O. K. Voy a seguir por adelante esperando que la operación llegue a buen puerto y luego esperare a ver si AEAT me pide algo más...A propósito, hay un punto que no tengo muy claro, dices " Insisto en que el valor de referencia no es vinculante para ti en IRPF" . Entonces ? Que valor es él vinculante que tiene en cuenta AEAT? El Catastral ? El de mercado? U otro.?
Gracia Euroramon, no obstante un forero me pone "problemas con una más que posible revisión de precio y de ganancia patrimonial. Paralela más posible multa".A pesar de ser todo real (sin trapicheo,quiero decir) ? Es posible que hacienda me haga una revisión de precio? y me imponga una ganancia patrimonial extra no declarada ((? Complementaria, con multa?) Porque si realmente pueden hacerlo, no van a dejarlo pasar! ( y en este caso, al final pierdo en el precio del piso, que quiero quitarme de encima por el barrio/ vecinos etc..., y encima tengo que pagar más a hacienda que lo que realmente me corresponda) .....?
Gracias por estar aclarando el tema, ya que no había caído, de inicio, que "olia" a dinero negro!Uno expone su tema como lo esta viviendo, pero visto desde fuera es verdad que parecía otra cosa!? Tengo que conservar/ buscar, algún documento (ademas de lo normal en una compra- venta), para poder probar a hacienda que es Verdad, que no ha habido " trapicheo"?Gracias por tus consejos.
Perdonar: error al teclear, no son 100 k sino 120 k. De todos modos sigue en pie el problema.No hay dinero en B de por medio. Tengo mucha prisa por vender, no sé vende bien en este barrio y he encontrado un comprado en estas condiciones.
Buenos dias, En primer lugar gracias por tu pronta contestación.Si lo he entendid bien:- Solo es efectivo a partir del IRPF 2024?- Solo si tienes 30 ventas o/y 2000,00 € (por ejemplo, tengo 35 ventas por 1300,00 €? Tengo que declarar?).- ? La plataforma te informa (o aparece en los datos fiscales), si comunican tus numero/ importe de ventas a AEAT?- SI no me informan...? Tendría complementaría por AEAT? ? Con sanción...?Bueno, perdón por formular" todas " estas aclaraciones pero creo que servirán a más de uno...Gracias otra vez por todas tus aportaciones, las valoramos Mucho...
Buenos días,Caigo de las nubes...¿ Si hice en el 2022, (Vacié todos los cajones de lo que no me servía!) 42 ventas en Wallapop y aunque totalicen menos de 2000,00 €, (de lo que he podido averiguar unos 1750,00 €) hubiera tenido que declarar el total de las ventas en la AEAT...? (no lo hice por total desconocimiento, ya sé que no es "una excusa"...).Me podría precisar desde que año este concepto esta en vigor y sus condiciones exactas para un particular que NO se dedica a negociar en las plataformas (Wallapop, milanuncios ...etc).Muchas gracias de antemano Un saludo
Buenas tardes monillo,Alguna vez pusiste una formula para calcular el "saldo medio del ultimo trimestre del año".Pensaba haberla guardado pero no la encuentro y me vendría muy bien ahora.Si la tienes a mano te agradecería subirla de nuevo.Un saludo y gracias por tu tabla y todas tus aportaciones