de riesgo existente en los contratos, pudiendo provocar "la pérdida total de sus ahorros".

Asimismo, exigió a la CNMV que ejerza su "obligación" de proteger a los inversores, puesto que, denunció, este organismo alegó en su momento que no podía actuar debido a que los contratos habían sido ratificados por el contratante y que debían ser ellos los que se informaran adecuadamente con anterioridad a la firma.

"Es ridículo reiterar que los ahorradores tenían que informarse cuando existe de por medio una entidad financiera que engaña y en la que la persona confía", subrayó Hernández, quien manifestó que la CNMV también debe actuar en los casos en los que hay un contrato firmado. "Si no, los bancos podrán colocar a los ahorradores productos de todo tipo y si la CNMV no hace nada en el ámbito de la protección de los inversores, entonces tiene que cerrar", subrayó.

Por otra parte, el delegado balear de Ausbanc apuntó que en el municipio de Sa Pobla existen "decenas o centenares" de personas que han sido objeto de la venta de CFA por parte del BBVA, que finalmente les ha devuelto las cantidades suscritas de mutuo acuerdo. "Los afectados, tanto si han sido indemnizados como si no, tienen que denunciar estos hechos si queremos que actúen los organismos protectores de las inversiones", concluyó.

#2

R:BBVA condenado por no avisar riesgo de los depósitos atípicos.

Depósitos bancarios ligados a acciones: Un desastre que no ha hecho más que empezar.
http://www.hispanidad.com/noticia.aspx?ID=3315
El BBVA ha sido condenado a pagar 19.000 euros a un cliente por las pérdidas que le ocasionó un depósito a plazo fijo, cuya remuneración estaba ligada a la evolución bursátil de las acciones de una determinada compañía.

La verdad es que esto no ha hecho más que empezar. Durante los años 1998, 1999 y hasta marzo de 2000 (en que se hundió la Bolsa y no se recuperó hasta 2003), uno de cada tres bancos y cajas de ahorros se dedicó a comercializar productos referenciados a la evolución de la Bolsa. En pocas palabras, el cliente depositaba un dinero y el banco le prometía una remuneración ligada a la evolución bursátil de una determinada compañía, por lo general la que el cliente decidiese. Mientras la Bolsa no dejaba de subir, el asunto fue viento en popa. El problema es cuando comenzó a bajar. Los bancos prometían la devolución del capital pero se trataba de un capital ya invertido en acciones, por lo que devolvían el importe en títulos de la imposición primigenia. En otras palabras, el cliente perdía tanto como hubiese bajado la acción en Bolsa. La asociación de defensa del accionista ADICAE considera que el asunto es de grandes proporciones y que el caso del BBVA no es más que la punta de un iceberg que presagia lo peor. Porque lo cierto es que la norma de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que exigía informar al cliente de los riesgos que asumía se dictó cuando ya el mercado había crecido hasta unos límites insospechados.

Además, hubo instituciones que se dieron cuenta de la aberración que habían cometido e intentaron dar marcha atrás. Por ejemplo, la Caja Rural de Córdoba se comprometió a devolver a sus clientes con pérdidas el principal de sus depósitos. Así que estamos ante un nuevo caso de falta de información que acaba en pérdidas millonarias. La sentencia actual ni tan siquiera es firme, pero, desde luego, va a influir en todas lo que se dicten a partir de aquí.
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``Depósitos atípicos´´ en el buscador de Rankia.com:
https://www.rankia.com/buscador/resultados.asp?buscar=Depósitos%20atípicos
Otro hilo interesante sobre ventajismo amoral en el ámbito financiero:
https://www.rankia.com/foro/mensaje.asp?mensaje=26206

#3

Re: El BBVA multado por engaño.

El BBVA multado por engaño.
Un juzgado de Palma ha obligado al banco a pagar 18.668 euros por la venta de productos de alto riesgo financiero bajo la condición de depósitos a plazo fijo.
http://www.invertironline.com/contenido/noticias_Rapidas/indice_nr.asp?id_noticia=20512
(EFE)- Un "fraude" que según informó hoy la Asociación de Usuarios ha perjudicado a unas 60.000 personas en España.
En rueda de prensa celebrada hoy en la capital balear, el delegado de Ausbanc (Asociación de Usarios de Servicios Bancarios) en las islas, Carlos Hernández, explicó que la sentencia del juzgado asegura que el BBVA emitió contratos financieros atípicos bajo la denominación "engañosa" de depósitos, lo que supuso unas pérdidas de 15.672 euros a los clientes afectados de la entidad bancaria.
Los contratos financieros atípicos son un tipo de producto de ahorro en los que los clientes entregan unos valores o dinero a su entidad y ésta se compromete a devolverlos dependiendo de la cotización de unas acciones o de un índice bursátil, con lo que el ahorrador corre el riesgo de perder su inversión.
Ausbanc, que ha presentado varias demandas ante los tribunales, denunció hoy que los contratos financieros atípicos eran presentados a los clientes con la apariencia de un depósito de alta remuneración sin riesgo, cuando la realidad es muy distinta, y aseguró que la mayoría se colocaron entre personas de avanzada edad, que no tienen precisamente el perfil de inversor arriesgado.
Según los datos de esta agrupación, BBVA captó 2.902 millones de euros en estos productos; Banesto, 2.321 millones; SCH, 829 millones, e Ibercaja, 440 millones.
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha recibido cientos de quejas por este tipo de productos, lo que provocó que este organismo impusiera a las entidades de crédito que le informaran de todos los detalles de este tipo de contratos que comercialicen entre sus clientes y que presentaran a partir de entonces un folleto informativo con cada emisión.
En el contrato por el que ha sido condenado en primera instancia el BBVA, los ahorros de los clientes estaban vinculados a la evolución de las acciones de Telefónica, lo cual comportaba un elevado riesgo que desconocían sus suscriptores, según Ausbanc.
La devaluación de las acciones de la operadora provocó que los clientes del BBVA sólo percibieran 12.646 euros de los 36.060 depositados, apuntó Hernández.
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``Contratos financieros atípicos´´ y ``Depósitos estructurados´´ en el buscador de elconfidencial.com:
http://www.elconfidencial.com/buscador/indice.asp?cadena=Contratos%20financieros%20atípicos
http://www.elconfidencial.com/buscador/indice.asp?cadena=Depósitos%20estructurados

``Contratos financieros atípicos´´ en el buscador de Google News:
http://news.google.es/news?hl=es&ned=es&q=contratos+financieros+at%C3%ADpicos&btnG=Buscar+en+News

``Contratos financieros atípicos´´ y ``Depósitos estructurados´´ en el buscador de Rankia.com:
https://www.rankia.com/buscador/resultados.asp?buscar=contratos%20financieros%20atípicos
https://www.rankia.com/buscador/resultados.asp?buscar=Depósitos%20estructurados

#4

Re: No son depósitos porque puedes perder el capital...

http://www.hispanidad.com/noticia.aspx?ID=3361
No son depósitos porque puedes perder el capital: Era un producto bursátil
La reacción de las entidades bancarias ante la sentencia que condena a BBVA a indemnizar a un cliente por no haberle informado de las posibilidades de pérdidas en las que incurría al suscribir un depósito ligado a una inversión en valores bursátiles (y amortizables en esos mismos títulos, independientemente de su cotización) es culpar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) por no haber dictado a tiempo la norma que exigiría unos estándares de información homologados.
La verdad es que tiene guasa la cosa, dado que se supone que es el vendedor quien debe informar al comprador del producto que le vende, independientemente de que el regulador oficial lo especifique.
En cualquier caso, todo depósito bancario implica que el capital está asegurado, lo que no ocurría en este caso, porque de lo que realmente estamos hablando es de productos financieros.

#5

Re: 10.000 MM. Invertidos en depósitos ligados ala Bolsa.

En cuatro años, los españoles invirtieron 10.000 millones de euros en depósitos ligados a la bolsa
http://www.hispanidad.com/noticia.aspx?ID=3566
Al fallo contrario al BBVA hay que unir otra sentencia, de la Audiencia Provincial de Soria, contra el SCH, al que acusa de no proporcionar información a un cliente. Las demandas sobre este tipo de productos financieros constituyen hoy la principal preocupación del sector bancario español
El BBVA fue condenado por un tribunal mallorquín a pagar 19.000 euros a un cliente al que no informó del alto riesgo que corría con un depósito a plazo fijo ligado a la evolución de la cotización de valores o índices bursátiles. Al conocerse la información se levanta una polvareda por la cantidad de productos de este tipo que se formaron, especialmente desde 1999, en pleno “boom” bursátil
Menos conocida es otra sentencia de la Audiencia provincial de Soria contra el Santander Central Hispano (SCH) por una causa similar. También el órgano judicial castellano condena al banco, esta vez al presidido por Emilio Botín, porque presentarle a la cliente a la firma “de un contrato de depósito, cunado lo que realmente firmaba, y así lo dice le propio folleto informativo de la entidad bancaria, era un contrato financiero atípico de alto riesgo, lo que no se desprende del contrato sucrito”.
En definitiva, ebrios por el recorrido bursátil al alza, los bancos y cajas no informaban convenientemente a sus clientes de los riesgos que asumían. ¿Por qué asustan tanto estos fallos judiciales a las entidades? Pues, muy sencillo. Hasta ahora se ha hecho publicado que en el año 2003 se habían firmado contratos de este tipo por valor de 500 millones de euros. Lo que no se dice es que entre los tres ejercicios, 1999, 2000 y 2001, los españoles invirtieron en estos depósitos más de 8.500 millones de euros (es decir, 1,4 billones de las antiguas pesetas). No disponemos de las cifras correspondientes a 1998, otro gran año para este tipo de productos, porque fue otro buen año bursátil, pero no es aventurado afirmar (es más, está claro que nos quedamos cortos) que el volumen total de ahorros destinados a estos productos superó en ese lapso los 10.000 millones de euros. Bancos y cajas se niegan a hablar de este espinoso asunto y a proporcionar cifras porque temen que lo peor judicialmente hablando, y en materia sancionadora y, por tanto, indemnizatoria, esté por llegar.
En pocas palabras, lo que los bancos ofrecían era un depósito que se invertía en acciones cotizadas o en derivados sobre índices bursátiles. La cosa funcionó bien mientras la cosa no dejó de subir, pero en marzo de 2003 se produjo el cambio de tendencia: la burbuja tecnológica estalló y forzó una bolsa a la baja a lo largo de una crisis de casi tres años. De esta forma, cuando el titular del depósito iba a recuperar sus ahorros se encontraba con que no sólo habían rentado nada sino que podía haber perdido parte del principal- Se le remunerara en metálico o en acciones, generalmente en acciones, lo cierto es que sus ahorros se habían reducido.
Lo que tratan de probar ahora los demandantes es que la palabra “depósito” se presta a engaño. La jerga financiera se entiende que un depósito no es producto financiero, sino bancario. En otras palabras, se entiende que su rentabilidad está prefijada. Lo que no ocurre con este tipo de productos que dieron en llamarse (legalmente, que no popularmente) contratos financieros. Sólo en 1999 los bancos captaron 4.550 millones de euros en este tipo de productos. El derrumbe bursátil rebajó esa inversión en el año 2000, hasta lo 2.880 millones de euros. En 2001, cuando ya habían proliferado muchos sustos, la cifra se reducía a algo menos de 2.100 millones de euros. El pasado año, la cosa se quedó en 500 millones.
En definitiva, el sector bancario tiembla ante la posibilidad de que se siente jurisprudencia en la materia. A día de hoy, es la gran asignatura bancaria, que ha puesto sobre el tapete el siempre actual problema de la

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