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El dossier bancario (I)


Ha llegado el momento de la verdad. Tenemos todo el análisis sobre nuestra tesorería realizado y claro o bien tenemos un proyecto para iniciar. El caso es que necesitamos financiación de alguna entidad financiera y tenemos que salir a buscarla. Llega el momento de presentar al banco nuestra empresa, nuestro proyecto.

Hay empresas que se gastan verdaderas fortunas en páginas web, publicidad, presentaciones de empresa, imagen corporativa, pero a la hora de ir al banco, que es precisamente a quien van a pedir el dinero para realizar todas esas acciones, se creen que con cuatro papeles va a bastar. No nos cansaremos de repetirlo, el banco es un proveedor más, un compañero de viaje con el que vamos a estar tiempo y que vamos a necesitar en repetidas ocasiones. Siendo así, vamos a presentarle a nuestra empresa tal y como es, vamos a ilusionarlo con ella.

Lo primero a tener en cuenta a la hora de presentar el dossier es la veracidad de los datos. En comentarios a post anteriores se habló de la falta de confianza que existe entre empresa y banco, de nosotros depende romper esa tendencia. Tengamos en cuenta que, es posible que engañemos al banco al inicio, pero en una relación larga será más difícil esconder nuestras mentiras y nuestras penas, minando la confianza entre ambas partes y haciendo que la colaboración se rompa. La confianza se ha de ganar desde el principio y cuidarla día a día.

Una vez tengamos todos los conceptos claros, es hora de preparar la documentación. Seamos claros, ordenados y concisos. Y tengamos en cuenta: vamos a vender nuestra empresa a un proveedor externo. Por favor, que sea con nuestra mejor cara.

Elaborar un buen dossier bancario es un proceso que requiere de toda nuestra atención y dedicación. Realmente una vez preparado el primero, si llevamos nuestra tesorería y organización al día no será relativamente complicado el ir actualizando el mismo conforme vayamos cumpliendo con nuestras obligaciones fiscales y mercantiles. Además, hemos de tener en cuenta que en la mayoría de datos que vamos a preparar lo importante es ver cómo evolucionan éstos a lo largo del tiempo, no su valor en un momento concreto sino su evolución y la comparación entre los mismos datos en dos periodos de tiempo, esto también nos servirá como herramienta de análisis interno para controlar nuestra salud financiera.

A continuación vamos a enumerar lo que debería de contener nuestro dossier bancario para, en un post posterior, pasar a realizar una descripción de cada uno de los apartados.

Un dossier bancario deberá contener, como mínimo:
1) PROYECTO
2) BALANCE DE SITUACIÓN
3) CUENTA DE PERDIDAS Y GANANCIAS
4) DECLARACIONES DE IVA
5) DECLARACIONES DE IRPF
6) DECLARACIONES DE OPERACIONES CON TERCEROS (MOD.347)
7) CIRBE

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  1. #3
    Anonimo
    01/02/10 14:16

    Aprovecho el escrito para recomendaros que os bajéis la versión demo que encontraréis en www. gestiontesoreria .com de CASHMANAGEMENT para que la podáis evaluar y hacer los comentarios pertinentes si la consideráis útil.

    Un cordial saludo

  2. #2
    Anonimo
    15/01/10 16:36

    Central de Informacion de riesgos del Banco de España.

    La Central de Información de Riesgos (CIR) del Banco de España es el servicio del Banco de España que recoge el historial crediticio de las personas físicas y jurídicas para facilitar a las entidades el análisis de sus riesgos de crédito.

    Las entidades declarantes (entidades de crédito y otras) tienen la obligación, con carácter general, de informar sobre los riesgos directos con residentes por importe igual o superior a 6.000 euros en el conjunto de negocios en España o a 60.000 euros en cualquier otro país. Para los no residentes, la obligación de declarar es a partir de 300.000 euros.

    Los datos, que pueden consultar las entidades y los particulares, permiten al Banco de España conocer los créditos totales concedidos, lo que facilita el ejercicio de sus competencias de supervisión bancaria.

    Las entidades que declaran sus riesgos a la CIR del Banco de España reciben mensualmente la información agregada del riesgo contraído por las personas físicas y jurídicas para las que han hecho una declaración (los llamados titulares).

    Una entidad también puede pedir información concreta de un titular si este le solicita una operación de riesgo (p.ej., la concesión de un crédito) o figura como obligado al pago o garante en documentos cambiarios o de crédito cuya adquisición o negociación se le haya solicitado a la entidad.

  3. #1
    Anonimo
    14/01/10 22:23

    Por dios y por san petrus, que es el CIRBE?????????????????????????

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