Re: Tremenda Hipocresía
Quizá el problema Furioso es que todavía no se han puesto de acuerdo en quien era el Organismo competente para fijar posturas sobre las operaciones de Afinsa. Quien emite esa opinión en la Agencia Tributaria son los servicios jurídicos, aunque como en tantos otros casos ésta opinión no tiene caracter vinculante. Como tampoco la tenía la opinión del Banco de España, de la CNMV, del Ministerio de Economía, de KPMG, de Richard & Ellis, de Citigroup... y así un largo etcétera de informes y contrainformes que no servían para nada. Y precisamente no servían para nada porque la Legislación para éstas operaciones era nula hasta el 2003 y más que insuficiente después de la famosa Disposición Adicional IV. Como tampoco sirvió de nada que la Fiscalía del Estado y tantos otros Organismos conocieran que Afinsa pudiera estar sobrepasando esa delgada línea que la Lesgilación imponía, pudiendo estar realizando operaciones financieras de manera encubierta. ¿Qué hizo la Fiscalía del Estado cuando supo que Afinsa podía estar realizando operaciones financieras sin autorización? Nada, dar traslado de la denuncia recibida al Ministerio de Economía. ¿Y qué hizo el Ministerio de Economía? Nada. Durante 26 años ningún Organismo hizo nada, ninguno se querelló contra Afinsa, ninguna denuncia contra Afinsa prosperó (ni siquiera la de falsedad en documento privado archivado por la Audiencia Nacional en 2003).
Sobre los sellos falsos de Guijarro sigo pensando que Afinsa no actuó como debería, conformándose con un requerimiento notarial en vez de haberse querellado contra ese delincuente. Pero, salvando ésto, hizo lo que yo creo que tenía que hacer, sustituir esos sellos por otros válidos (aunque parece que no le dió tiempo a hacerlo al 100%).
Sobre la repetitiva pregunta de ¿dónde está el dinero?, se siguen mezclando temas. En las empresas mercantiles, el dinero ha de estar en aquello que se compra y que después se vende. En la empresas financieras el dinero tiene que estar en fondos, hipotecas y en provisiones que la Ley exige. Pero Afinsa no es que no provisionara las operaciones, es que la Ley le prohibía hacerlo por considerarla una empresa mercantil. Como tampoco les exigía que el producto que vendiera con ese compromiso de recompra estuviera avalado por un Notario o por unas listas oficiales de precios aceptadas por la Administración competente. Entonces el dinero que entraba en Afinsa se utilizaba para comprar filatelia, abrir nuevas oficinas comerciales, comprar la sede social de Génova, pagar sueldos, comprar empresas de subastas internacionales, dotar de la seguridad más avanzada a los locales donde se almacenaba la filatelia y un largo etcétera de gastos que evidentemente no podían salir de las plusvalías que Afinsa pudiera haber sacado de vender la filatelia de los clientes a terceros. Y el dinero estaba repartido en todas esas cosas porque la Ley no le obligaba a Afinsa a tenerlo en efectivo, ni siquiera a tenerlo provisionado o en fondos garantizados. Le obligaba a cumplir sus contratos mercantiles de compra-venta y a otros aspectos mínimos que nada tienen que ver con la disponibilidad de efectivo en caja. La pregunta sería entonces ¿porque la Ley no obligaba a que nuestro dinero estuviera garantizado?
En cuanto a la valoración de la filatelia, parece evidente que el informe de los Administradores Concursales dictaminará que no superará el 30% (por poner una cifra) del valor que Afinsa le da bajo catálogo. Y pasará eso porque es lo que tiene que pasar, no porque esa sea la valoración justa de la filatelia según marca la Ley Concursal (Art. 82 creo recordar). ¿Porqué la filatelia de Afinsa no se va a valorar siguiendo el criterio de los Concursales y el Juez que llev el caso Forum? ¿Porque no van a utilizar los catálogos o una media de los más prestigiosos del mundo para valorar la filatelia de Afinsa? Quizá si hicieran como en Forum, los Concursales de Afinsa se llevarían una desagradable sorpresa al ver que el agujero no es tan negro com