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Participaciones del usuario Vuelva usted mañana

Vuelva usted mañana 04/02/11 11:17
Ha comentado en el artículo Legislar no es tan fácil como parece
"1.Con carácter previo a la subasta se resuelven todos los conflictos jurídicos que afecten al procedimiento judicial de forma que nada pueda afectar a la adjudicación 2.Con carácter previo a la subasta se lanza sin contemplaciones al demandado, perdiendo toda posibilidad de recuperar su casa. 3.Ídem con los inquilinos, que ven que su contrato pierde vigencia al verse afectados por subasta judicial." Yo añadiría aqui la 3-b.- "Se instalará una alfombra roja, en la entrada de la vivienda, para dar la bienvenida al adjudicatario y se le invitará a pincho de tortilla y caña por la gran labor social que acaba de realizar, pudiendo ser nombrado también Marqués por igual motivo (como Vicente del Bosque)." Tristán, coincido contigo en gran parte de tus planteamientos, pero vamos a tratar de ser serios; al legislar hay que intentar hacerlo en beneficio de todos. ¿Por qúe ha de perder vigencia el contrato del inquilino que es ajeno a toda la historia? ¿por qué no reconocerle el mismo derecho que le asiste cuando la vivienda se vende en lugar de subastarse? Un saludo.
Vuelva usted mañana 01/02/11 18:14
Ha comentado en el artículo Patinazo de la Audiencia de Navarra
Kirtan, total y absolutamente de acuerdo contigo, ya lo he manifestado varias veces aqui y suelen responderme con el tema de los votos y los diputados. También en Egipto y Túnez tienen gobiernos legalmente constituidos y ya estamos viendo lo que representan a sus ciudadanos y sus necesidades. Nada de nada. Cuando un sistema no funciona, hay que cambiarlo y si no puede ser con las urnas y es a base de sentencias, bienvenidas sean estas, aunque no se ajusten al pié de la letra a las leyes; si recogen el sentir de la sociedad, para mi es suficiente y motivo de alegría. Si no se hubiese hecho caso a Galileo que decía cosas contrarias al ordenamiento de la época, la tierra seguiría sin girar. Saludos.
Vuelva usted mañana 28/01/11 14:08
Ha comentado en el artículo Cómo hacer una buena notificación judicial
Mira esto Tristán, si lo unimos a lo del otro día, ya son dos; algún día se creará jurisprudencia. "Se hace camino al andar": "El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona ha considerado saldadas las deudas pendientes que todavía mantenía con la banca y otros acreedores una pareja de jubilados en concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos), después de que no consiguieran cubrir todos los pagos con la venta de su vivienda. El auto, que ha pasado a ser firme porque no ha sido recurrido, es el primero conocido en España que impide que los acreedores puedan seguir exigiendo de por vida a unos particulares insolventes el pago de las deudas pendientes, cuando ya no tienen activos que enajenar. El auto del magistrado José María Fernández Seijo, al que ha tenido acceso Efe, analiza el caso de un matrimonio de jubilados, que entró en concurso de acreedores en 2007 y que no pudo pactar un plan de pagos, con lo tuvieron que liquidar sus bienes. Así, devolvieron su vivienda de protección oficial al Instituto Catalán de la Vivienda, lo que les permitió pagar la hipoteca y el 45,9% de los 108.287,87 euros que debían, mayoritariamente por gastos aplazados de tarjetas de crédito e instrumentos de pago de grandes superficies. El magistrado señala que, si se les condenara a la inanición o "a la buena voluntad de terceros o del Estado", tardarían todavía dos años en saldar la deuda pendiente destinando íntegramente la pensión conjunta, que suma 2.371,46 euros al mes. Con sus pensiones tienen que sufragar ahora el alquiler de la vivienda que perdieron, por lo que si se les permitiera conservar el equivalente al salario mínimo interprofesional como mínimo inembargable, les llevaría como poco 13 años pagar los 58.692 euros pendientes. En definitiva, Fernández Seijo interpreta que las deudas pendientes de pago se deben extinguir "una vez que se han agotado todas las vías" que contempla la Ley Concursal (la que se aplica a concursos de empresas y particulares) para satisfacer a los acreedores, como son la venta de los bienes. En este caso, ha tenido en cuenta que la pareja de pensionistas "son deudores de buena fe, deudores accidentales que se han visto abocados a una situación no deseada de insolvencia definitiva, que no puede ser penalizada con la conversión del concurso en un purgatorio". Por ello, cree que la decisión de extinción de las deudas pendientes permite "dar una salida razonable a las situaciones de sobreendeudamiento de particulares de buena fe habilitando mecanismos que permitan conceder a estos deudores una segunda oportunidad que no les aboque a una situación de exclusión social". Además, justifica que esta solución "conecta además con las observaciones que la Unión Europea hace sobre los problemas de sobreendeudamiento de los consumidores, de acceso al crédito responsable y el derecho a que el deudor de buena fe pueda recomponer su vida económica". El Código Civil español, a diferencia de otras leyes europeas, establece que el deudor debe cumplir sus obligaciones con sus acreedores "con todos sus bienes, presentes y futuros", lo que permite que se persiga de por vida a los particulares morosos. El auto, que sólo sería aplicable a personas en concurso de acreedores que no hayan podido pactar un plan de pagos, viene a reforzar la decisión de la Audiencia Provincial de Navarra de limitar las posibilidades de reclamación de deudas bancarias. La Audiencia de Navarra consideró esta semana que devolver al banco un piso hipotecado es suficiente para saldar la deuda contraída, aunque el inmueble haya perdido valor por la crisis."
Vuelva usted mañana 26/01/11 12:21
Ha comentado en el artículo Negligencias graves en las notificaciones judiciales
Tristan estoy de acuerdo contigo, pero yo pienso que para que el legislador cambie algún día la ley, no viene mal que se manifieste una inquietud social en este sentido. Y esta sentencia puede ser un primer paso. Es como cuando la Real Academia Española de la Lengua acepta nuevos vocablos; siempre es en respuesta a los cambios que la sociedad va introduciendo en el uso diario del lenguaje. Ya sé que el juez está para aplicar la ley, pero yo creo que también debe interpretarla para hacer Justicia, con mayúsculas. Si no fuese así no harían falta jueces; con la ley en la mano, bastaría la policía para hacer que se aplicase. Un saludo.
Vuelva usted mañana 23/01/11 21:10
Ha comentado en el artículo Negligencias graves en las notificaciones judiciales
Si, tontito, tienes razón. Que te den.
Vuelva usted mañana 22/01/11 23:16
Ha comentado en el artículo Negligencias graves en las notificaciones judiciales
Por lo que se ve eres un completo subnormal, por eso no me estraña que tengas mucho trabajo en ese mundo de subnormales.
Vuelva usted mañana 22/01/11 19:27
Ha comentado en el artículo Negligencias graves en las notificaciones judiciales
Le dijo la sartén al cazo. Tengo pendiente un pleito de una Comunidad de Propietarios en el que se nombra por insaculación un perito (arquitecto). Se comunica a la parte actora que el perito ha solicitado una provisión de fondos de 2.000 euros. Se hace el ingreso en Banesto. Esto último el 4 de junio de 2.010, hace 8 meses. ¿Has hecho tu la tasación? pues él tampoco, ha alegado exceso de trabajo (¡¡¡¿¿¿???!!! ¿exceso de trabajo cuando por la crisis no se hace una puta obra y por tanto un puto proyecto?). Y luego le echamos toda la culpa de la lentitud judicial a los jueces, secretarios y funcionarios. Tienen mucha, pero no toda. Saludos.
Vuelva usted mañana 18/01/11 18:00
Ha comentado en el artículo Las notificaciones judiciales en ejecuciones hipotecarias
Eso que tu hiciste Tristán al indagar por medio de quien tenías a mano que en este caso era el jardinero, eso es pensar. Pero ni al agente judicial, ni al secretario ni a ninguno de ellos, les pagan por pensar. Son funcionarios y además de los más ineficaces y asentados en su estatus. Para ellos pensar y, más aun trabajar, es una completa vulgaridad. Por eso, cada vez que sale el tema del trabajo que debieran hacer y no hacen toda esta tropa, se me llevan los demonios. De ahí que dijese en mi anterior comentario que la proverbial lentitud de la justicia, se puede atajar por multiples caminos, sin necesidad de dejar indefenso a nadie. porque habrá que reconocer, que aunque sea completamente legal, la notificación por edictos es una putada. Habría que leerse además del BOE todos los boletines provinciales y de las CC. AA. y eso a diario. Y, no sé vosotros, pero yo todavía no he llegado a ese grado de masoquismo. Saludos.
Vuelva usted mañana 18/01/11 08:48
Ha comentado en el artículo Las notificaciones judiciales en ejecuciones hipotecarias
Puedo asegurarte, Tristan, que soy una de las mayores víctimas de la lentitud judicial española, la cual no tiene justificación posible; son culpables todos los que tienen algo que ver en el asunto. No obstante, pienso que un juez cuando emite un fallo, debe ser ante todo justo y, para ello, debe procurar todos los medios a su alcance para hacer justicia. Si no fuese así, no serían necesarios jueces; como las leyes las tenemos, bastaría con un programa informático al que se suministrasen los hechos acaecidos entre demandante y demandado, los cuales inmediatamente pondría en relación con la legislación aplicable al caso y.... voilá hop! sentencia ajustada a derecho. Hay cosas en las que la valoración que de cada caso pueda hacer una persona, debe prevalecer sobre la propia ley escrita para casos genéricos. Para lo contrario, ya tenemos las máquinas de hacer churros que los sacan todos iguales. El hacer la justicia más rápida en España, debe conseguirse por otros caminos. Naturalmente, esto es sólo mi opinión. Un saludo.
Vuelva usted mañana 10/01/11 19:32
Ha comentado en el artículo ¿Qué nos traerá el 2.011?
Lo de las tierras para labrar, animales, etc. es de lo más coherente que he leido para esa hipotética situación. Por eso yo, aunque ahora no valen nada, no vendería las huertas de mi familia por nada. Y.... bueno, de pequeño he llegado a ayudar a mi padre a cultivarlas, así que siempre habría otros peor preparados que yo para ser autosuficiente con la agricultura y ganadería... jeje. Saludos.