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¿Qué pasa cuando muere el titular de una cuenta bancaria?

¿Qué pasa cuando muere el titular de una cuenta bancaria?

Seguro que alguna vez te has preguntado qué ocurre con el dinero de una cuenta bancaria cuando fallece el titular de la misma. Mucha gente piensa que ese dinero "se pierde y pasa a ser propiedad del banco", pero dicha afirmación es falsa. A continuación veremos cuál es el procedimiento para recuperar dicho capital en caso de que seas co-titular o heredero del fallecido, así como resolver otras cuestiones.

 

¿Cómo se reparten los ahorros de la cuenta?

Lo primero que hay que distinguir es si el fallecido era titular único o cotitular de la cuenta corriente:

  • Si el fallecido es titular único de la cuenta, serán los herederos legalmente reconocidos los beneficiaros de esa cuenta según se indique en el testamento. Si no se especifica, los familiares directos de primer rango, serían los encargados de gestionar los recursos de esa cuenta.
  • Si el fallecido era cotitular de una cuenta bancaria, el otro cotitular recibirá el 50% de la cantidad dispuesta en la cuenta y el resto se repartirá entre los herederos o los familiares directos según se indica en el punto anterior.

¿Qué información tienes que presentar al banco?

En caso de que sean los herederos legalmente reconocidos a través de testamento, deberán aportar:

  • Certificado de Defunción. Es la información relativa al hecho del fallecimiento que consta en el Registro Civil.
  • Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad. Acredita si una persona, ha otorgado testamento ante Notario. De esta forma, los herederos podrán obtener una copia autorizada acercándose al notario. 
  •  La copia autorizada del último testamento y un documento que justifique y acredite la condición de heredero.

En el caso de los herederos deben acreditar el pago o la exención del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

En caso de que no haya testamento, se deberá entregar el Auto de declaración judicial de herederos abintestatos, además, será necesario solicitar justificantes notariales.

¿Qué debe hacer el banco?

El banco deberá facilitar la información sobre la situación financiera del fallecido, una vez los herederos se hayan acreditado como tal. La entidad financiera debe estar segura de que son los herederos legítimos, y para ello deberá solicitar una copia del testamento y una copia de la aceptación de la herencia.

En caso de que no sepamos a ciencia cierta en qué bancos tiene cuentas el fallecido, se debe acudir a la Agencia Tributaria, y con la condición de herederos, obtener la información financiera del fallecido.

¿Y si la cuenta tiene más titulares?

Generalmente, los bancos tardan entre 24 y 48h en conocer que el titular de una cuenta ha fallecido, pasando a bloquear la cuenta. Durante ese tiempo, el co-titular podría retirar el dinero de la cuenta y evitar pagar los impuestos que acarrea el reparto. Sin embargo, esta acción no es recomendable ya que podría tener consecuencias legales con los herederos.

En caso de que haya un cotitular de la cuenta, le corresponde el 50% del capital de la misma (suponiendo que compartan a partes iguales la propiedad del saldo total de la cuenta) sin pagar ningún impuesto hereditario, aunque sí tributará por él a Hacienda. El otro 50% se repartirá en función de lo que estipule el testamento. Si hay alguna persona autorizada en la cuenta, dejará de estar autorizada a realizar gestiones en dicha cuenta desde el momento en que se produzca el fallecimiento.

 

 

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    1. en respuesta a Solmar1957
      -
      #60
      16/07/18 15:44

      Buenas,

      Si el fallecido es titular único de la cuenta, serán los herederos legalmente reconocidos los beneficiaros de esa cuenta según se indique en el testamento.

      El reparto de fondos de la cuenta se realiza una vez se reparte el testamento, por lo que entiendo que deberás solicitar algún tipo de préstamo para adelantar los costes de la herencia.

      Saludos,

    2. #59
      16/07/18 09:16

      hola si mi madre tiene una cuenta pueden haber 3 cotitulares? que pasaría si ella fallece,cuanto dinero podríamos disponer los cotitulares,ya que habría que pagar la herencia y no disponemos de dinero para pagarla

    3. en respuesta a Lorena Romero
      -
      Nuevo
      #57
      30/04/18 13:36

      Entiendo....
      Muchas gracias por todo

    4. en respuesta a Maya495
      -
      #56
      30/04/18 10:11

      Buenas Maya495,

      Me temo que no puedo ayudarte. Como habrás podido imaginar, vuestro caso es muy muy particular, por lo que te recomiendo que hagas una consulta formal a un abogado.

      De todas formas, sin testamento, dudo mucho que podáis reclamar nada.

      Saludos,

    5. en respuesta a Lorena Romero
      -
      Nuevo
      #54
      26/04/18 18:35

      Pero no hay herederos el señor no 5enia hijos no tenía esposa no tenía familiares el solo contaba con el apoyo de quien lo acompañó hacer los trámites en el banco y el señor también firmo dichos papeles ahora el titular de la cuenta murió y el otro señor tambien murió pero el si tenía una hija ahora lo que deseo saber es si la hija del señor puede pelear por el dinero de esa cuenta o no...

    6. en respuesta a Maya495
      -
      #53
      26/04/18 17:24

      Buenas Maya,

      En esto casos, hay que mirar cuál es el orden de la sucesión. Cuando no hay descendientes, los siguientes beneficiarios son los ascendientes. Te animo a que consultes este artículo: Testamento y herencia: ¿Quienes son los herederos? ¿Qué corresponde a cada heredero? https://www.rankia.com/blog/impuestos/2940076-testamento-herencia-quienes-son-herederos-que-corresponde-cada-heredero

      Saludos,

    7. Nuevo
      #51
      25/04/18 03:40

      hola,quiero saber que pasa cuando el titular de una cuenta muere y no tenia herederos ni esposa solo contaba con quien lo acompaño al banco a firmar los papeles de la cuenta ...pero este señor tambien murio dejando solo a una niña

    8. en respuesta a Lorena Romero
      -
      #50
      19/04/18 10:15

      Muchas gracias por tu contestación. Clara y precisa Un saludo Juan Manuel

    9. en respuesta a Juanmmaza
      -
      #49
      19/04/18 10:00

      Buenas Juan Manuel,

      Si un cotitular de una cuenta corriente fallece, el otro cotitular recibirá el 50% de la cantidad dispuesta en la cuenta y el resto se repartirá entre los herederos.

      Aunque el marido tenga poderes en la cuenta (entiendo que te refieres a que está autorizado) no puede disponer del dinero de forma directa, sino que tendrá que recibirlo a través de la herencia.

      Para saber cómo se produce el reparto de la herencia, te animo a que consultes este artículo: Testamento y herencia: ¿Quienes son los herederos? ¿Qué corresponde a cada heredero?

      Saludos,

    10. #48
      16/04/18 18:00

      Una consulta. Si un cotitular de una cuenta corriente fallece los fondos de la cuenta van al titular sobreviviente (diríamos su esposo)?. Y si la cuenta esta a nombre de una mujer y teniendo poderes en la cuenta su marido(no cotitular) Puede disponer de los fondos de la cuenta?.
      Que papel tiene el testamento en esta situación? Gracias Juan Manuel Maza

    11. en respuesta a Pedro J G
      -
      #47
      26/02/18 09:02

      Exacto Pedro, a eso me refería. Que aunque la cuenta tuviera un cotitular, hace falta la declaración de herederos para hacer el reparto del patrimonio.

      Saludos,

    12. en respuesta a Lorena Romero
      -
      #46
      25/02/18 11:22

      Gracias en primer lugar por la respuesta, si eso ya lo se, yo lo que me refería es al no haber testamento me imagino que hace falta declaración de herederos aunque solo sea por la cuenta bancaria.

    13. en respuesta a Pedro J G
      -
      #45
      22/02/18 16:32

      Buenas Pedro,

      En el artículo se indica que haria falta:
      - Certificado de Defunción
      - Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad
      - Copia del testamento.

      Es decir, necesitas un documento que acredite la condición de heredero que tiene la mujer. Si no me equivoco, el certificado de últimas voluntades solo sirve para saber si el fallecido dejó testamento y poder solicitar una copia del mismo. No es suficiente para hacer el reparto de la herencia, sino que tendría que estar presente el notario.

    14. #44
      22/02/18 16:06

      Hola, una pregunta, si un marido y su esposa tienen una cuenta bancaria, no hay testamento, esa persona lo único que tiene a su nombre a la hora de morir es la cuenta bancaria con su mujer,debido a que antes de morir ya cambió de nombre sus propiedades, tiene la mujer que hacer la declaración de herederos por el tema del banco o con el certificado de últimas voluntades llegaría para que ese 50% del dinero pase directamente a ella? Es decir , cambiar la cuenta de dos titulares a uno , que sería la esposa.

    15. en respuesta a Lorena Romero
      -
      #43
      01/12/17 11:57

      Buenos días Lorena: ¿sabrías decirme qué normativa, -supongo que del Banco de España-, regula lo del bloqueo de la cuenta por el banco en caso de fallecimiento del titular de una cuenta?

      Lo pregunta porque sé de dos casos en los que el Banco sí ha procedido al bloqueo de la cuenta y en otro no, aún sabiendo del fallecimiento del titular.

      Gracias.

    16. en respuesta a Sonia Almiron
      -
      #42
      26/09/17 09:47

      En el caso que el cotitular no pueda valerse por sí mismo, hay que nombrar un tutor legal de esa persona con consentimiento del juez y el tutor será el que gestione el dinero.
      ¿Quién es el tutor legal?

    17. Nuevo
      #41
      26/09/17 00:59

      Una pregunta si el titular de un plazo fijo fallecio y su señora que estaba en su cuenta esta senil .que pasa con esa plata se la pueden sacar los hijos

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