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¿Cómo abrir una cuenta bancaria con tarjeta roja u hoja blanca de asilo?

¿Cómo abrir una cuenta bancaria con tarjeta roja u hoja blanca de asilo?

¿Necesitas una cuenta bancaria y solo tienes una Hoja Blanca o Tarjeta Roja? La hoja blanca de asilo es un documento que reciben las personas a quienes se les ha aprobado la solicitud de protección internacional en España ante la OAR (Oficina de Asilo y Refugio). Si se le concede una cita de renovación a la persona con Hoja Blanca, esta será sustituida por una tarjeta roja, un documento de identificación tan válido como el DNI y que sirve para que la persona protegida pueda trabajar, realizar trámites y participar de la vida ciudadana en España. Ahora bien, en el caso de integrarse al sistema bancario, ¿cómo abrir una cuenta bancaria con tarjeta roja u hoja blanca de asilo? 

 

¿Se puede abrir una cuenta bancaria con tarjeta roja u hoja blanca de asilo?

La tarjeta roja es un documento de identidad que se le otorga a las personas que cuentan con asilo en España y que previamente han solicitado una hoja blanca, la cual tiene asignado un NIE (Número de Identificación Extranjera), y a las cuales se les ha admitido a trámite. Una vez que la persona protegida tiene su tarjeta roja, puede realizar trámites en territorio español, entre ellos trabajar de manera formal, obtener una tarjeta sanitaria y licencia de conducir e integrarse al sistema bancario abriendo una cuenta corriente o de ahorros.

Sin embargo, para las personas con tarjeta roja u hoja blanca de asilo no siempre es fácil abrir una cuenta bancaria. Esto se debe a que la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, exige medidas de seguridad reforzadas para las personas con asilo que quieran abrir una cuenta en el sistema bancario español. Entre estas medidas se encuentran: 

  • Verificar el origen y destino de los fondos que deseen depositar en la cuenta bancaria, y sus operaciones. 
  • Comprobar su residencia en España. 
  • Verificar la fuente de sus ingresos, profesión, estudios. 

Cabe resaltar que el Real Decreto 304/2014, que desarrolla la Ley 10/2010, establece: “excepcionalmente, los sujetos obligados podrán aceptar otros documentos de identidad personal expedidos por una autoridad gubernamental siempre que gocen de las adecuadas garantías de autenticidad e incorporen fotografía del titular”. En este apartado se incluye a las personas que tienen tarjeta roja u hoja blanca de asilo.

Al no mencionar directamente la tarjeta roja, esta interpretación de la Ley hace que las entidades bancarias a veces pongan algunas objeciones cuando una persona son tarjeta roja solicita una cuenta bancaria. Pero tampoco es imposible, pero debes tener en cuenta algunos puntos. 



¿Cómo abrir una cuenta bancaria con tarjeta roja u hoja blanca de asilo?

 Lo primero que debes tener en cuenta si quieres abrir una cuenta bancaria con tarjeta roja u hoja blanca de asilo es tener tu carta laboral y acreditación de ingresos al día, así como todos los documentos relacionados con tu protección internacional. De esta manera, el proceso de verificación de la fuente de ingresos será más ágil.

También es conveniente que el solicitante tenga conocimiento sobre lo que se establece en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, en la que se indica los derechos de las personas que obtienen protección internacional en España. Por ejemplo, en el artículo 18 se menciona que el solicitante de asilo tiene derecho a ser documentado como solicitante de protección internacional. De esta manera podrá sustentar el uso de su tarjeta roja como un documento de identidad válido en el territorio español para realizar trámites, los cuales incluyen abrir una cuenta bancaria en el país.

Cabe destacar que cada banco tiene sus propias políticas con respecto a las normas y requisitos que debe cumplir un cliente que quiera abrir una cuenta bancaria. Algunos bancos son más estrictos con las personas que quieren abrir una cuenta presentando su tarjeta roja como documento de identidad.

Sin embargo, para flexibilizar la situación se ha creado una solución bancaria que se ajusta a la normativa de blanqueo de capitales y además ofrece a las personas con tarjeta roja la posibilidad de tener una cuenta bancaria: las cuentas de pago básicas. 

¿Cómo abrir una cuenta de pago básica?

Las cuentas de pago básicas son cuentas corrientes no remuneradas en euros, la cuales deben ofrecer todas las entidades bancarias según las normativas de la UE, y que están dirigidas a todas las personas que son residentes legales en la UE, que tengan asilo o que no puedan ser expulsadas de España aun cuando no tengan permiso de residencia. Es necesario que no tengas cuenta de pago básica en otra entidad.

Para abrir una cuenta de pago básica es necesario hacerlo de manera presencial en una oficina del banco en el que se desee solicitar. Ten en cuenta que la mayoría de las entidades te solicitarán el NIE definitivo, por lo que si solo cuentas con la hoja blanca de asilo será más difícil que acepten tu solicitud.

Las características principales de una cuenta de pago básica son:

  • Solo se permiten depósitos en euros. 
  • Se puede sacar dinero en efectivo en oficinas del banco o cajeros automáticos de la UE con la tarjeta de débito. 
  • Se pueden realizar operaciones de pago en la Unión Europea como adeudos domiciliados en euros, operaciones de pago con la tarjeta de débito (incluidos pagos en línea) y transferencias en euros. 
  • Libre uso de los canales digitales como banca en línea y aplicaciones móviles. 
  • La cuenta suele tener una comisión de mantenimiento mensual de 3€. 

Incluso en el caso de las cuentas de pago básicas, es posible que las entidades bancarias te pongas objeciones para darte acceso al sistema bancario con la tarjeta roja. Es por esto que te recalcamos ir bien informado sobre los derechos que te ofrece la Ley de Asilo en España y presentar los documentos que exige la Ley de prevención de blanqueo de capitales.

Además, te recomendamos leer el Real Decreto-ley 19/2017, de 24 de noviembre, de cuentas de pago básicas, traslado de cuentas de pago y comparabilidad de comisiones. Su artículo 3 establece que las personas solicitantes de asilo, es decir, aquellas que cuentan con un NIE asignado, tienen derecho a acceder a una cuenta de pago básica.

Si conoces tus derechos y presentas toda la documentación exigida por la ley podrás hacer valer tu derecho como persona legal en España y será más factible que puedas abrir una cuenta bancaria. No se trata de amenazar a la entidad con una demanda, pero sí de establecer claramente y sustentado en la ley tu derecho de acceso al sistema bancario español presentando la tarjeta roja.

En caso de que tengas solo la hoja blanca de asilo, el trámite para abrir una cuenta bancaria será mucho más difícil, por lo que te recomendamos esperar a tener tu tarjeta roja para evitarte rechazos innecesarios.  


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    1. en respuesta a Santiago37
      -
      Top 100
      #4
      26/10/20 11:58
      Gracias
    2. en respuesta a evangelista
      -
      #3
      25/10/20 20:00
      Lo mejor es que busque trabajo y se deje de triquiñuelas, que este país no es una ONG, y si aquí no encuentra hay muchos otros países a dónde ir, incluído el suyo
    3. Top 100
      #2
      25/10/20 15:38
       Hola.
      @santiago37 @lucia-sanchez-ortizUna persona con su primer TIE provisional para 1 año desea abrir una cuenta corriente , no trabaja , tiene amigos que le ayudan con dinero .
      Mi pregunta es, para hacerlo todo legal y estar tranquilo con Hacienda 
      Que cantidad de dinero puede tener en su cuenta corriente, ingresos mensuales ..... porque como digo no tiene justificante de trabajar, ni generar ingresos .
      La idea es tener ingresos suficientes para pedir arraigo social 
      Muchas gracias 
    4. #1
      22/10/20 12:26
      Lo descrito no es del todo correcto. El tener una tarjeta roja no quiere decir que le hayan concedido el asilo, solo indica que su solicitud está en estudio aún. 
      Además, ni el papel blanco ni la tarjeta roja indican que su situación sea de residencia, tampoco de irregular, en realidad están como en un limbo.

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