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Recibo de alquiler ¿iva y retención?
Si el destino es el uso exclusivo como vivienda no deberá llegar iva. Así mismo, no deberán practicarte retención alguna de IRPF.
Stefano04/01/11 11:15
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Herencia padre a hijos
Cierto. Uno se centra en la donación y se olvida de otras cosas. Como decimos donde trabajo, se me pasó el elefante. Muy bien al.rodrigo.
Stefano04/01/11 10:33
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Herencia padre a hijos
En el caso de donación de dinero, acciones u otros bienes muebles, se aplicará la normativa de la CCAA del donatario (el que recibe). Al ser residentes en Valencia, existe una deducción del 99% para los hijos con el límite de 420.000 euros y para donatarios que no tengan un patrimonio superior a 2.000.000 de euros. Existen también unos requsitos sobre los bienes que provengan de herencias anteriores (10 años) que podrían hacer perder el derecho a la deducción, pero no creo que sea el caso.
Por lo que se refiere a los inmuebles, tributan en la CCAA donde estén radicados, en este caso Murcia, y para el caso que nos ocupa, la donación no tendría derecho a deducción, con lo que la cuota puede ser alta, en función del valor de los mismos.
Fiscalmente la donación casi no paga, con lo que no es una mala opción para el caso de dinero. En cambio, las viviendas sería fiscalmente más ventajoso dejarlas para una futura sucesión. En caso de sucesión, en Murcia se establecen deducciones por cada hijo del 99% con el límite de 450.000 euros. Es decir, que via donación cada hijo residente en C. Valenciana puede aplicar la deducción del 99% (dinero y con los límites) y via sucesión (inmuebles) se aplicará norma C.Murciana y misma deducción del 99% (con sus límites).
Stefano04/01/11 10:17
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Cuenta ahorrro vivienda
A nivel de IRPF, la ley establece que solo se asmilará a adquisición de vivienda los gastos de construcción o los gastos para la ampliación de la superficie de la vivienda. Entiendo que los gastos de obras que has realizado pueden considerarse como mejoras, y por tanto, no se entenderían como inversión en la adquisición.
En tu caso, lo único que podrías justificar como gtos. adquisición vivienda, serían: impuesto de donaciones pagado, notario y registro.
Un saludo
Stefano03/01/11 20:18
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Cuenta ahorrro vivienda
OK con al.rodrigo, lo único es que:
¿que quieres decir con que tu padre te puso la casa a tu nombre por herencia? Será que te hizo una donación ¿no? Creo que lo de la cuenta vivienda como te han dicho podría a ir a justificar los gastos inherentes a la donación, no tengo tan claro que las obras te las pasen. Sobre todo si son facturas de materiales y que las obras las has realizado tu. Serán obras de mejora en todo caso.
Stefano30/12/10 11:28
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Desgravación hipoteca importe superior precio de compra
La desgravación se refiere a las cantidades destinadas a la compra de la vivienda habitual. Olvídate de lo que has pedido inicialmente.
Haz los cálculos así: Coste de la vivienda, coste de ITPAJD, costes constitución hipoteca, costes notario, costes registro, etc...
Por el precio escriturado, me sale unos 170.000 que te habrá costado. Por tanto de los 180.000 has destinado 170.000 a la adquisición de la vivienda.
Un saludo