Por todo lo expuesto,
SUPLICO AL JUZGADO: Que tenga por presentado este escrito con sus documentos y copias, y el poder que me acredita, se sirva admitirlo; tenga por interpuesta a nombre de mi mandante "M. Mirete, S.A.", DEMANDA DE JUICIO DECLARATIVO ORDINARIO; contra la MASA DE LA QUIEBRA DE INVESTAHORRO, S.A. representados por la SINDICATURA DE LA QUIEBRA DE "INVESTAHORRO, S.A." y contra DON MANUEL ALONSO LAVILLA de los expresados domicilios; que se me tenga por parte legítima en la representación que detento de dicha parte actora y, se entiendan conmigo las sucesivas y ulteriores diligencias,acordando citar a las partes, una vez contestada la demanda o transcurrido el plazo legal para ello ,a la audiencia previa a fin de que, en su dia, seguido el juicio por sus trámites preceptivos, dicte Sentencia por la que se contengan los siguientes pronunciamientos:
1) Que se declare la nulidad de la Escritura de compraventa otorgada el 7 de Julio de 2.003 ante el Notario de Zaragoza Don Esteban Sánchez Sánchez entre la Sindicatura de la Quiebra de "Investahorro, S.A." y Don Manuel Alonso Lavilla respecto del inmueble sito en Barcelona Barriada de Horta.
2) Que se declare que el inmueble sito en Barcelona Barriada de Horta, inscrita en el Registro de la Propiedad nº 11 de Barcelona pertenece en propiedad y en pleno dominio a mi poderdante, libre de cargas y gravámenes.
3) Subsidiariamente, que se declare vigente el derecho de opción de compra contenido en el contrato de leasing de 26 de Julio de 1.990, al no haberse dado oportunidad a mi representado para ejercitar la opción de compra por desaparición de facto de la entidad "Gesahorro,S.A." (antes "Ahorro Leasing, S.A.), acordándose por Su Señoria dar un plazo a mi representada para el ejercicio de dicha opción de compra o, en caso contrario, se declare resuelto el contrato de leasing suscrito el 26 de Julio de 1.990 declarando que "Gesahorro, S.A. (antes Ahorro Leasing, S.A.) adeuda a mi representada la totalidad de las cuotas de leasing pagadas por un importe total de 590.840,58,- Eu. (quinientos noventa mil ochocientos cuarenta euros con cincuenta y ocho centimos) más sus intereses legales.
4) Que se condene a los demandados a satisfacer las costas procesales originadas en el presente juicio.
Es justo. Lo pido.
OTROSI DIGO: Que al amparo de lo previsto en los artículos 721 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, solicito la adopción de la medida cautelar específica de anotación preventiva de demanda en el Registro de la Propiedad contenida en el artículo 727.5ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin audiencia de los demandados, dado que,en caso contrario, se puede comprometer el buen fin de la medida cautelar por la posible transmisión de la finca a terceros, y
SUPLICO AL JUZGADO: Que acuerde la adopción de la medida cautelar específica interesada sin audiencia de los demandados.
Es igualmente justo.
En Barcelona, a nueve de Julio de dosmil tres.