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¿Como declaro los 400 euros a hacienda?

El llamado cheque de los 400 euros que muchos asalariados y pensionistas recibieron prorrateando al cobrar sus nóminas entre los meses de junio y diciembre, no fue un cheque como tal. Fue una ayuda administrada a base de reducir la retención en los rendimientos del trabajo. En junio de 2008, los asalariados residentes en el territorio español (menos Euskadi y Navarra), vieron cómo Hacienda redujo su retención en 200 euros. Entre julio y diciembre, se les aplicó un descuento hasta pagar progresivamente los otros 200 euros. Una minoración del dinero que Hacienda retiene habitualmente, por lo que los 400 euros no pueden considerarse como una paga.

¿Quién obtiene beneficios de los 400 euros?



En plena campaña de la Declaración de la Renta, toca hacer balance de los ingresos percibidos a lo largo del año y surgen también las dudas sobre como declarar los mencionados 400 euros. ¿Hay que declararlos o están exentos de pasar por el Fisco?, la respuesta a esta cuestión es afirmativa. ¿Cómo hay que hacerlo? ¿Están recogidos en los borradores que ha enviado la Agencia Tributaria?

La ayuda de los 400 euros se contempla en la Declaración de la Renta como una deducción, una minorización de las retenciones aplicadas durante todo el ejercicio. Hacienda aplica unas retenciones específicas a cada persona según el nivel de ingresos que obtiene y las deducciones sirven para reducir dichas retenciones. La resta entre retenciones y deducciones da lugar a un saldo: positivo si las retenciones superan a las deducciones o negativo, si las deducciones superan a las retenciones.

Un ejemplo, si una persona tiene una retención anual de 5.000 euros, las deducciones de las que podrá beneficiarse nunca superarán dicho importe. Es decir, si los 400 euros a un contribuyente le suponen que las retenciones que le ha realizado Hacienda son menores de las debidas, este ciudadano deberá devolver a Hacienda la cantidad correspondiente.

Cheque de 400 euros, Declaración de la Renta, Programa PADREAdemás de los 400 euros, la Ley del IRPF prevé otras deducciones, como la desgravación por vivienda habitual, por hacer aportaciones a planes de pensiones, por ahorrar en una cuenta vivienda, reducciones de cuota por tener hijos o ascendientes a su cargo, por 4estar afiliado a un sindicato...

La suma de todas estas deducciones nunca podrá superar la retención total que aplica Hacienda. Parte de esas deducciones no causarían ningún efecto positivo para el contribuyente. Es decir, que a quienes disfruten de las deducciones máximas por vivienda o aportaciones a planes de pensiones por ejemplo, no les supondrá ningún impacto la deducción de los 400 euros. Además, es posible que contribuyentes que nunca han tenido que pagar a Hacienda este año deban hacerlo precisamente por la medida de los 400 euros.

Quienes se verán realmente beneficiados con los 400 euros en la próxima declaración son los contribuyentes a los que habitualmente se les practique una retención anual superior a esa cantidad, pues verán rebajado el resultado de la declaración de manera positiva para ellos. En el caso de contribuyentes que hacen la declaración conjunta, deben saber que Hacienda no aplicará la deducción de los 400 euros por cada contribuyente, sino que se hará por cada declaración. Teniendo en cuenta solo este aspecto, resultará más beneficioso hacer la declaración de forma individual.

En el territorio español



Es donde más dudas se han generado debido al denominado cheque de los 400 euros, sobre todo tras comprobar que la Agencia Tributaria había enviado unos 140.000 borradores a contribuyentes en los que se declaraba de forma errónea esta medida.

Lo primero que conviene saber es que los 400 euros no suponen ninguna aportación adicional a los rendimientos del trabajo, ni una garantía patrimonial. Se trata de una ayuda, denominada de impulso a la actividad económica, que incrementó el importe de las nóminas de los asalariados, como efecto de rebajar la retención por IRPF: 200 euros en junio y otros 33 euros al mes hasta diciembre. Para comprobar que de verdad fue efectiva tal medida, los contribuyentes deben constatar que en su nominas desde julio hasta diciembre de 2008 se les rebajó su retención correspondiente.

A la hora de hacer la Declaración de la Renta este año, el programa PADRE ya incluye estos 400 euros en la casilla referida a los conceptos por deducción por obtención de rendimientos del trabajo o actividades económicas, esto es, en la número 735. Precisamente, esa casilla incluye automáticamente la deducción de los 400 euros y no puede ser modificada por el contribuyente cuando esté confeccionada la declaración. No hará falta que la intente modificar porque ya será incluida previamente.

Si un trabajador no ha sufrido ningún cambio en su nomina en 2008, ni le han subido el sueldo o no ha cambiado de empresa, la deducción de los 400 euros deberá verla reflejada en forma de menor retención entre los meses de julio y diciembre. Sin embargo, si ha sufrido algún cambio que ha hecho variar sus ingresos a lo largo del año respecto a ejercicios o meses anteriores, como por ejemplo experimentar una subida de salario, la retención que le corresponderá será nueva, con lo que le resultará más difícil percatarse de la deducción de los 400 euros.

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