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Cosas por hacer cuando no te pagan la nómina

Vivimos tiempos difíciles. Los ratios de morosidad de las empresas van in crescendo, y aunque las nóminas es de lo último que se deja de pagar, puede ocurrir que llegado el día uno del mes no veamos transferida nuestra nómina. Entonces es cuando nos enfrentamos ante el dilema de armarnos de paciencia para no precipitar los acontecimientos y seguir confiando en las buenas palabras de nuestros pagadores o directamente acudir al juzgado para reclamar los importes que nos adeudan. En este post me centraré en este último tipo de acciones, a saber; lo primero y fundamental antes de emprender cualquier tipo de acción judicial, es actuar con un poco de sentido común y cerciorarse que el impago de la nómina no se haya debido a un error material, omisión involuntaria, malentendido o como se le quiera llamar, y que por lo tanto no sea atribuible a una situación de flagrante morosidad de la empresa. Todo ello, sin perjuicio de que si finalmente cobramos con retraso nuestra nómina, sea por la causa que sea, estamos en nuestro derecho de reclamar el 10% de interés por mora que estipula el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, a más a más del resarcimiento de los daños y perjuicios que tal retraso nos hubiera podido ocasionar. Si desafortunadamente confirmamos la morosidad de la empresa y sospechamos que la previsible situación de insolvencia no tiene pinta de enderezarse a futuro, lo más aconsejable es presentar una demanda de reclamación de cantidades a los Juzgados de lo Social, previo intento de conciliación en el SMAC. Con ello obtendremos las siguientes ventajas:

  1. Evitar el alzamiento de velo en el patrimonio del empresario, esto es, un blindaje de su patrimonio personal para preservarlo de la caída de la empresa.


  2. Adelantarnos a todo el proceso concursal al que seguramente deberá acogerse la empresa, lo que nos permitirá asegurarnos la preferencia en las anotaciones de embargos sobre bienes, maquinaria y locales de la empresa, y en consecuencia, ser los primeros en cobrar. Hay que recordar que con la última reforma de la ley concursal, los sueldos de los trabajadores han perdido gran parte de la consideración de deuda preferente (sólo gozan de esta consideración los últimos 30 días).


  3. Si la falta de pago continua, podremos solicitar la rescisión indemnizada de la relación laboral por incumplimiento grave del empresario ( por falta de pago, art. 50.c del E.T.) a razón del mismo importe que el despido improcedente (45 días/año trabajado con un máximo de 42 mensualidades) en lugar de los 20 días/año trabajado con un máximo de una anualidad y con tope de 69.86 €/día que cobraríamos con bastante tardanza de FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) si la empresa se declara insolvente.

En definitiva, ahí quedan las acciones a seguir para los trabajadores en supuestos de morosidad y/o insolvencia empresarial desde una perspectiva de procedimiento jurídico, para otro tipo de actuaciones para cobrarse la nómina, sean más o menos drásticas, las dejo a imaginación y gusto del consumidor.

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  1. #20
    25/03/10 15:19

    Hola Smyle,

    te adjunto un link en donde hay todo un hilo com más de 100 comentarios donde se toca toda la casuística del impago de nóminas

    http://todo-laboral.blogspot.com/2008/12/vivimos-tiempos-difciles.html

    Brevemente te podría aconsejar que vayáis representados colectivamente por Graduado Social o abogado laboralista y que esquematizando bastante las opciones a las que os podéis acoger ante supuestos de impago o retrasos continuados son :

    – Interponer una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con una multa que le puede caer entre 6.251 a 187.515 euros, pero si verdaderamente está sin blanca, seguiréis posiblemente sin cobrar, pero le habréis dado un toque de atención importante.

    – Reclamación inmiente de salarios y mora ante el Juzgado de lo Social con intento de conciliación previa (esto lo deberiaís mover ya)

    – Solicitud de rescisión del contrato ante el Juzgado de lo Social (indemnización) a razón de 45d/años

    Que haya mucha suerte y gracias por leerme, un saludo

  2. en respuesta a Joldi
    -
    Nuevo
    #19
    24/03/10 01:04

    Hola buenas noches

    Me gustaria comentarte la situacion en la que me encuentro yo y otros 45 compañeros del hotel en el que trabajamos.

    La ultima nomina que cobramos fue la de Diciembre 2009, en este año 2010 aun no hemos cobrado ninguna nomina por parte de la empresa, que alega que por falta de liquides no puede hacer frente al pago de las mismas. Tambien argumentó en la ultima reunión con el comite de empresa(siendo el presidente del mismo comite un familiar de los dueños de la empresa...) que en cuanto cobren unos pagos pendientes empezaran a hacer frente al pago de la deuda.

    La empresa hizo un pequeño ingreso de un 30% de la nomina de enero a mediados de febrero, y la verdad esq no hay muchas esperanzas de que ahora que acaba marzo vayan a pagar nada.

    Me gustaria que me comentaras cuando podemos pedir la resicion de nuestros contratos, y que medidas legales se pueden tomar con la empresa.

    Gracias de antemano, y si necesitas algo mas de informacion te la podria aportar.

  3. #18
    14/05/09 21:30

    Pues bien, si la empresa ya ha entrado en concurso ya no sería posible solicitar la rescisión indemnizada del contrato de trabajo a razón de 45 días/año. Visto que me comentas que la situación de reflote de la empresa está muy complicada os recomendaría que os buscarais un buen abogado especializado en proceso concursal, es complicado ofrecer más consejos sin conocer el caso concreto, pero en todo caso, sí que es cierto que intentéis sacar ahora todo lo posible pq en el concursal de la empresa posiblemente sólo cobréis 30 días de salario y el resto de FOGASA con las limitaciones legales que hay estipuladas.

    REspecto a la reclamación de cantidades se puede hacer el día siguiente de cuando era exigible la deuda y para reclamar la extinción indemnizada del contrato de trabajo a 45d/años se viene exigiendo unos 2/3 meses de impagos de nóminas y unos 8 de retrasos continuados.


    En todo caso, os emplazo a la siguiente página web que contiene informes detallados sobre situación de impago de nóminas
    http://www.telefonica.net/web2/jordiros/ACTUALIDAD%20SOCIOLABORAL.html

    Que haya suerte y recibid un saludo

  4. #17
    Anonimo
    14/05/09 04:09

    Un par de preguntas Jordi:
    A 13 de Mayo de 2009, mi empresa no hizo efectivo el pago de la nomina de abril, llevamos con retrasos todo lo k lleva de año; el caso es k el comite de empresa firmo un acuerdo mediante el cual se retrasaria la paga de abril hasta principios de Agosto a cambio de cobrar las nominas unos dias determinados, en el caso de la nomina de Abril, deberia averse echo efectiva el día 7 de mayo, y la empresa no sabe decir cuando ni cuanto nos va a pagar.
    Llevamos todo el año cobrando medias nominas a primero y medias nominas a finales, pero la situación se ve k va a peor y no se ve nada claro el futuro.
    ¿Qué acción sería la más correcta?
    Y mi segunda pregunta porque no lo tengo muy claro y cada persona a la que pregunto me dice una cosa...
    ¿El contrato se puede extinguir cuando la empresa acumula una deuda de importe superior a tres mensualidades, o se puede extinguir después de realizar tres reclamaciones ante el UMAC?.
    Muchas gracias por tu tiempo.

  5. #16
    Anonimo
    13/05/09 18:12

    Hola jordi, llevo ya desde octubre con rerasos de impago de nominas, empezamos con 20 dias despues 24 , luego 1 mes ,luego 2 meses, y ahora a fecha actual nos deben 3 meses y medio,hemos entrado a fecha de 6 de mayo en concurso de acreedores, nos dicen que esperemos a la semana que viene que cobraremos media nomina del mes de mayo y que de cara al 5 de junio tienen que recibir ina ijeccion de capital y nos pagaran los atrasos ,eso si, en otro concepto ya que los meses de febrero hasta abril estan dentro del concurso, un abogado se los cree y dice que nos esperemos y otro sin embargo dice que denunciemos ante cmac los meses debidos y la extincion del contrato, no sabemos que hacer, ¿que nos recomendarias tu, jordi? NOTA:La empresa necesita casi 1,5 millones de euros para ponerla en condiciones asi como que han perdido casi todos los clientes y casi no producimos, a intervalos de muchos paros por falta de materias primas,.MUCHAS GRACIAS JORDI.

  6. #15
    Anonimo
    05/05/09 15:18

    Hola bueno yo solo escribo para que todo el mundo lo sepa que el laboratoerio blanco y negro profesional no paga a sus trabajadores desde hace ya 4 meses y medio y tampoco paga la seguridad social desde marzo del 2008 que os parece menuda pieza de jefe nos a tocado....

  7. #14
    06/02/09 00:55

    Hola,
    pues sí la cosa está mal, tenéis también la opción, que ante la pasividad de la empresa, de instar vosotros mismos la iniciación del procedimiento de Expediente de Regulación de empleo por cuanto que presumáis que la no incoacción del mismo por parte del empresario os pueda ocasionar graves perjuicios de difícil o imposible reparación. También, ni que sea ya para ir metiendo presión, optar también por solicitar la rescisión indemnizada de vuestro contrato de trabajo en base al art. 50 al acreditar ya tres mensualidades sin cobrar. Lo que ocurre es que si la empresa acaba metiéndose en un proceso concursal los 45días/año dificilmente los veáis, pero bien, todo sea para ir metiéndole más caña al asunto. Por lo demás, obviamente no es nada agradable estar trabajando sabiendo que nada vas a cobrar, por tanto consejos varios: empezar a prepararse la salida de la empresa empezando por buscar trabajo, si la situación en el seno de la empresa se hace insostenible pues cógete una baja médica por sufrir una patología de ansiedad, strés, depresión, el médico de cabecera te la expediré con facilidad, si bien tampoco te garantiza que cobres de inmediato pq las prestaciones de las bajas médidas, si bien son a cargo de la Mutua Profesional o el INSS, la empresa sigue actuando como mediadora en el pago, y visto lo visto igual sigues sin cobrar, pero ahora ya la deudora principal contigo será la Mutua o el INSS , y por tanto ya se pondrán las pilas para que acabes, más o menos tarde, al menos cobrando ni que sea mediante régimen de pago directo. Otra opción es que si tenéis muy claro que no cobraréis articuléis todo un proceso de huelga como medio de presión, bien sea para que os de unas garantías de cobro o en definitiva para instar a dar una salida a todo el tema. Que haya mucha suerte, ánimos y un saludo

  8. #13
    Anonimo
    05/02/09 14:12

    Tabajamos en una Agencia de Viajes que pinta muy mal, son muchos los acreedores y a los empleados nos deben nóminas de Diciembre, extra de Diciembre y Enero, a algunos más aún. La dirección se niega a entrar en concurso de acreedores y los empleados ya hemos presentado una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. ¿Qué otras medidas podemos tomar? No nos da ninguna explicación y encima tenemos que seguir viniendo a trabajar...

  9. #12
    Anonimo
    05/02/09 11:20

    Gracias Jordi por tu pronta contestación. Me has dejado clara la situación y te lo agradezco. También felicitarte por tu labor que es de mucha ayuda en estos días difíciles.

    Saludos

  10. #11
    Anonimo
    05/02/09 11:12

    Tabajamos en una Agencia de Viajes que pinta muy mal, son muchos los acreedores y a los empleados nos deben nóminas de Diciembre, extra de Diciembre y Enero, a algunos más aún. La dirección se niega a entrar en concurso de acreedores y los empleados ya hemos presentado una reclamación al SMAC. ¿Qué otras medidas podemos tomar? No nos da ninguna explicación y encima tenemos que seguir viniendo a trabajar...

  11. #10
    04/02/09 15:25

    Hola Jose Mario,

    Pues ciertamente la situación que planteas es preocupante porque según tus apreciaciones, pocas o nulas son las posibilidades que este empresa levante cabeza, y por tanto aquí lo que urge es iniciar el proceso cuanto antes, no vaya a ser que peguen el pufo y desaparezcan.

    Y bien, alguna de las alternativas que tienes son:

    – Formular denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con una posible imposición de sanción muy grave por impago de salarios debidos y que le podría acarrear una multa de entre 6.251€ a 187.515 €. No es la vía más efectiva para cobrar pero sí para tocarle las narices un rato.


    – Por otro lado urge y resulta prioritario interponer la correspondiente reclamación de cantidades ante el órgano conciliador compentente como acto previo al juicio(según la CC.AA se llama diferente; el SMAC, CMAC, SIMA). Y bien, comentarte que no precisas representación, si bien lo aconsejable es que alguién te redacte la papeleta de conciliación, bien sea un graduado social/abogado de pago u oficio.

    Y si, a más a más, este mes tampoco lo cobras pues ya sería acumular acciones pidiendo la rescisión indemnizada de tu contrato a razón de 45 días/año (art. 50), pero para ello debes permanecer al pie del cañón hasta el dia que se notifique la sentencia.

    Respecto al tema de las responsabilidades del tipo personal y solidario en que hubiera podido incurrir en tu empresa, no es un tema que sea mi fuerte, pero bien, obviamente pueden ser exigibles a muchos niveles ; laboral, tributario, mercantil societario, etc… pero el más importante quizá según la de no disolución de la sociedad pese a hallarse la sociedad incursa en una causa de disolución claro como es la de su insolvencia total.

    Que haya mucha suerte, un saludo

  12. #9
    Anonimo
    04/02/09 13:21

    Buenos días Jordi
    Mi consulta es la siguiente. Trabajo en el departamento de contabilidad de una empresa dedicada a la promoción y construcción de viviendas. Desde hace más de un año hemos tenido pérdidas fuertes y el gerente se negó a cerrar el negocio, prefirió endeudar la empresa, incluso avalando créditos con su patrimonio, antes que cerrar.
    Ahora mismo estamos sufriendo las consecuencias, las pérdidas se han incrementado y los créditos vencen, no pagamos a nadie y han empezado a llegar de nuestros proveedores requerimientos de pago previos a la demanda.
    También tenemos deudas importantes con la Agencia Tributaría y la Tesorería, se adeudan dos mensualidades de nóminas y lo peor de todo es que estamos terminando una obra y ya no hay más perspectivas de trabajo.
    Ante todo esto el gerente se muestra impasible, no reacciona, no hay un plan de viabilidad, ni plan de futuro, ni quiere saber nada de concurso de acreedores, su plan es no pagar y aguantar. Pero nosotros necesitamos cobrar y cuando se le pregunta da largas o le echa la culpa a los bancos.
    Yo quiero esperar este mes y si sigue en el mismo plan denunciar ante trabajo y presentar una papeleta de reconciliación ante el SMAC y otra de rescisión del contrato por incumplimiento
    ¿Sería viable hacer esto ante el estado de deterioro de la empresa o bien pongo directamente una denuncia por lo social?
    ¿Tiene el gerente alguna responsabilidad civil por la mala gestión de la empresa?
    Saludos y gracias por tu tiempo.

  13. #8
    17/01/09 03:36

    Hola Noelia,
    es complicado dar consejos sin conocer la realidad de la empresa ni la tuya personal. La situación económica actual no facilita el poder ir saltando de un trabajo a otro con plenas garantías, si bien si la situación tuya te permite estar en disposición de dejar tu trabajo porque tienes otras ofertas de trabajo, lo más aconsejable sería largarte y hacer una reclamación por cantidades por lo que te adeudan. Si esta opción no la tienes clara, pues antes de judicializar el tema y en aras a evitar futuras represalías de la empresa (que con casi toda seguridad las habrá), plántate e intenta hablar del tema de forma amistosa pero sin tapujos con tu jefe y que sea él que mueva ficha y te dé las razones que hasta día de hoy no te ha dado. Con ello, deberás valorar si hay o no voluntad de pagarte, de la continuidad de la empresa, etc..., si el tema pinta mal, es ya cuando debes de ir pensando en judicializar el tema aún y cuando sigas en la empresa: reclamación de cantidades y rescisión indemnizada del contrato. Que haya suerte, un saludo

  14. #7
    Anonimo
    14/01/09 12:15

    Buenos Días;

    TRabajo en una empresa de excavaciones, este verano ya empezaron las cosas a flojear, la paga extraordinaria de verano nos las ingresaron en octubre, y a dia de hoy hemos cobrado la mitad de la paga de navidad y todavía a 14 de enero no sabemos nada de la nómina de diciembre, yo estoy en la oficina por lo que me resulta fácil ver cómo van los pagos de los clientes, es decir, que tengo fácil acceso a cierta información más que uno de los trabajadores que están fuera de la oficina.
    Las cosas no pintan nada bien y temo que esta situación se repita mes a mes.
    Por su parte el jefe no ha dado ningún tipo de explicación a esta situación.
    debo anticiparme y hacer algo, pero no se cómo hacerlo, le agradeceria que me asesorara.

    Gracias de antemano.

  15. #6
    17/11/08 10:41

    Hola ,
    Perdón por el retraso.
    Respecto al anónimo del 6de Noviembre, si el proceso concursal ya está en marcha habríamos llegado tarde. En todo caso si estás de baja y la empresa sigue sin pagarte, insta al organismo gestor responsable del pago de la prestación económica de baja (INSS o mutua laboral) que te la pague directamente a ti, y no a través del pago delegado de la empresa., pq esta última es morosa. Al menos con ello conseguirás cobrar puntualmente. Si ves que la situación se tensa, pídete una baja por riesgo durante el embarazo, cobrarás directamente del INSS del 100% de la base reguladora . Cuando ya causes baja por maternidad cobrarás directamente del INSS y por tanto ya no dependerás de la empresa.

    Con relación al anónimo de 14 de Noviembre, todo depende de lo que quieras tensar la cuerda, es decir, si el objetivo es mantener el curro, pues bien, habrá que armarse de paciencia e irle con buenas palabras. Ahora bien, si no te importa entrar en una guerra de desgaste, en represalias futuras (si bien siempre te puedes acoger a una baja médica por ansiedad y perder de vista a tu jefe) que seguramente suponga tu salida indemnizada de la empresa, lo más efectivo a día de hoy sería amenazarle con que te pague ya o acudirás a Inspección de Trabajo, y ahí, que frente a un Inspector de Trabajo le argumente porque eres el único de la empresa que a día de hoy no ha cobrado. Que haya suerte.

    Gracias y un saludo a todos

  16. #5
    Anonimo
    14/11/08 23:17

    Hola Jordi.Una pregunta...hace 5 dias que deberia haber cobrado mi nómina y mi empresa goza de muy buena salud financiera, así que por eso sé que no es.Tuve una discusion con la gerente hace unos dias y lo atribuyo a eso, a una represalia.Cada dia me dice que me pagara, pero no lo hace....que debria hacer en este caso???
    Gracias.

  17. #4
    Anonimo
    06/11/08 12:48

    Primero de todo darte las gracias por la información que nos das...
    Te queria preguntar que en mi caso llevo ya varios dias de retraso y aún no he visto ni un duro de la nómina de este mes. La empresa está fatal, creo que van a presentarse al concurso de acreedores... Pero es que desde hace 2 semanas estoy de baja y estoy embarazada. ¿que crees que podría hacer en mi caso?
    Muchísimas gracias!!

  18. #3
    Anonimo
    09/10/08 11:27

    Muchas gracias por tu grata ayuda.
    Me asesoraré antes de iniciar nada, pues ninguna de las opciones me convence.
    Recibe un cordial saludo.

  19. #2
    09/10/08 01:25

    Hola,
    No está en mi ánimo incitar a pleitear a diestro y siniestro, pero a mi entender son de las pocas opciones que quedan cuando estamos hablando de empresas sin capacidad de reflote, aún y cuando es posible que si la empresa está terminal se llegue ya tarde incluso para demandarla pq el grado insolvencia se presuma ya total. En fin, deberás valorar si todo ello se da con la tuya, es decir la solvencia para reclamar, o si por otro lado también intuyes que hay capacidad de sobreponerse a la situación de crisis y por tanto les quieras otorgar un voto de confianza. También puedes incluso pretenderles amedrentar con denunciarlos a Inspección de Trabajo, no es que sea la vía más efectiva para acabar cobrando, pero si que la citación con el Inspector y la obligación de hacer acopio de toda la documentación laboral de la empresa de los últimos 4 años les puede echar para atrás para evitar que no salgan al descubierto nuevos pufos, aveniéndose a pasar cuentas contingo. En todo caso, no cabe llevarse a engaño, lo más efectivo en estas situaciones (por todo lo expuesto en el post) es reclamar judicialmente la cuantía adeudada, y eventualmente en tu caso ya solicitar (siempre que tengas una antigüedad en la empresa importante), la rescisión indemnizada de tu contrato de trabajo a 45 días año. Si bien, en este último caso, ten en cuenta que deberás permanecer en tu puesto de trabajo hasta que recaiga sentencia judicial que te libere ya de seguir prestando servicios en tu empresa.

    En definitiva, no deja ser una opción tuya a valorar en función de múltiples variables que entran en juego, y bien, que si finalmente decides reclamar, déjate asesorar por un buen profesional del que tengas referencias, y en caso de no poder estar en disposición de contratarlo, acogerte al beneficio de la justicia gratuita, en todo caso, que haya suerte, un saludo y gracias por participar.

    Espero que te haya servido la respuesta

  20. #1
    Anonimo
    08/10/08 14:15

    Buenos dias,
    Una consulta Jordi;
    A dia de hoy la empresa (inmo-constructora) me adeuda la Paga de Verano, la Mensualidad de Agosto y el 24,75% de la nómina de Septiembre.
    El futuro: MUY MAL.
    Te agradecería tu consejo, pues no se si puedo reclamar a Trabajo
    Gracis de antemano.

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