La respuesta puede ser que ahí le calcula lo que le sale en función de su cotización.
Si es mayor que el tope máximo se le aplica el tope, si es menor que el mínimo se le aplica el mínimo.
Muchas gracias por su contestación y por su tiempo.
Le aclaro un poco más: Hablamos de una Cooperativa que promueve tres bloques de viviendas VPO. La gestión del proyecto y toda la tramitación lo lleva una Gestora (inscrita en la asociación de gestoras promotoras de ...) Todos los socios cooperativistas han entregado cantidades a cuenta. Desde el primer momento se ha solicitado el seguro de afianzamiento, a día de hoy no se ha conseguido. Primero era una Caja de Ahorros con la que se iba a conseguir la financiación la que se iba a encargar de asegurarles todo, después no era eso, sino que había que tener un número determinado de socios-pisos vendidos, después que había que tener la licencia de obra aprobada, más tarde que tener pagado el terreno, ahora que junto con seguro decenal, en fin, para cada cosa que se pedía había un riesgo, los cooperativistas si estaban asumiendo un riesgo al no tener aseguradas las cantidades entregadas, y ahí siguen. Todos los intentos en vano, la ley lo obliga pero ...
Nosotros no encontramos con otro problema que aquí si ni siquiera se menciona. No se encuentra aseguradora que quera asegurar este riesgo. La única que se lo planteó exigió contratar además y como mínimo el seguro decenal del edificio. La ley establece una obligación, "el mercado" dicta sus normas en la práctica, no hay quien haga un control de legalidad, la gente desprotegida. Seguro que hay más experiencias por ahí
Lo más lógico es que usted le pida esa información a la cooperativa con la que usted contrató la vivienda. Ellos tienen que darle, por escrito, todas las condiciones, también las de la hipoteca. Y por supuesto al Plan de vivienda a la que está acogida esa promoción .
1º.- Saber a que plan de vivienda está acogida la VPO. Si es el de 2009-2012 puede hacer dos cosas, creo, una hacer la hipoteca con el banco que le de la que ud. considere que es la mejor oferta, dos, acogerse a un préstamo convenido bien con La Caixa o bien con cualquier otra entidad, las condiciones están reguladas: euribor más 1,25% (en estos momentos estas condiciones son imbatibles) ¡¡¡La Caixa tiene esa información !!!. Sobre la ayuda de x euros, lo de si la JUnta tiene o no tiene dinero es una chorrada. Es el ministerio de Fomento el que tiene el dinero, si ud. cumple una serie de requisitos, uno de ellos es el ser una cooperativa, puede tener derecho y se lo tienen que pagar. (normalmente la entidad que le hace la hipoteca por medio del prestamo convenido ya se encatrga de tramitarle esa ayuda)¡¡¡La Caixa!!! y las demás entidades que tienen convenio con el Ministerio de fomento tienen esa información. Saludos.
He leído que el plazo de los cuatro años de la cuenta vivienda para escriturar tu vivienda habitual empieza a contar desde la fecha en que se hace la primera aportación y no la fecha de apertura de la cuenta vivienda. Creo que lo primero no es correcto, pero me quedó la duda? Lo podéis aclarar. Gracias.
Es incorrecto decir que las viviendas de protección oficial pagarán el Iva al 4% a partir del 1 de Enero de 2013. Solo es así en algunos casos. Tal como está escrito es una mala información.
La recomendación a los casados que hagan declaración conjunta para desgravarse el doble ¿que fue una visión que tuvo con las uvas?
Y no es veerdad, que las va a subir, a subir, hasta el cielo ¿o no?, no era una "aspiración" Glez. Pons dixit.
Hasta aquí vamos a aprovechar este foro para decir chorraditas. Un poco de sentidiño.
Vale, pero ese comentario simplemente no es verdad. Se piden menos hipotecas evidente, pero el problema no es ese, es que los bancos no dan, o ponen muchísimas pegas para dar, hipotecas.
Ejemplo cooperativa de viviendas con todos los pisos vendidos, no hay forma de conseguir arrancar.
Hola:
Exactamente eso es lo que pienso hacer para aprovechar la máxima desgravación.
Y el próximo año que tengo que pagar menos, sobre 4.000 €, pensaba pasarlos por la cuenta vivienda y así desgravar sobre 8.000 €, esto es 4.000 por la compra de vivienda y 4.000 por de positarlos en la cuenta vivienda. ¿Es esto correcto?. Muchas gracias.
Saludos.
De nuevo muchas gracias por tu contestación. Gracias.
Me dices. "Para poder llegar al límite de la base de deducción deberás emplear 9.015 euros de una procedencia distinta a la de la cuenta vivienda." No entiendo esto.
A ver, Lo que pretendo es aprovechar al máximo las desgravaciones a las que tengo derecho.
Los 8.600 € son a pagar éste año y por lo tanto no pueden estar desgravados. Podía pagar estos 8.600 @ sin pasarlos por la cuenta vivienda, pero una vez que la tengo abierta los paso por ahí. A partir de eso, si ingreso en la cuenta vivienda 460 € (que completarían 9.015 € en total) me desgravaría por ellos en concepto de ingreso en cuenta vivienda o no.
Para próximos años en que puede convenirme mantener la cuenta vivienda.
Muchas gracias, perdona por molestar y saludos cordiales.
Hola.
Supongo que no me explicado bien.
En el 2011 pagaré 8.600 € que tengo depositados en una cuenta vivienda. ¿Cuanto desgravo por adqisición de vivienda y que margen tengo de desgravar por la cuenta vivienda.
La vivienda se compró en el 2010.
Gracias.
Gracias por contestarme.
Hasta ahora no he deducido nada, mi pregunta es para saber si me vale la pena mantener la cuenta vivienda.
En la declaración correspondiente al 2010 solo voy a desgravarme por la adquisición de vivienda habitual ya que lo aportado pasa de 9.015 €, en éste año 2011 tengo que pagar, como ya dije, 8.600 € que primero deposito en la cuenta vivienda.
Me desgravaré por los 8.6oo € por adquisición de vivienda habitual, pero ¿hasta los 9.015 € puedo desgravarme por la cuenta vivienda?
Muchas gracias.