Acceder
¿Qué productos cubre el Fondo de Garantía de Depósitos?

¿Qué productos cubre el Fondo de Garantía de Depósitos?

EDITOR's CHOICE
El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) cubre hasta 100.000 € por titular y entidad en cuentas corrientes, cuentas de ahorro y depósitos a plazo fijo. Los fondos de inversión, planes de pensiones y acciones quedan fuera. El plazo de reembolso es de 7 días hábiles.
Si tu banco quebrara mañana, ¿cuánto de tu dinero recuperarías y en cuánto tiempo? El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) es el mecanismo que responde a esa pregunta. Cubre hasta 100.000 € por titular y entidad en los productos bancarios más habituales, y lo hace en un plazo de 7 días hábiles. Pero no todo lo que tienes en el banco está protegido, y conocer los límites de esta cobertura es tan importante como saber que existe.

Qué cubre el Fondo de Garantía de Depósitos: los productos protegidos

El FGD protege los depósitos cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos de naturaleza dineraria, es decir, el dinero en efectivo depositado en una entidad bancaria. Los productos incluidos son:

  • Cuentas corrientes: el saldo disponible para operativa diaria (pagos, domiciliaciones, transferencias) está cubierto hasta el límite.
  • Cuentas de ahorro y cuentas remuneradas: los fondos depositados en estas cuentas, con o sin rentabilidad, están protegidos por el FGD del país de la entidad.
  • Depósitos a plazo fijo: tanto los depósitos a la vista como los de vencimiento pactado están cubiertos. Esto incluye los depósitos europeos como los depósitos contratados desde España a través de plataformas como Raisin, que quedan bajo el FGD del país donde está autorizada la entidad emisora.
  • Depósitos en moneda extranjera: los depósitos en divisas distintas del euro también están cubiertos, siempre que sean en moneda de un estado miembro de la UE o del EEE.
  • Depósitos en valores (custodia): si la entidad custodia acciones, bonos u otros valores y no puede restituirlos al cliente en caso de quiebra, el FGD también cubre hasta 100.000 € por titular. Esta cobertura es independiente de la de los depósitos dinerarios.

El límite de 100.000 € se aplica por titular y por entidad, no por cuenta. Si tienes tres cuentas en el mismo banco, el total cubierto sigue siendo 100.000 €. Si tienes cuentas en tres bancos distintos, cada una tiene su propio límite independiente.

Productos cubiertos por el FGD con cobertura adicional temporal

Existe una cobertura extra para situaciones puntuales de la vida. Durante un período de 3 meses desde que se recibe el importe, el FGD puede cubrir saldos superiores a 100.000 € si provienen de alguno de estos eventos:

  • Transacciones con bienes inmuebles de naturaleza residencial y privada (venta de vivienda habitual)
  • Pagos recibidos por matrimonio, divorcio, jubilación, despido, invalidez o fallecimiento
  • Pagos de prestaciones de seguros o indemnizaciones por daños derivados de delito o error judicial

Pasados esos 3 meses, el exceso de 100.000 € pierde la cobertura adicional y vuelve al límite estándar.

Qué no cubre el Fondo de Garantía de Depósitos

El FGD protege depósitos bancarios, no inversiones. Estos productos quedan expresamente fuera de su cobertura:

  • Fondos de inversión: aunque los compres a través de tu banco, no son depósitos. Tienen su propia protección mediante la segregación patrimonial, que impide que el banco los use para sus deudas.
  • Planes de pensiones: no están cubiertos por el FGD. En caso de quiebra del banco, los derechos consolidados del partícipe siguen estando en el fondo de pensiones, gestionado de forma independiente.
  • Acciones y bonos como inversión: si compras acciones y caen en bolsa, el FGD no cubre esas pérdidas. Solo cubre la no restitución de los valores custodiados en caso de quiebra del banco custodio.
  • Criptomonedas: no están incluidas en ningún caso.
  • Depósitos estructurados sin garantía total de capital: si el producto no garantiza el 100% del capital al vencimiento, la parte no garantizada queda fuera de la cobertura.

Cómo funciona la cobertura en cuentas con dos o más titulares

En las cuentas conjuntas, el límite se aplica por cada cotitular, no por cuenta. Una cuenta o un depósito con dos titulares tiene una cobertura total de 200.000 € (100.000 € por persona). Si hay tres titulares, la cobertura puede alcanzar los 300.000 €.

Cuando el saldo supera la parte cubierta de un titular, el exceso se divide entre los titulares a partes iguales salvo que el contrato establezca otra proporción, tal como recoge la normativa.

El FGD en bancos europeos: ¿mis ahorros en el extranjero están protegidos?

Sí. La Directiva Europea 2014/49/UE armonizó los sistemas de garantía de todos los estados miembros de la UE, fijando el mínimo en 100.000 € por depositante y entidad. Esto significa que los depósitos contratados en bancos de Alemania, Italia, Francia, Portugal o cualquier otro país de la UE están igualmente protegidos, aunque bajo el FGD del país donde esté autorizada la entidad, no el español.

Para depósitos fuera de la UE (como Suiza o el Reino Unido tras el Brexit), la cobertura puede ser diferente y hay que verificarla directamente.

El FGD sigue siendo la base de la seguridad para el ahorrador conservador en 2026

Entender qué cubre el Fondo de Garantía de Depósitos permite tomar decisiones más informadas a la hora de elegir dónde colocar los ahorros. Los depósitos a plazo fijo y las cuentas de ahorro están bajo su paraguas, con una cobertura de 100.000 € por titular y entidad que protege ante la quiebra bancaria.

Si tienes más de 100.000 € en ahorro, la estrategia más eficiente es diversificar entre varias entidades para mantener todo el capital cubierto. Y si inviertes en fondos, acciones o planes de pensiones, ten claro que el FGD no es tu red de seguridad en esos productos: la protección proviene de otros mecanismos distintos.

Preguntas frecuentes sobre los productos cubiertos por el Fondo de Garantía


El plazo vigente es de 7 días hábiles desde que se determina la situación de indisponibilidad de los depósitos. Para los depósitos en valores (custodia de acciones o bonos), el plazo puede extenderse hasta 3 meses.


Sí. Cada país de la UE tiene su propio FGD, pero todos garantizan al menos 100.000 € por titular y entidad, según la directiva europea armonizada. El banco suele indicar en su documentación a qué fondo está adherido.


No. Los fondos de inversión no son depósitos bancarios y no están cubiertos por el FGD. Tienen su propia protección legal mediante la segregación patrimonial del fondo, que impide que el banco los use para cubrir sus deudas.


El exceso no está cubierto por el FGD en condiciones normales. La solución más habitual es distribuir el ahorro entre varias entidades para que cada tramo de 100.000 € quede protegido de forma independiente.
Depósitos Raisin

Raisin es una plataforma online a través de la que puedes invertir en depósitos y cuentas de ahorro de entidades europeas con la máxima garantía.

  • Rentabilidades más elevadas que las de los bancos españoles. Hasta un 3% TAE
  • Contrata tu depósito de forma online
  • Los FGD de países europeos funcionan y protegen igual que el FGD de España, por lo que tu dinero estará igual garantizado.
  1. #5
    04/06/23 09:11
    Hola, podrían decirme si existen depósitos que se puedan contratar con más de un titular?
  2. #4
    02/09/21 11:00
    Hola!

    Antes de nada, gracias por el artículo.

    Quisiera formular una duda a cerca del FOGAIN: No me queda claro en qué situación exactamente se aplica al cliente. Me explico:

    Si tú te abres un fondo de inversión este sería:
    - COMERCIALIZADO por la entidad que escoges (Indexa, MyInvestor, BBVA…)
    - GESTIONADO por la gestora (Vanguard, iShares…)
    - DEPOSITADO en el banco que escoja la gestora.

    Entonces no me queda claro, si tu comercializador quiebra: ¿no siguen las participaciones de cada fondo que has suscrito perteneciéndote?
  3. Top 100
    #3
    29/01/21 20:09
    Los fondos o acciones no están en el balance del banco que las comercializa.
    En el supuesto de quiebra de dicho banco, las participaciones de los fondos y las acciones no están en peligro. Otra cosa es lo que pueda tardar el inversor en recuperar su "control".
    Me temo que los ejemplos que aparecen en el artículo no son correctos.
  4. #2
    22/09/18 18:21

    En el ejemplo de compra 500 acciones de Endesa, si quiebra Bankia entiendo que no tiene porqué perderse nada ni hacerse cargo el FGD ya que no es Endesa la que quiebra. Es más, aunque hubiera comprado un millón de Endesas. No es cuestión de quien sea el depositante. Creo no estar equivocado y solo se pierde (en caso de valores) cuando quiebra la empresa de la que se ha comprado acciones.

  5. #1
    17/03/15 10:18

    Gracias por el artículo.
    Pero no entiendo qué quiere decir que el Fondo de Garantía de Depósitos no cubre los "activos de renta variable". Se supone que sí garantiza la restitución de acciones y otros valores. Por ejemplo, acciones de ETF. Y parece que las acciones son "activos de renta variable". No lo veo claro.

¡Únete a la comunidad de cuentas y depósitos!

Suscríbete y recibe en tu correo las mejores cuentas y depósitos.

Definiciones de interés