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Reducción por obtención de rendimientos del trabajo

Importe de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo

El rendimiento neto del trabajo se reducirá en los siguientes importes:

  • Reducción de 4.080 euros, para los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo (RNT) iguales o inferiores a 9.180 euros.
  • Reducción de [4.080 - 0,35 x (RNT - 9.180)] euros, para los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 9.180,01 y 13.260 euros.
  • Reducción de 2.652 euros, para los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo superiores a 13.260 euros o con rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros.

Casos específicos de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo

Se incrementará en un 100% el importe de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo correspondiente en los siguientes supuestos:

  • Trabajadores activos mayores de 65 años que continúen con su actividad laboral.
  • Contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio. Este incremento se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente. 

Reducción por obtención de rendimientos del trabajo para personas con discapacidad

Las personas con discapacidad que obtengan rendimientos del trabajo como trabajadores activos podrán aplicarse, adicionalmente, una reducción de 3.264 euros. Dicha reducción será de 7.242 euros para aquellas personas con discapacidad que siendo trabajadores activos acrediten alguna de las siguientes particularidades:

  • Necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida.
  • Un grado de minusvalía igual o superior al 65%.

 

Tras haber aplicado las reducciones a las que se tenga derecho, el saldo resultante no podrá ser negativo.

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Reducción por obtención de rendimientos del trabajo, Carla Quinto, 14 de diciembre del '21, Rankia.com

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