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11 respuestas
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#1

Help !!!!

Buenas noches a todos,
El pasado Lunes 26 puse un mensaje en el foro con el título DUDA SOBRE TRIBUTOS Y GASTOS EN LA COMPRAVENTA DE UN PISO y al que nadie ha contestado.Imagino que será un fallo en mi forma de redactar dicho mensaje y/o la forma de preguntar quizás poco clara. Os pido por favor que me ayudeis con el asunto de la PLUSVALIA ya que toda la información que he podido encontrar hasta ahora sobre el tema es contradictoria y necesito que alguién con conocimientos me diga si he de pagarla ó en caso contrario que tengo que hacer antes de firmar las escrituras,ya que otra de las clausulas que firmé en el contrato de compraventa
dice que LA FIRMA DE LA ESCRITURA PÚBLICA SUPONDRA LA ACEPTACION DEL CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO EN EL PRESENTE CONTRATO.
Muchas Gracias.

#2

Re: Help !!!!

Tengo entendido que si te refieres a la PLUSVALIA MUNICIPAL SOBRE EL VALOR DE LOS TERRENOS (DEL SUELO) , ESA SIEMPRE DEBE PAGARLA EL VENDEDOR SALVO CLAUSULA EN SENTIDO CONTRARIO FIRMADA EN EL CORRESPONDIENTE CONTRATO DE COMPRAVENTA.
saludos

#3

Re: Gastos de Compraventa

Los gastos de la compraventa:

IVA
Impuesto sobre el Valor Añadido. Grava la primera venta de viviendas y plazas de garaje cuando el vendedor
¿Quién lo tiene que pagar?
El comprador
¿A quién se paga?
Al vendedor, en este caso el promotor. Este luego realizará las correspondientes liquidaciones.

IAJD
Impuesto sobre actos jurídicos documentados. Es un impuesto que se paga siempre que se suscribe un documento notarial, inscribible en el registro y con cuantía económica, como lo es la compra de una casa nueva.
¿Quién lo tiene que pagar?
El comprador
¿A quién se paga?
A Hacienda

ITP
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Impuesto que, como su propio nombre indica, grava las ventas de inmuebles ( y cualquier otra forma de transmitir la propiedad).
Es un impuesto alternativo al IVA / IGIC (Canarias), se paga uno o el otro.
¿Quién lo tiene que pagar?
El comprador
¿A quién se paga?
A Hacienda

NOTARIO
Los honorarios por la intervención del notario como fedatario público para que el documento sea una escritura pública y se pueda inscribir en el registro.
¿Quién lo tiene que pagar?
La matriz (original) la paga el vendedor. Las primeras y ulteriores copias, el comprador. Puede formar parte de la negociación del precio y por lo general suele pagarlo el comprador que "corre con todos los gastos..."
¿A quién se paga?
Al notario

REGISTRO
Es el pago de los honorarios por la intervención del Registrador que comprueba la legalidad del documento y lo inscribe en el Registro de la Propiedad.
¿Quién lo tiene que pagar?
El comprador
¿A quién se paga?
Al Registrador de la Propiedad

EL GESTOR
El pago por las gestiones de liquidaciones de gastos e impuestos realizados en los plazos por un gestor administrativo que nos asegura que se llevan a cabo correctamente.
¿Quién lo tiene que pagar?
Quien solicite los servicios. Lo normal es que sea el comprador.
¿A quién se paga?
Al gestor

PLUSVALÍA
Aunque todo el mundo la conoce como "la plusvalía", en realidad es el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Es un impuesto municipal que se paga cada vez que hay una transmisión de la vivienda (venta) por la diferencia de valor desde la anterior venta hasta el momento actual.
El ayuntamiento entiende que al comprar, uno se aprovecha de una vivienda que ha subido de valor derivado de la mejora de los servicios, infraestructuras y condiciones municipales.
¿Quién lo tiene que pagar?
Según ley el vendedor. Puede formar parte de la negociación del precio.
¿A quién se paga?
Al ayuntamiento.

Información extraída de Comprarcasa: http://www.comprarcasa.com/ccasa/guia_lacompra.jsp

#4

Re: Help !!!!

MUCHISIMAS GRACIAS A LOS DOS, SI ALGUN DIA NECESITAIS ASESORAMIENTO SOBRE PRODUCTOS QUIMICOS "RAROS", (SOLVENTES DESENGRASANTES,LIMPIADORES ESPECIALES, DESINFECTANTES,DESINCRUSTANTES,TRATAMIENTOS DE AGUAS,ANTICORROSIVOS,GRASAS, PROTECTORES,.....ETC), NO DUDEIS EN PONEROS EN CONTACTO CONMIGO.
GRACIAS OTRA VEZ.

#5

Re: Gastos de Compraventa

Respecto a la plusvalia muncipal, por mucho que se pacte, en el caso deque sea entre un promotor y el particular se esta considerando una clausula nula por los tribunales. Otra cosa es entre particulares...

eso si, la hacienda muncipal siempre se entiende con el sujeto pasivo que es el vendedor.Luego este debera repercutirselo si ha sido convenido

Saludos

#6

Re: Gastos de Compraventa

GRACIAS a tí tambien por contestar Echevarri. No me importa pagarla si he de hacerlo , pero lo que me fastidia es que me la metan doblada,por mi desconocimiento, mi estupidez,mi buena fé,porque el promotor sabe que tiene que hacer para no pagarla él,por mi gilipollez,o por un poco de todo (llamaló x...)
Desde mi punto de vista de consumidor de "a pié" la considero abusiva ya que entiendo que yo no compro un piso todos los días como el que vá a comprar el pan... mientras que un promotor sí que vende pisos todos los días...
Aunque otra cosa que tengo muy claro es lo que la ley diga al respecto, que és precisamente lo que no sé y por eso mi consulta en este foro.
Entonces en tu caso ¿que pasos me aconsejarías que siguiese para no pagarla?
(ó por lo menos lucharla...)
GRACIAS y un saludo

#7

Re: Gastos de Compraventa

Muy sencillo. La plusvalia se la giran primero a el con posteriorirdad a la venta en escritura publica. Cuando se presente con ella para cobrartela, niegate a hacerlo(es una clausla nula). Y si tien cojones que te lo reclame judicialmente. Ya de paso podias mientras ir a denuncuarle con ese contrato a consumo y que le abran una inspeccion.

Saludos..

#8

Re: Gastos de Compraventa

Gracias Echevarri,pero creo que por ahí tambien estoy "pillao"... Transcribo literalmente del contrato:

Para atender al pago de los honorarios,gastos e impuestos,que le corresponden según lo establecido en la presente estipulación, la parte compradora efectuará la oportuna provisión de fondos en el momento que se otorgue la correspondiente escritura pública de compraventa.

Cuantos honorarios, gastos e impuestos se devenguen por la reclamación judicial o extrajudicial que debiera interponer la vendedora,en caso de incumplimiento en el pago de la compradora hasta obtener su cumplimiento, o en su caso, la resolución del presente contrato,serán de la exclusiva cuenta y cargo de la parte compradora, con inclusión de los honorarios y suplidos de letrado y/o procurador, aún cuando su intervención no fuese preceptiva o no se produjese la imposición de costas.

La presente compraventa queda sometida a condición resolutoria para el supuesto de impago en las fechas pactadas de alguna de las cantidades del precio aplazado,lo que es considerado expresamente por las partes como condición esencal del contrato.

En consecuencia, si la parte compradora no satis faciera el precio aplazado en la forma y plazos estipulados,y previa notificacion notarial o judicial, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1.504 del Código Civil, la parte vendedora podrá considerar automáticamente resuelta la presente compraventa,con pérdida para el comprador del cincuenta por ciento (50%) de las cantidades entregadas hastaentonces,en concepto de cláusula penal.

Echevarri ¿estoy jodido verdad? GRACIAS y un saludo.