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Se adelanta la rebaja del IRPF al 1 de julio de 2015

El presidente del Gobierno ha anunciado hoy que la segunda parte de la rebaja del IRPF se adelanta al 1 de julio de 2015 (sí, ayer). Esta rebaja del IRPF estaba prevista para el 1 de enero de 2016, sin embargo, finalmente se aplicará a este ejercicio 2015 con efectos retroactivos. La reforma fiscal fue aprobada a finales de 2014 para que entrara en vigor en dos fases, la primera de ellas a principios de este año y la segunda, a principios del siguiente. 

Rebaja irpf adelantada a julio de 2015

Según los cálculos del ejecutivo, la segunda fase de la rebaja del IRPF supondrá un ahorro extra para los contribuyentes de 1.500 millones de euros.

La justificación del adelanto de la rebaja es, según Rajoy, la buena marcha de la economía. Por ello, además, ha anunciado que se elevará la previsión de crecimiento de la economía española del 2,9% al 3,3% en 2015 y del 3% para el 2016.

 

¿En qué consistirá esta rebaja del IRPF?

En la primera fase de la rebaja del IRPF se redujeron los tramos de siete a cinco y en esta segunda fase de la rebaja etipo de gravamen disminuye otra vez para todos los tramos de renta, quedando el mínimo en 19% y el máximo en 45%. Y para los profesionales de nuevo inicio, el tipo de retención queda fijado en un 7%. Las reducciones para cada uno de ellos son las siguientes: 

 
Tipo de gravamen
1 enero 2015
Tipo de gravamen
1 julio 2015
Hasta 12.450€ 20% 19%
Desde 12.450,01 hasta 20.200€ 25% 24%
Desde 20.200,01 hasta 35.200€ 31% 30%
Desde 35.200,01 hasta 60.000€ 39% 37%
Desde 60.000,01€ 47% 45%

 

Además, el presidente del Gobierno ha adelantado que otra de las medidas de esta segunda fase de la rebaja será aplicar un tipo de retención del 15% en el IRPF a todos los autónomos beneficio que antes solamente se aplicaba a los autónomos con rendimientos inferiores a 15.000€. El motivo es favorecer la liquidez y la capacidad de inversión.

Escala general IRPF a aplicar de Enero a Junio de 2015: 

 

Base liquidable Cuota íntegra Resto base liquidable Tipo aplicable
0€ 0€ 12.450€ 10%
Hasta 12.450€ 1.245€ 7.750€ 12,50%
Hasta 20.200€ 2.213,75€ 13.800€ 15,50%
Hasta 34.000€ 4.352,75€ 26.000€ 19,50%
Hasta 60.000€ 9.422,75€ En adelante 23,50%

 

Escala general IRPF a aplicar de Julio a Diciembre de 2015: 

 

Base liquidable Cuota íntegra Resto base liquidable Tipo aplicable
0€ 0€ 12.450€ 9,50%
Hasta 12.450€ 1.182,75€ 7.750€ 12%
Hasta 20.200€ 2.112,75€ 15.000€ 15%
Hasta 35.200€ 4.362,75€ 24.800€ 18,50%
Hasta 60.000€ 8.950,75€ En adelante 22,50%

 

Otras modicficaciones en el IRPF

 

  • Profesionales de nuevo ingreso: tipo de retención 7%
  • Actividades empresariales en Estimación Objetiva: se mantiene la retención en el 1%.
  • Actividades agrícolas y ganaderas: se mantiene la retención en el 2%.
  • Rentas ahorro y capital inmobiliario: el tipo retención queda fijado en el 19,5% para rendimientos procedentes de arrendamientos y subarrendamientos urbanos, dividendos, depósitos, cuentas corrientes, etc.

Porcentjes a aplicar en el nuevo IRPF

 

¿Cuál es el balance de la rebaja del IRPF?

Si nos fijamos en los tipos impositivos y en las cuotas a pagar en concepto de IRPF de 2011 observamos que no han cambiado tanto. El ahorro fiscal anual de un trabajador por cuenta ajena sin hijos y con unos ingresos brutos anuales de 20.000€ será de 292€ si comparamos con el 2011 antes del “gravamen complementario” y de 366€ si comparamos con el periodo impositivo de 2014, según los cálculos realizados por El país y que podéis ver en la siguiente tabla.

El ahorro es más significativo si comparamos el IRPF que empezó a aplicarse ayer con el del 2014 para todos los niveles de renta. 

La reforma ha beneficiado fundamentalmente a las rentas más bajas y a las más altas. Las rentas de hasta 12.000€ desde la primera fase de esta reforma no pagan IRPF y las rentas de hasta 100.000€ brutos anuales han visto reducidas sus cuotas a pagar en concepto de IRPF. Las personas con ingresos brutos de 2.000.000€ ahora únicamente pagarán, aproximadamente, 700€/año más de lo que pagaban en 2011. Si comparamos con lo que pagaban en 2014, su rebaja es de 131.338€. 

 

Rebaja irpf julio 2015

En los cálculos de esta tabla sí que se incluyen el gasto deducible por la aportación a la Seguridad Social y las disminuciones por mínimo personal. 

 

¿Qué os parece este adelanto de la rebaja del IRPF? ¿Muchas prisas antes de las elecciones?

 
  • Fiscalidad
  • IRPF
  1. #13
    24/11/15 22:21

    He leido este 2015 en varios comentarios que PODRIA COMPENSAR MINUSVALIAS DE ACCIONES DE AÑOS ANTERIORES CON PLUSVALIAS DE 2015, YA QUE DESAPARECE EL TEMA DE PLAZOS... PERO en la ley no lo encuentro (modif. nov.2014), y Hacienda por telefono me dice QUE NO COMPENSAN

    : l 901335533 y me han confirmado que no se compensa. Solo puede compensar:

    Las perdidas patrimoniales del 2015 se pueden compensar con resultados de k mobiliario hasta el 25% y el resto en 4 años.
    Los rendimientos de k mobiliario negativo 2015 se puenden compensar h 25% en base imponible general.

    Segun leo la disp.transitoria en 2015 el 10%, y sube un 5% cada año h/ 25.% 2018.

    Tambien leo en rankia una contestacion de compensar minusv. de 2014 menos de un año, segun los criterios "de redes" con plusv. de 2015, porque ya no se distinguen plazos, pero ADEMAS DEL TELEF. DE HACIENDA NO VEO EN LA LEY LA COMPENSACION QUE SEÑALAIS.

    ES MUY IMPORTANTE PARA COMPENSAR PERDIDAS DE ESTE AÑO -AHORA- CON LAS GANANCIAS DE PRINCIPIO DE AÑO, HABIA ELEGIDO COMPENSAR LAS "VIEJAS DE 2014,13..." Y DEJAR LAS MINUSVALIAS LATENTES ACTUALES PARA 2016, VER SI REPUNTA EL PETROLEO Y PIERDO MENOS, ADEMAS DE "ACTUALIZAR LOS 4 AÑOS DE COMPENSACION DE MINUSVALIAS".

    ESPERO UNA ACLARACION GRACIAS.

  2. #12
    23/07/15 11:05

    disculpad, soy nuevo en esto, he buscado pero no encuentro ningun hilo con este tema.
    necesito saber con respecto a las nuevas retenciones por actividades profesionales, antes al 19% y ahora al 15%, pero los que facturamos menos de 15.000euros ya estabamos al 15%, ahora qué tipo de retención debemos reflejar en nuestras facturas?? gracias

  3. en respuesta a Tomete
    -
    #11
    06/07/15 11:21

    Vaya, pues es injusto. Lo lógico seria pagar impuestos solo de los 3000 € que se pasan de los 12000.. o a lo mejor en vez de los 12000 primeros que sean 10000, pero no de todos los que antes no se tenia que pagar nada.

    Para rentas mayores no hay este problema ya que el incremento de % se aplica solo a la parte que pasa del % anterior.

    Y para el 2014? cual ha sido el mínimo que no hacia falta pagar impuestos? estoy probando con el programa padre en la casilla 001 y veo que son unos 10000

    Que injusto para los que se pasan de poco!

  4. en respuesta a Romanrdgz
    -
    #10
    06/07/15 10:54

    jajaja creo que los motivos "reales" por los que se adelanta la rebaja han quedado claros para la mayoría de la sociedad. Demasiado descarado ya.

  5. en respuesta a Marina Pomares
    -
    #9
    06/07/15 10:36

    ¿Precipitado? Depende de cómo lo analices. Si lo analizas como una rebaja fiscal simplemente, es precipitado. Si lo que haces es populismo de ese que luego denuncias en los demás para sacar votos en las generales, entonces lo están haciendo en el momento idóneo. Esperar 2 o 3 meses más ya sería muy descarado...

  6. en respuesta a virtual
    -
    #8
    06/07/15 10:21

    He añadido al post las escalas generales del impuesto para que podáis hacer el cálculo. Las rentas inferiores a 12.000€ están exentas de tributar. Para rentas de 15.000€, la cuota íntegra por los primeros 12.450 es ya de 1.182,75€. Aunque falta añadir la tributación por el resto, el mínimo personal y familiar... La diferencia es significativa entre tener unos ingresos de 12.000€ y tenerlos de 15.000€

  7. en respuesta a Romanrdgz
    -
    #6
    06/07/15 10:01

    Hola Romanrdgz,
    ese es justo el problema que anuncian los técnicos de Hacienda porque habrá que aplicar dos escalas distintas y diferenciar qué gastos y qué ingresos son de cada periodo, igual que las deducciones, límites...
    Parece que está previsto que se apruebe la rebaja este viernes día 10 de julio. Habrá que esperar a ver si habían previsto estos problemas y se resuelven todas estas cuestiones porque pueden suponer un gran lío en la campaña de la renta para Hacienda.

    Demasiado precipitado el adelanto de la rebaja, ¿no crees?

  8. en respuesta a virtual
    -
    #5
    Tomete
    04/07/15 08:24

    En la tabla del IRPF, séptima columna, líneas primera y segunda.

    Ganando 12.000 euros, pagas cero de IRPF (primera línea). Ganando 15.000 euros (o sea, 3.000 euros más), pagas 1.206 euros (segunda línea).

    ¿No es un poco incongruente?.

  9. en respuesta a Tomete
    -
    #4
    03/07/15 23:16

    de donde sacas los 1206? .. si los 12000 primeros no pagas impuestos ,, ganando 3000 mas solo pagas impuestos de esos 3000 no?

  10. #3
    03/07/15 19:05

    Las encuestas sobre el PP deben de ser muy negativas,cuando aplican esta rebaja deprisa y contra reloj.

    Para ganar las elecciones,vale todo.Demasiado clarividente.......

  11. #2
    Tomete
    03/07/15 15:48

    Nuestro sistema fiscal produce situaciones realmente distorsionantes.

    De acuerdo con la tabla, una persona que gane unos escasos 12.000 euros anuales (después de deducciones diversas) no paga IRPF. Esta bien, porque 12.000 euros brutos no da para muchos lujos.

    Supongamos que a esta persona le dan la buena noticia de que, debido al gran esfuerzo laboral que ha hecho (horas extras gratis, sincera coba al jefe,...), le aumentarán el sueldo en 3.000 euros más. Por tanto pasará a cobrar 15.000 euros al año, que sigue sin dar para muchos lujos.

    Entonces pagará un IRPF de 1206 euros.

    Es decir, por ganar 3.000 euros más, deberá pagar 1206 euros. Esto es un tipo marginal del 40%.

    No ha más comentarios.

  12. #1
    03/07/15 11:17

    Menudo lío han montado para las inversiones: antes sabía que cotizaría un 20% hasta los primeros 6000 de beneficios brutos y un 22% de ahí hasta 50K si mal no recuerdo (desgraciadamente no paso ya ese límite jeje).

    Ahora qué pasa? Va a ser un 20% de los primeros 3000 ganados de enero a julio y un 22% a partir de ahí (hasta 25K), y un 19% los primeros 3000 de julio a final de año y 21% a partir de ahí?

    Porque no creo que dejen en 6000 el escalón para cada semestre...

    ¿Y qué pasa con las nóminas? Como corresponden al mes trabajado en junio no aplica, aplica solo si te la ingresan en julio? La extra cotiza con la rebaja, o no lo hace por corresponder a parte del salario de los 6 meses precedentes?

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