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Participaciones del usuario Toñito377

Toñito377 29/03/15 19:44
Ha respondido al tema Inicio de procedimiento de comprobación limitada
Es un autentico abuso de poder, han puesto la maquina de recaudar a toda maquina, y no respetan a nadie, solo a los millonarios que son los amigos del gobierno. No te pueden volver a juzgar, y más por un fallo de ellos, pero un fallo garrafal, como es utilizar un procedimiento totalmente herroneo, con desprecio y prepotencia, y con volver a empezar, lo tienen solucionado, les es igual que te arruinen la vida.
Toñito377 29/03/15 19:33
Ha respondido al tema Inicio de procedimiento de comprobación limitada
Debería de ser como dices tu, y en mi caso estaría prescrito, pero la administración entiende que no es nula la comprobación, sino que es anulable, y en ese caso se habría interumpido la prescrición. Es decir, te pueden estar juzgando toda la vida, hasta que te mueras o te aburras!!!! Es una verguenza, alguien tendría que hacer algo. En mi caso han utilizado un procedimiento totalmente improcedente, despues de 5 años me empiezan con otro, venga a pagar abogados, y a esperar otros 4 0 5 años, para que me vuelvan a empezar otra vez. Es un ABUSO DE PODER.
Toñito377 28/03/15 18:41
Ha respondido al tema Inicio de procedimiento de comprobación limitada
Me lo puedes explicar por favor
Toñito377 25/03/15 07:41
Ha publicado el tema Inicio de procedimiento de comprobación limitada
Toñito377 24/03/15 08:51
Ha respondido al tema Asistencia medica de la Mutua Madrileña.
Pero en el caso que necesitase una rehabilitación o tratamiento superior a dos años, supongo que agotados esos 1800euros, se haría cargo la seguridad social que para eso llevo pagando toda la vida, o cabe la posibilidad que me reclamen a mi eses gastos??. Saludos y muchas gracias por la respuesta.
Toñito377 20/03/15 10:07
Ha publicado el tema Asistencia medica de la Mutua Madrileña.
Toñito377 11/02/15 15:37
Ha respondido al tema Resolución del tearg y ejecución de la aeat
Las palabras exactas son las siguientes: ....por lo que se impone la estimación de las presentes reclamaciones, debiéndose anular las liquidaciones recurridas, al resultar improcedente el procedimiento de verificación de datos del que se sirvió la oficina gestora para regularizar la situación tributaria del contribuyente, y siendo así que la sanción impugnada trae causa de una de dichas liquidaciones, procede también su anulación. Muchas gracias por la colaboración y por vuestros comentarios.
Toñito377 11/02/15 12:41
Ha respondido al tema Resolución del tearg y ejecución de la aeat
Las palabras exactas son las siguientes: ....por lo que se impone la estimación de las presentes reclamaciones, debiéndose anular las liquidaciones recurridas, al resultar improcedente el procedimiento de verificación de datos del que se sirvió la oficina gestora para regularizar la situación tributaria del contribuyente, y siendo así que la sanción impugnada trae causa de una de dichas liquidaciones, procede también su anulación. Muchas gracias por la colaboración y por vuestros comentarios.
Toñito377 11/02/15 08:44
Ha respondido al tema Resolución del tearg y ejecución de la aeat
En la resolución el tearg contempla los cuatro supuestos por los que la agencia tributaria puede iniciar un procedimiento de verificación de datos, y toda la jurisprudencia que hay al respecto, y acaba diciendo que ninguno de eses supuestos se puede aplicar a la reclamacion que nos ocupa, por lo que es improcedente su aplicación en este caso,debido a que es un caso complejo y no de escasa entidad. Comenta también la resolución que se PODRÍA haber iniciado un procedimiento de comprobación limitada en su momento. Entonces yo entiendo que la sentencia dice claramente que se ha prescindido del procedimiento legal establecido, por lo que es claramente un supuesto de nulidad de pleno derecho art.62 LRJ,aunque la sentencia no lo diga expresamente. Saludos
Toñito377 10/02/15 02:02
Ha respondido al tema Resolución del tearg y ejecución de la aeat
En la sentencia del tearg dice claramente que el procedimiento de verificación de datos es improcedente, debido a la complejidad de los temas a tratar, dice que la ley tributaria contempla otros procedimientos como el de comprobación limitada que se podrían haber iniciado, pero que el procedimiento que se utilizó es de escasa entidad para los temas a tratar, por lo que estiman las alegaciones y anulan todas las liquidaciones practicadas. En el momento que anulas el procedimiento, y en el supuesto que quieran iniciar otro nuevo, tendrían que retrotraerse al inicio de todas las diligencias, por lo que el plazo de prescripción empezaría a contar al final del plazo voluntario de presentación de la declaración del IRPF del 2009 , que es el 31 de junio del 2010, con lo que el 31 de junio del 2014 habría prescrito. Saludos