Depósito contratado por un plazo de tiempo determinado. Si el contrato contiene una cláusula que así lo indique, el importe del depósito sólo se puede retirar antes de que expire el plazo con autorización de la entidad financiera y con una penalización en su remuneración.
Los depósitos a plazo son depósitos de dinero con períodos de vencimiento previamente establecidos y, que garantizan una determinada remuneración hasta la fecha de cancelación. Básicamente podríamos distinguir tres tipos distintos de depósitos: los IPF (imposiciones a plazo fijo), las cuentas ahorro-vivienda y los depósitos con soporte en repos deuda pública.
En todos los casos, la remuneración del producto está garantizada, lo cual quiere decir que el banco nos asegura tanto la devolución del principal como la remuneración prometida. Así, no hay que dejarse engañar por aquella publicidad que nos dice que el depósito está garantizado y, lo cuenta como si fuese algo nuevo y extraordinario, sino que es lo normal en este tipo de productos bancarios. Existen dos formas de garantizar un depósito:
Garantía externa: el banco garantiza la operación y, el único riesgo que correría el depositario sería la quiebra del banco. El banco obtiene financiación barata a través del depósito (por ejemplo a un coste del 2,50-3%) y lo invierte o presta a un interés superior (4,5-7%).
Garantía interna: el diseño del producto garantiza en sí mismo la rentabilidad, sea cual sea la entidad financiera que lo emita.
La oferta existente de depósitos a plazo es realmente extensa y, así, existen: las Fórmulas Ahorro Fiscal, Libretas de ahorro a plazo, cédulas hipotecarias, extradepósitos, superdepósitos, depósitos especiales, estructurados, etc... Básicamente, podemos caracterizar todos los tipos de depósitos a través de las siguientes variables:
Remuneración
Lo usual, es que la remuneración venga a través de un tipo de interés fijo, preestablecido en el momento del contrato. El tipo de interés que nos ofrezcan dependerá de los siguientes factores:
De la entidad financiera elegida. Obviamente, existen bancos y cajas mucho más “generosos” que otros. Prueba de ello es la diferencia que podemos encontrar en las ofertas de los bancos on-line en comparación con los intereses ofrecidos por la banca tradicional.
De los tipos de interés. En épocas de tipos elevados, también serán altos los intereses que nos ofrezcan las distintas entidades financieras y, al contrario cuando los tipos estén bajos.
Del plazo. El tipo de interés aumenta siempre con el plazo de vencimiento.
Del saldo depositado. Aunque en general no ocurre así, existen algunos casos donde la remuneración ofrecida es creciente en función del importe que se deposite.
Aunque la fórmula del interés fijo predeterminado es la más usual dentro de este tipo de depósitos, también existen otras formas de remuneración:
Remuneración a través de un regalo (IPF regalo, etc...): son productos orientados hacia clientes con cultura financiera muy baja. Suelen ser depósitos a plazo de un año, donde la única remuneración existente es un regalo en el momento de realizar el contrato. Obviamente, el valor de dicho regalo depende de la cuantía del saldo depositado. Así podemos encontrar regalos como vajillas, televisores, DVD's, etc.
Remuneración a través de tipos de interés creciente o decreciente: los tipos de interés aplicables son progresivamente superiores (o inferiores) a lo largo de la vida del contrato. Los tipos a aplicar en los distintos períodos son pactados con la entidad financiera a la firma del contrato.
Remuneración a través de tipos de interés indexados o referenciados: el tipo a aplicar en los distintos períodos en que esté dividido el plazo del depósito, se calcula como un porcentaje de la revalorización media de un determinado índice (IBEX, MIBOR, Eurotop 100,...)
Remuneración a través de tipos mixtos: se aplica un tipo de interés fijo más un variable referenciado a un índice determinado.
Plazo
Liquidez
Aportaciones
Liquidación
Fiscalidad
Más información:
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