Acceder
Blog Inversión paso a paso
Blog Inversión paso a paso
Blog Inversión paso a paso

RENTA VARIABLE (XXXI) - Operaciones Especiales

El adquirir conocimientos es la mejor inversión que se puede hacer. – (Abraham Lincoln)

Dentro de las operaciones especiales que las mercantiles cotizadas pueden realizar y que afectan a sus accionistas o inversores, vamos a ver en los próximos post, las que considero mas importantes y entre las que podemos destacar:

  • Ampliaciones de capital
  • Reducciones de capital
  • Oferta Pública de Adquisición de Acciones (OPA)
  • Oferta Pública de Venta de Acciones (OPV)
  • Oferta Pública de Suscripción (OPS)
  • Privatizaciones.
  • Exclusiones de negociación.

Voy a intentar explicar, de manera sencilla, el significado de cada una de ellas y su repercusión en los accionistas o inversores.

Pues en las últimas fechas, son muchas las operaciones de este tipo que se están realizando y de las que, seguramente, hemos oído hablar.

OPA’s como Dia-LetterOne, la fallida Abanca-Liberbank. Barón de Ley-Mazuelo Holding, S.L, Europac-DS Smith,….., fusiones o integraciones como General Electric Transportation y Wabtec, Luxottica y Essilor

Las ampliaciones de capital se encuentran a la orden del día, sobre todo para el pago de dividendos, así como la reducciones de capital mediante programas de recompra de acciones propias, bien para amortización, estabilización o para sus propias autocarteras de las mercantiles….

No es el caso de las Ofertas Públicas de Venta de Acciones o de Suscripción de Acciones, que en los últimos años han quedado algo mas estancadas, como las previstas por Sonae o la Inmobiliaria Testa y las escasas privatizaciones como la empresa hindú GVK Airports o exclusiones de negociación como Papeles y Cartones de Europa.

Como inversores o accionistas, debemos saber que efectos o consecuencias tienen este tipo de decisiones que los Consejos de Administración de las Empresas, suelen proponer a las Juntas Generales de Accionistas con algún fin concreto y que tienen la obligación de publicarlas a través de la CNMV.

Ampliaciones de Capital.

Las ampliaciones de capital, suponen un incremento de fondos propios para la empresa cotizada (recordad la estructura del balance de las empresas). Y se puede realizar por varios motivos, como pueden ser, para reforzar su patrimonio neto, para financiar el crecimiento de la empresa y/o los nuevos proyectos, de una manera económica o poco costosa, para dar entrada a nuevos socios, o por imperativo legal al verse reducido su patrimonio neto por las pérdidas acumuladas.

 Se realizan mediante el aumento del valor nominal de las acciones existentes (muy poco habitual) o mediante la emisión de nuevas acciones que normalmente ofrecen a los accionistas y que les sirven para financiar el crecimiento de las empresas o bien en algunos casos para realizar el pago de remuneración mediante los dividendos a sus accionistas. De este modo, las ampliaciones de capital, pueden hacerse de dos formas:

  1. Incremento de capital social: Supone aumentar su activo mediante aportación de dinero o bienes a cambio de acciones.
  2. Variación de la composición del patrimonio social: Capitaliza las reservas sociales modificando el concepto del pasivo o, en el caso de conversión de obligaciones en acciones, por la transformación de cuentas acreedoras en fondos propios.
  3. Conversión de deuda (Obligaciones convertibles) en acciones: Supone también un cambio contable, a “groso modo”, la deuda contraída por la empresa por la emisión de obligaciones convertibles, pasa a ser capital social, de tal forma que los compradores de esas obligaciones convertibles (prestamistas), pasan a ser socios de la mercantil cotizada.

En definitiva, una ampliación de capital, supone la incorporación de nuevos recursos al patrimonio empresaria.

Si las clasificamos con respecto a su precio de emisión:

  • Ampliaciones a la par:

Los accionistas desembolsan el precio del valor nominal de las acciones. Por ejemplo, en una ampliación a la par con las acciones con una valor nominal de 2 euros, el accionista que acuda a la ampliación pagará 2 euros por cada acción nueva suscrita.

  • Ampliaciones con prima:

El accionista que acuda a la ampliación pagará el nominal de la acción mas una cantidad variable que se corresponde con la prima. Esta prima se incorporará a las reservas de la empresa. Por ejemplo, una ampliación de capital cuyas acciones tienen un valor nominal de 2 euros y las nuevas acciones se emiten a 2,50 euros, que será el precio a pagar por los accionistas que acudan a la ampliación, los 0,50 euros es la prima de emisión destinado a reservas.

  • Ampliaciones con cargo a reservas:

La ampliación se emite liberadas de  precio, o sea, gratuitas, sin tener que aportar fondos los nuevos accionistas que acudan a la ampliación, de esta forma, se formaliza un traspaso de fondos contablemente desde reservas de la mercantil a capital social.

  • Ampliaciones parcialmente liberadas:

Se trata de una ampliación de capital en la que se mezcla una parte del precio de las nuevas acciones liberadas o gratuitas y otra parte con desembolso de efectivo por parte del nuevo accionista.

 

Son distintas las opciones, como hemos visto, en las ampliaciones de capital, pero para el accionista, acudir o no acudir a estas ampliaciones suponen distintas repercusiones en su inversión.

El importe de la ampliación y la proporcionalidad de la suscripción de acciones nuevas, son algunas de estas repercusiones.

El accionista suele tener derecho de suscripción preferente, lo que supone que tiene derecho para acudir o no acudir a estas ampliaciones. El acudir a una ampliación de capital le supone mantener el peso de su inversión dentro de la mercantil cotizada y por tanto, la rentabilidad de su inversión en el reparto de dividendos, mientras que la decisión de no acudir, supone recibir el importe correspondiente a la venta de esos derechos preferentes por acción y perder pero en la mercantil cotizada y por tanto en la rentabilidad de su inversión.

Podemos calcular el precio teórico del derecho de suscripción mediante la siguiente fórmula:

Valor teórico del derecho = n (E – C) / (m+n)

Siendo:

n = Número de acciones nuevas por cada acción antigua.

E = Precio de emisión de las nuevas acciones.

C = Precio de la acción antes de la ampliación.

m = Número de acciones antiguas.

Los derechos de suscripción cotizan durante el período de la ampliación, mientras que las acciones cotizan con el denominado precio “excupón”, existiendo una relación entre ambos precios, ya que si, por ejemplo, la relación entre el precio de ambas cotizaciones se alejan teóricamente, los accionistas pueden comprar derechos vendiendo acciones viejas, o al contrario.

Es habitual, una vez conocidas las condiciones de la ampliación de capital, realizar lo conocido como “ampliación blanca”. Es una operación calculada, por la que el accionista vende los derechos de suscripción preferente suficientes, de tal forma que con el importe recibido, paga el resto de las acciones que puede suscribir con los derechos restantes, sin desembolsar capital alguno.

Ejemplo:

Supongamos que de la sociedad “X”, en la que tenemos un total de 1200 acciones, realiza una ampliación de capital con las condiciones siguientes: 1 acción nueva por cada 40 acciones antiguas a un precio de 3 euros. Nuestra intención es acudir a dicha ampliación sin tener que desembolsar ningún importe.

Tenemos un total de 1200 derechos preferentes y el precio de su cotización es de 0,30 euros.

Si acudiéramos a la ampliación con la totalidad de los derechos que tenemos, nos corresponderían:

1200 / 40 = 30 acciones nuevas al precio de 3 euros, pagaríamos 90 euros.

Dv * 0,30 = ( (1200 – Dv) / 40 ) * 3

De esta forma, igualamos los derechos que tenemos que vender (Dv) al precio que nos costarían las nuevas acciones, sabiendo que nos quedarán menos derechos que los iniciales, despejando la incógnita de los derechos a vender:

5 Dv = 1200 ; Dv = 240

240 * 0,3 = 72 € = (960 /40) * 3

Como observamos, vendiendo un total de 240 derechos a 0,30€, nos quedarán 960 derechos (1200-240), con los que podremos comprar un total de 24 acciones nuevas (960/40) al precio de 3€ sin desembolsar nada de capital (lógicamente solo los gastos).

Es habitual, presentar por parte de algunas de las empresas (Santander, Iberdrola, …), nuevas ampliaciones de capital, generalmente con cargo a reservas, para efectuar el pago de dividendos y hacerlo de una forma combinada, es decir, mediante cobro en efectivo o adquisición gratuita de nuevas acciones, es el denominado “scrip-dividend”. Si te encuentras interesad@ en conocer un poquito mas sobre este tema, te recomiendo el siguiente post:

https://inversionenjuego.wordpress.com/2018/01/22/como-cobrar-los-dividendos-efectivo-o-acciones/

Reducción de Capital

Al contrario que las ampliaciones de capital, el Consejo de Administración de una cotizada, puede proponer a la Junta General de Accionistas, reducir su cifra de capital social en balance, es decir, reducir sus fondos propios, y por tanto, reducir el Patrimonio Neto de la mercantil.

 

Pueden ser tres los motivos que lleven a la toma de esta decisión:

  • Que la cotizada, mantenga una situación tan próspera, que sus excesivos recursos generados (reservas), sean suficientes para el mantenimiento de su crecimiento y operativa diaria. La reducción de capital la puede realizar mediante la adquisición de acciones propias para amortizarlas (oferta pública de compra) o mediante la amortización de acciones que mantenga en su autocartera. De esta forma, el accionista incrementa su posición dentro de la cotizada
  • Realizar una disminución del valor nominal de las acciones, con el fin de devolver aportaciones a los accionistas de la sociedad cotizada.
  • Reducción de capital motivada por las pérdidas acumuladas que han llevado el patrimonio neto a un valor inferior a su capital social, y por tanto, una situación grave de la cotizada. Reducción que lleva aparejada simultáneamente, una ampliación de capital, con el fin de restablecer el equilibrio en el patrimonio neto. Esta operación especial es conocida como “operación acordeón”.

En el próximo post, seguiremos viendo las operaciones especiales de las empresas cotizadas que afectan de manera directa o indirecta a los inversores y accionistas.

Un saludo de @inversenjuego.

«No hay viento favorable para el barco que no sabe adónde va». https://inversionenjuego.wordpress.com/
  • Ampliación de Capital
  • Renta variable
Lecturas relacionadas
RENTA VARIABLE (VII): Invertir en Dividendos
RENTA VARIABLE (VII): Invertir en Dividendos
RENTA VARIABLE (XXXI)- Operaciones especiales (II).
RENTA VARIABLE (XXXI)- Operaciones especiales (II).
Yo no me llamo Fridman (o ¿Qué pasa con DIA (II)?)
Yo no me llamo Fridman (o ¿Qué pasa con DIA (II)?)
Accede a Rankia
¡Sé el primero en comentar!
FRASES: “Cada día me miro en el espejo y me pregunto: Si hoy fuese el último día de mi vida, ¿querría hacer lo que voy a hacer hoy?. Si la respuesta es no durante demasiados días seguidos, sé que necesito cambiar algo” (Steve Jobs) "El mejor líder es aquel cuya existencia no nota la gente. El siguiente mejor es al que la gente respeta y alaba. El siguiente es el que la gente teme; y el último es al que odia. Cuando el trabajo del mejor líder está acabado, la gente dice: Lo hicimos nosotros mismos." (Lao-Tzu)
Te puede interesar...
  1. Vuelven los lunes de "INVERSION PASO A PASO"
  2. Es el Momento
  3. MIS MANDAMIENTOS en el Mercado de Opciones Financieras.-
  4. Presentación del blog
  5. Mercado de DERIVADOS Financieros (XXIX).- OPCIONES Financieras .- Estrategias con Opciones (I).
  1. ANALISIS TECNICO: Ondas de ELLIOTT - Un análisis complejo.
  2. Renta Variable (IV). Uso de la Estadística para analizar el riesgo. Primeros Pasos
  3. RENTA VARIABLE (III).- Análisis del Riesgo Bursátil.-
  4. Mercado de Derivados Financieros.- INTRODUCCION.-
  5. RENTA VARIABLE (VIII): ¿Cómo entender las cuentas de una empresa?