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Cinco años después de la intervención

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Cinco años después de la intervención
Cinco años después de la intervención
#1

Cinco años después de la intervención

Cinco años después de la intervención de las filatélicas... ¿Y ahora, qué?
Los clientes están atrapados en una intervención que les impide recuperar su dinero y les niega la propiedad de los sellos.

Las últimas sentencias reconocen que el negocio de Afinsa y Fórum era mercantil y, por lo tanto, legal.

Transcurridos más de cinco años desde el cierre e intervención de las filatélicas, da la impresión de que los poderes públicos, con el judicial a la cabeza, han conseguido diluir en la memoria las voces de los perjudicados. Las últimas Sentencias dictadas por la Sala Cuarta de la Audiencia Nacional y Tercera del Tribunal Supremo han dado el golpe de gracia a los cientos de miles de clientes de las filatélicas, a quienes se desestima su legítima pretensión de recuperar sus ahorros por la vía de la responsabilidad del Estado, pese a que ambos órganos judiciales reconocen la licitud del negocio filatélico, y excluyen el hecho origen que motivó el inicio de las actuaciones penales: el carácter financiero de la actividad de ambas empresas.

Las resoluciones judiciales entiendne que dicha actividad es mercantil y descartan la peregrina teoría del ‘negocio simulado’ que se pergeñó desde el Ministerio de Economía y Hacienda y que la Fiscalía asumió, al atender la denuncia de la inspectora Teresa Yabar, y presentar sendas querellas ante los Juzgados Centrales de Instrucción nº 5 y 1.

Ya hemos hablado en estas páginas sobre la incoherencia interna de estas Sentencias, que por un lado dan la razón a los perjudicados en cuanto a los motivos de fondo, pero por otro se la quitan, negando la responsabilidad de forma alambicada.

Éstos son los pasos que va a seguir Ausbanc
› Ante la gravísima distorsión provocada por los Juzgados Centrales de Instrucción nº 1 y 5 de la Audiencia Nacional, ¿qué pasos va a dar Ausbanc para defender los derechos de los clientes?:

› En primer lugar, y como imperativo del propio dictado de las Sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo, Ausbanc va a reclamar la responsabilidad de la Administración de Justicia por su anormal funcionamiento.
Para ello, se hace ya inderogable la conclusión de una instrucción que se prolonga por más de cinco años. Instrucción que, a estas alturas, poco tiene que ver con la finalidad investigadora de los delitos que dieron origen a su apertura, y más bien parece la instrucción de una causa general contra las dos empresas, por ver si se descubre tangencialmente y aprovechando el procedimiento abierto, la comisión de otros delitos que justifiquen formalmente la continuación del proceso, una vez ha sido desmontado el carácter financiero de su actividad y por lo tanto la base de la pirámide sobre la que se sustentaban el resto de las acusaciones originarias.

› En segundo lugar, Ausbanc quiere denunciar la nulidad de las actuaciones de los procedimientos mercantiles, iniciados bajo el paraguas de la calificación financiera de las empresas filatélicas.

› Por último, y por lo que respecta a la responsabilidad patrimonial del Estado, reclamada por esta asociación y que aún no ha sido resuelta por el Tribunal Supremo, Ausbanc quiere exigir al Alto Tribunal que sea coherente –y valiente– con sus propios postulados, y dicte una Sentencia congruente con la responsabilidad que señala.
Esta asociación ha sido vilipendiada, tildada de populista e incluso de aliada de los directivos de las filatélicas que se encuentran imputados en los procedimientos penales. Pero todo ha sido un intento de acallar y desprestigiar a la única voz que desde un principio puso el centro de atención donde ahora lo hacen los Tribunales.

¿Podemos conformarnos con que más de 400.000 españoles se vean despojados de sus ahorros y con precarias posibilidades de recuperar su dinero –o sus sellos, puesto que ellos son sus legítimos propietarios–, sólo porque las Salas de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo se hayan plegado a las presiones del poder ejecutivo representado por la Administración? En absoluto.

Las propias Sentencias señalan a otro responsable y ésa es la senda que a partir de ahora emprendemos en Ausbanc: la Administración de Justicia, personificada en los Juzgados Centrales de Instrucción 1 y 5, que acordaron el cierre e intervención de las filatélicas, como los causantes de la lesión patrimonial que han sufrido los clientes de Afinsa y Fórum.

Así fue reconocido por uno de los magistrados de la Sala Cuarta de la Audiencia Nacional, Navarro Sanchís, quien en un artículo por entregas publicado en 2010 en ‘El Economista’ explica que tal lesión “se debe directamente a la intervención judicial de la otra Audiencia Nacional y a la insolvencia que esa circunstancia provocó”.

Desde el propio estamento judicial se discute la conveniencia de la intervención en la forma en que se hizo, poniéndose el dedo en la llaga sobre la conveniencia, la proporcionalidad de la medida y el cumplimiento de su finalidad.

La clausura de la empresa y la suspensión son susceptibles de aplicación cautelar, como se contempla en el art. 129 del Código Penal. Sin embargo, para su imposición cautelar es requisito esencial, junto a la existencia de un hecho delictivo, su necesidad, apoyada en “sólidas y fundadas razones”. La necesidad de adoptar esta medida se tiene que motivar con base en razones de prevención de la continuidad en las actividades delictivas y sus efectos, y en la constatación de la “peligrosidad objetiva de la persona jurídica u organización”.

¿Se justifican los Autos de 11 y 12 de mayo de 2006, por los que se ordena el bloqueo urgente de cuentas y el nombramiento de administrador e interventor judicial en dicha peligrosidad objetiva? No; tan sólo se argumenta con fórmulas de estilo generalizadas para fundamentar ‘formalmente’, una medida tan grave como la paralización de la actividad de las empresas.

Por otra parte, no hay que olvidar que el límite de la imposición de las consecuencias accesorias ha de ser la proporcionalidad. Y dejar a más de 400.000 clientes atrapados en una intervención judicial que, por un lado, impide la devolución de su dinero y, por otro, les niega la condición de propietarios de la filatelia adquirida,es desmedido.

La intervención de las empresas ha de estar dirigida, conforme al Código Penal, a “salvaguardar los derechos de los trabajadores o de los acreedores”. Dicha salvaguarda no se ha producido en este caso, sino que la propia intervención ha desamparado estos derechos. Esto no es sólo fruto de una interpretación voluntarista de las Sentencias dictadas por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo: en las consideraciones previas al Plan de Liquidación de Afinsa, los administradores concursales señalan:

“Dado que Afinsa Bienes Tnagibles, S. A. tiene suspendida su actividad desde hace más de cuatro años por imperativo judicial (bloqueo de las cuentas bancarias), dictado por el Juzgado Central de Instrucción nº 1 de la Audiencia Nacional, no cabe plantear que se lleve a cabo una venta unitaria del conjunto de sus establecimientos, explotaciones o cualesquiera otras unidades productivas, puesto que dicha producción, entendida como “actividad” quedó interrumpida desde el 9 de mayo del año 2006, antes de ser solicitada la declaración del presente concurso necesario con fecha 14 de julio del mismo año 2006”.

De tal forma que el estado de insolvencia de Afinsa se origina como consecuencia de la suspensión de su actividad, acordada por el Juzgado Central de Instrucción nº 1 de la Audiencia Nacional, particularmente la medida cautelar, acordada por dicho Juzgado Central, en cuya virtud, se bloquean las cuentas bancarias de Afinsa y que impide que la deudora cumpla regularmente sus obligaciones exigibles que hasta ese momento había venido cumpliendo con todos sus clientes durante más de 25 años.

Igual sucede con Fórum, resultando por añadidura que ambas empresas se están liquidando con fundamento en un Plan que las califica de financieras, siguiendo la estela marcada por la jurisdicción penal, cuando según el Tribunal Supremo, en sus Sentencias de 9 y 13 de diciembre de 2010, las define como mercantiles.

SS JJ Ausbanc. Madrid

#2

Re: Cinco años después de la intervención

Los pasos que va a seguir Ausbanc

#3

Re: Cinco años después de la intervención

Ya, que vosotros los afinseros digais que esas sentencias "reconocen" la mercantilidad del negociete de Afinsa, lo entiendo, pero que unos que dicen ser abogados confundan o tergiversen el tema de la actividad real desempeñada, de lo cual no decía nada la sentencia tangencial, con que Afinsa fuese o debiera haber sido empresa mercantil, ya me parece preocupante.

Por no hablar de
"más de 400.000 clientes atrapados en una intervención judicial que, por un lado, impide la devolución de su dinero y, por otro, les niega la condición de propietarios de la filatelia adquirida,es desmedido.
Impide la devolución????, yo creía que lo que impedía la devolución era la falta de dinero.
Y menos mal que de momento nos "niegan" la presunta" condición de "propietarios" de las estampitas.

Pero bueno lo que yo opine sirve de poco, lo importante será lo que piensen sus clientes, los de esa empresa de letrados y medios de comunicación, si ellos lo ven bien allá ellos.

#4

Re: Cinco años después de la intervención

Por no hablar de "más de 400.000 clientes atrapados en una intervención judicial que, por un lado, impide la devolución de su dinero y, por otro, les niega la condición de propietarios de la filatelia adquirida,es desmedido. Impide la devolución????, yo creía que lo que impedía la devolución era la falta de dinero.
Vaya, vaya. Esta sí que es buena, o sea que no se puede devolver la filatelia a sus legítimos propietarios por la falta de dinero. Otro más de los argumentos y razonamientos "brillantísimos" a los que nos tienes tan acostumbrados. Y te quedas tan ancho, ni te desmelenas ni nada parecido. Lo único que impide la devolución de la filatelia es la tozudez de Su Señoria en no hacerlo. Así de simple, así de claro, así de contundente, así de vergonzoso. El dinero nada tiene que ver. Porque la filatelia existe, es real, es "tanjible", es auténtica y está (o estaba y debería seguir estando) adjudicada, ordenada, referenciada, localizada y bien conservada. ¿Estamos?
#5

Re: Cinco años después de la intervención

Pues si tan buena y virtuosa es la filatelia, quedáosla tú y tus jefes y no nos echeis a los clientes ese "hueso". ! a otro perro con ese hueso !. Pero ¿ es que tú o algún otro "listillo" o "tonto del cu.." (es opcional decantarse por una u otra condición) os creeis que hay algún cliente tan idiota que hubiera entregado sus ahorros a esas empresas si en los contratos no se hubieran incluído expresamente las dos clasúsulas de:

A) PAGO AL INVERSOR DE UN PORCENTAJE FIJO ANUAL DEL CAPITAL INVERTIDO ("INTERÉS SIMPLE" EN EL CASO DE AFINSA quien pagaba periódicamente los intereses convenidos; e interés anual acumulado - interés compuesto - en el caso de Forumm quien pagaba los intereses de una vez al vencimiento del contrato y conjuntamente con la devolución de la suma invertida por el cliente y garantizada en el contrato.

B) EL COMPROMISO GARANTIZADO POR LAS EMPRESAS FORUM, Afinsa y Arte y Naturaleza (AYN)de abonar al cliente al vencimiento del contrato - en caso de no renovación del mismo - LA CANTIDAD DE DINERO INVERTIDA.

Las obligaciones de las empresas frente a los clientes eran de pagos en dinero no de pago con sellos, y ni siquiera los empleados y comisionistas de las empresas renunciaban a exigir a las empresas el pago de la suma final de dinero garantizada expresament en cada contrato. ¿Para qué discutir lo que está escrito en los contratos?. Se puede discutir cosas abstractas, ideas, o cosas inapreciables por los sentidos, pero no sobre las obligaciones de pagos que asumían las empresas en los contratos, y que en estos están muy bien reflejadas.

Tras la Intervención de Forum y Afinsa en 9-mayo-2006, el propietario y administrador único de ARTE Y NATURALEZA intentó evitar que esa empresa fuera tambien intervenida por realizar el mismo tipo de negocio que las antefriores, y debidamente asesorado por sus Abogados y por el propio Ministerio de S. y Consumo EMITIO A PARTIR DEL 1º DE SEPTIEMBRE DE 2006 UN MODELO DE CONTRATO PURO DE COMPRAVENTA ( sin las citadas cláusulas de pago de un porcenjafe fijo anual de interés y sin compromiso de restitución de cantidad alguna garantizada al finalizar el contrato). Ese contrato PURO DE COMPRAVENTA ERA MUY SIMPLE, TAN SIMPLE COMO ES UNA COMPRAVENTA O UN MANDATO DE COMPRAS PARA POSTERIOR VENTA DE UN BIEN, es decir: El cliente le entrega al mandatario una cantidad de dinero para que éste le compre sellos u obras de arte en el caso de AyN,y para que ésta, una vez finalizado el plazo de duración estipulado, le venda en el mercado dichas obras al precio que en ese momento rija en dicho mercado libre e independiente, DE MANERA QUE AL CLIENTE NO SE LE GARANTIZA NADA DE NADA Y CORRE CON EL RIESGO DE QUE LOS P0RECIOS DE MERCADO LIBRE vigentes en la fecha de vencimiento del contrato PUEDAN SER INFERIORES AL PRECIO INICIAL DE COMPRA POR ELO CLIENTE. eS DECIR, QUE EL CLIENTE PUEDE "palmar dinero" como le ocurre al que compra un piso o unas acciones o cualquier mercancía para venderlas en el mercado libre pasado un periodo de tiempo determinado.- PUEDE GANAR O PERDER DINERO.

¿ SABEIS CUANTOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA DE ESTE TIPO LOGRÓ "colocar" AyN a inversores en arte durante los meses de septiembre y octubre de 2006 en toda España (20 delegaciones)?. CINCO C9ONTRATOS (5 CONTRATOS) que además, a buen seguro los firmaron directivos y comisionistas de AyN para "promocionarlos". Así que, en noviembre y una vez agotada toda su liquidez, AyN solicitó su Concurso de Acreedores antes de que cualquier inversor pidiese el Concurso Necesario.

DEJAOS LOS DIRECTIVOS Y AGENTES DE FORUM Y AFINNSA DE RECALCAR ESA "trola" de que los inversores son propietarios de la filatelia, pues HASTA EL MAS TONTO DEL LUGAR SE DA CUENTA DE LA BURDA MANIOBRA DE LAS EMPRESAS Y SUS ABOGADOS DE LIBERARSE DDE LOS COMPROMISOS CONTRACTUALES DE DEVOLVER A LOS CLIENTES LAS SUMAS GARANTIZADAS AL FINALIZAR LOS CONTRATOS
A CAMBIO DE "ENCHUFARLES" UNA FILATELIA que no vale nada ni se revaloriza nada.

SI LA FILATELIA VALIESE LO QUE PATRAÑAN LOS DUEÑOS DE LAS EMPRESAS, Y SE REVALORIZASE LOS PORCENTAJES QUE PATRAÑABAN ESOS CABALLERETES Y EXISTIESE UN MERCADO REAL EN EL QUE "colocar" esa montaña de filatelia apilada en las cámaras y almacenes de las empresas ?. ME PODEIS DECIR PORQUE NARICES LLEVAMOS 5 AÑOS Y MEDIO EN EL cONCURSO Y SIN COBRAR UN SÓLO CÉNTIMO DE EURO ? (POSTDATA: lOS CLIENTES DE fORUM HEMOS COBRADO UN 10% DE LO INVERTIDO PORQUE TENÍA SALDOS EN CUENTAS BANCARIAS Y ACCIONES DEL BEX QUE SE VENDIERON DE INMEDIATO, PERO DE VENTA DE SELLOS O INMUEBLES, NI PERRA GORDA, Y LO MISMO QUE A LOS CLIENTES DE aFINSA NOS PASA TAMBIEN A LOS DE AYN: SEGUIMOS ESPERANDO LA PRIMERA PERRAGORDA.

HAY QUE SER UN CANALLA PARA SEGUIR SOSTENIENDO LO INSOSTENIBLE cuando los hechos y la realidad estan gritando a voces todo lo contrario.

Respecto a los Magistrados de la AN y del TS, mi Abogado me ha informado muy bien de cómo se han dictado y de la responsabilidad penal y civil en que han incurrido esos "sujetos con vestimenta córvida", y si los Abogados de los afectados no han reaccionado en masa contra ellos es porque en este país HAY MUCHO MAS MIEDO QUE VERGUENZA, PORQUE LOS CÓRVIDOS - COMO OTRAS AVES DE MAL AGÚERO - CUANDO ACTÚAN EN MANADA SE AUTOPROTEGEN ENTRE SÍ, ETC.

#6

Re: Cinco años después de la intervención

HAY QUE SER UN CANALLA PARA SEGUIR SOSTENIENDO LO INSOSTENIBLE cuando los hechos y la realidad estan gritando a voces todo lo contrario.
Exacto, eso mismo digo yo. Hay que ser un canalla o un ignorante enloquecido, porque la realidad es contundente aunque algunos no la quieran ver o no les convenga hacerlo. Cuando argumentas y razonas, tienes mi respeto y consideración, al margen de lo acertado que me pueda parecer lo que dices. Cuando recurres al insulto y la descalificación, mereces mi más absoluto desprecio.
#7

Re: Cinco años después de la intervención

Pues claro, que ningun cliente imversionista hubiera firmado contrato alguno sin la consabida Recompra que la empresa Afinsa con su actividad comercial garantizaba.Claro que queríamos nuestro dinero más la revalorización que nos decía el contrato,pero INVIRTIENDO EN SELLOS.

Después de la sentencias del Tribunal Supremo fallando que son empresas MERCANTILES,me parece una temeridad y un empecinamiento el hablar de "intereses fijos" y no revalorizaciones.

Pienso que una empresa mercantil que te garantiza una revalorización fija de un 5% no es para tirar cchetes y que en una operación puede ganar más o menos según las circunstancias del mercado libre,pero eso es un riesgo libre que debe asumir la empresa COMERCIAL,de tal forma que si fracasa, como cualquier otra empresa mercantil, quebraría por sí misma,pero he te aquí que llevaba la friolera de 25 años funcionando sin ningúna advertencia de irregularidad por parte de la administración.

Sin embargo,es la misma administración estatal esquizofrénica la que interviene la empresa con sus clientes, interrumpiendo la actividad comercial legal de forma abrupta y haciendo politica de tierra quemada...............consecuencia :arruinar a todos los clientes.

Por lo demás, es facil comprender que con dicha politica de tierra quemada, cunda a estampida la desconfianza a las demás empresas de tangibles como fichas de dominó.

Llevamos ya más de 5 años de instrucción penal,según Otero Lastres(septiembre 2010) todavía no han encontrado pruebas de inculpación..............parece como si las estuviesen buscando con velas en el infinito.........cuánto tiempo hemos de esperar todavía??

#8

Re: Cinco años después de la intervención

Me temo que nuevamente te has hecho un lio en tu mensaje 4, y no acabas de comprender, lee con atención, lo que yo digo es que la falta de dinero, impide la devolución del dinero entregado por los clientes.
Lo que cito es una frase del panfleto expuesto por tu colega, donde algún indocumentado pretende dar a entender que no se puede devolver el dinero por la intervención judicial.
A ver si te enteras, lo que impide la devolución ES LA FALTA DE DINERO, los 2000 milloncetes que faltan en la caja.