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Participaciones del usuario subastin

subastin 16/03/17 21:19
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¿Por qué incluyes en los costes totales la hipoteca pendiente de pago?. Con lo que tu des, el ejecutante se cobrará esa deuda. El 70% de 373000€ son 261100€. Esto explica la subida repentina a 262.000€ Creo que has hecho bien. Es mucho dinero para tanta incójnita. Saludos
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subastin 09/03/17 11:30
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Yo creo que la respuesta la tiene el ABOGADO que representa a la comunidad de propietarios. Tiene toda la pinta de que hay gato encerrado. Tendrás que investigar y, cuanto antes, personarte en el procedimiento. Saludos
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subastin 01/03/17 16:43
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Por la pinta,... y tal como lo cuentas,... no tienes más remedio que ir al deshaucio. Y allí se verá lo que aportan y quienes lo aportan. Después tendrás que investigar concienzudamente. SUERTE, porque la necesitarás durante un par de años.
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subastin 11/02/17 09:07
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Respuesta a reydmus, cada punto: - 1º: perfecto,...no hay que ir al notario. - 2º: correcto. Tienes 30 días para pagar el ITPAJD (Mod.600) en Hacienda,...por supuesto por el precio de adjudicación en subasta. Esto,....si quieres,...porque como bien dice mfmelo, podrías no ir y esperar 4 añitos a que prescriba y te ahorras el impuesto. Al final tendrás que ir a hacer la autoliquidación aunque sea como exento por prescripción. - 3º: lo de ir al RP ya sabes que es voluntario. Aunque si la propiedad te viene de una adjudicacion por un embargo o un procedimiento hipotecario,... lo mejor es inscribir. El ejecutado puede estar perseguido por más acreedores y estos te pueden meter una inscripción en el RP,...y te la lían. - Restantes puntos: hacer lo que creas oportuno,...pero sin prisas,...no vaya a ser que "levantes muchas liebres" y algún perdigonazo te de el trasero.
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subastin 19/01/17 16:45
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Hola Nuva12. Yo en tu lugar no la liaría. A lo peor, el Registrador emite una calificación NEGATIVA. No te va a aceptar ningún "papelito" que diga que lo adquirido es una vivienda. Inscribe lo que te hayas adjudicado en la subasta, si en el Decreto viene claramente la finca registral,...y luego ya verás si lo que tienes registrado coincide con la realidad física o no. Me temo que deberás seguir la via del AYUNTAMIENTO, consiguiendo una resolución administrativa que diga eso que quieres que diga (que tu "local" cumple las condiciones de habitabilidad y se declara como vivienda,....), y esa Resolución llevarla al Registro...y cruzar los dedos. SUERTE
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subastin 02/01/17 17:24
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Te resumo lo que va a suceder: - Situación inicial: deudor peleón y bien asesorado. - Te adjudicarás la vivienda. - Pedirás posesión y lanzamiento. - El deudor se negará, alegando la existencia de un contrato de alquiler. - Dos años de juicio. Al final el juez declarará nulo dicho contrato y te dará la posesión. - Tras dos años mínimo, te harás con la vivienda,...pero ¿en qué estado? ...Te lo puedes imaginar. Saludos y FELIZ AÑO 2017
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subastin 10/12/16 23:59
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Esos que pujan por 100€, pueden ser: - enviados por los ejecutados, para obligar al banco ir por el artº 670 y pagar al menos el 60% del valor de salida en subasta de la vivienda. Si no es vivienda habitual, el banco se la podría quedar por el 50% o por lo que se deba (artº 671). Cuanto mas pague el banco, menos deuda quedará por pagar al ejecutado o mas remanente le quedará. - enviados por los propios bancos ejecutantes, para así ir por el artº 670, mejorar la postura y adjudicarse la vivienda por el 50% o incluso menos. Por favor, que los expertos nos ilumninen con la picaresca existente al respecto. Saludos
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