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Cuando hay un solo titular y fallece

7 respuestas
Cuando hay un solo titular y fallece
Cuando hay un solo titular y fallece
#1

Cuando hay un solo titular y fallece

El padre de mi esposa fallecio y resulta que tiene una cuenta solo a su nombre con 30.0000e son 5 hermanos,¿ que pasos hay que dar y cuanto aproximadamente cojeria cada hijo?? cuanto sellevaria hacienda? etc.. gracias

#2

Re: cuando hay un solo titular y fallece

En premer lugar se debe solicitar la certificacion de actos de última voluntad al Ministerio de Justicia. Esto permitirá conocer si el fallecido otorgó testamante y ante que notario.

http://esede.mjusticia.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1214483963297/Detalle.html

Caso de existir testamento se estará a lo que en el mismo se establezca.

De no existir testamento se deberá acudir a una notaría y solicitar una declaración de herederos, para posteriormente proceder a la partición de la herencia y liquidación del impuesto de sucesiones.

#3

Re: cuando hay un solo titular y fallece

Gallina te ha contestado perfectamente, solo añadir que al ser parientes de primer grado (padre - hijos) y aunqe es necesario presentar la liquidacion del impuesto de sucesiones, este puede salir por cuota 0 euros, es decir que no pagarian nada.

Cuando tengan los papeles del Notario arreglados (si hay testamento, la escritura de aceptacion y si no hay testamento la escritura de declaracion de herederos ab intestato) y la liquidacion del impuesto de sucesiones (aunque se cuota 0 euros) tienen que ir al banco y reclamar el dinero.

Un saludo

#4

Re: Cuando hay un solo titular y fallece

Gracias por vuestra perfecta informacion y no tenia testamento.

#5

Re: Cuando hay un solo titular y fallece

Buenos días:

Todo correcto, salvo que si no hay propiedades inmobiliarias no hace falta acudir a un notario.
La partición de la herencia , la aceptación y el pago de impuestos si los hubiere los puede hacer uno mismo sin ningún problema.

saludos

#6

Re: Cuando hay un solo titular y fallece

Puedo estar de acuerdo en que el notario no es imprescindible para la partición de la herencia, pero en ausencia de testamente el acta de declaración de herederos es requisito necesario. O se pasa por la notaría o por el juzgado y en el último caso el trámite derá muuuuucho más lento y puede que bastante más caro.

#7

Re: Cuando hay un solo titular y fallece

Si hay propiedades inmobiliaria, que no lo puse al principio,¿ hay variación?saludos

#8

Re: Cuando hay un solo titular y fallece

Efectivamente, el tramite en los juzgados es mucho mas lento.

Hasta hace unos años (hablo de memoria, pero deben ser unos 8 o 9) el tramite de declaracion de herederos ab intestato (sin testamento) solo se podia hacer en los Juzgados. La ley se modificó para agilizar los tramites y a partir de entonces los Notarios pueden tambien hacer dicha declaracion.

Pero que yo sepa y mi informacion alcanza, la declaracio de herederos no se puede hacer sin intervencion notarial o, en su defecto, judicial (existan o no bienes inmuebles).

Un saludo