Se abre la reclamación de derechos vulnerados por Eurobank
Destapado el velo de la solvencia de Eurobank (de acuerdo a lo que se atrevió a apuntar Ausbanc al proponer el Plan de Rescate en septiembre de 2003, contra ópiniones interesadas que hablaban de pretendidas como falsísimas quiebras), y esperando un pronto reintegro a sus dueños de lo que todavía queda retenido, comienza de verdad el "caso" Eurobank en cuanto a la reivindicación de derechos de los consumidores, que han sido vulnerados por una decisión unilateral de "suspender pagos" y que no han quedado protegidos en el Convenio de Acreedores auspiciado por el propio Eurobank y el FGD Bancario.
Como recoge una reciente reseña del periódico MD sobre el "caso Cambridge", academia de idiomas que cerró sus puertas unilateralmente dejando a los alumnos "colgados" con préstamos contratados con Caja Madrid, la sentencia favorable a los consumidores de la Audiencia Provincial de Baleares que los libera del pago y obliga al reintegro de cantidades pagadas desde el cierre de la academia señala que la norma aplicable, en ese caso la Ley de Créditos al Consumo, "debe apreciarse desde la perspectiva del consumidor".
Pues bien, esta interpretación "desde la perspectiva del consumidor" es la que invoca Ausbanc para no aceptar la cláusula que exime a Eurobank de responsabilidad en el citado Convenio de Acreedores, ni al "uso habitual" de las suspensiones de pagos que se realizaban con normas ya derogadas. Eurobank se acogió a una norma ya derogada como decimos, que cometía una grave discriminación contra los consumidores, pues a ella únicamente podían acogerse "comerciantes y empresarios". La actual Ley Concursal, recoge como se conoce ya públicamente, la posibilidad de que las personas naturales o familias puedan también acogerse a ella, cosa que no sucedía con la antigua Ley de Suspensiones de Pagos. Y no sólo esto, sino que en el Informe de Intervención, se afirma que en el momento de acogerse a dicha suspensión de pagos, Eurobank disponía de una elevada liquidez cifrada en 60 millones de euros. Esto unido a la solvencia que se ha confirmado ahora y a la falsa promesa realizada por el propio Eurobank de llevar a término una "liquidación ordenada", implican en opinión de Ausbanc Consumo, argumentos de peso suficientes para defender "desde la perspectiva del consumidor" que el incumplimiento contractual de Eurobank no debe tener amparo contra los consumidores afectados.