Hola! a mí no me fastidia, es más, podría incorporarme al mismo ya que me lo ofrecieron en su momento. Yo solo digo que no se puede pretender obtener una remuneración (cosas gratis) a cambio de una prestación de servicios y no tributar por ello, dado que se está produciendo un hecho imponible al igual que cuando estás percibiendo tu sueldo a cambio de tu trabajo. Es simple.Lo que no es lógico es percibir 21.000 euros en productos (de más o menos calidad, pero ahí los tienes, bonitos, útiles o porque simplemente te apetece escribir sobre ellos) e irte como si nada.Yo dejo el tema, por mucho que le deis vueltas y os indignéis, la realidad es la que es. Pd.: como por un casual califiquen todo esto de escribir reseñas a cambio de productos como actividad económica, ahí si os que os vais a indignar.
Pero si es que lo estás diciendo tú mismo: prestas un servicio y te pagan con un producto. Yo trabajo y me pagan con dinero. Yo tributo y tú, no. Qué no necesitas el producto? por qué lo pides? para regalarlo a familiares o amigos? pues ya te has ahorrado tú y ellos X dinero. Sobre los pastores y rebaños, sin comentarios. Al final, cuando uno pierde un privilegio le toca llorar por internet. Id pidiendo paquetes de clinex por vine para usarlos (pero de los baratos).Un saludo
Lo que me parece increíble es que hayas recibido productos por valor de 21.000 euros GRATIS y te quejes de que tienes que tributar por ello, cuando cualquier otra persona, por muy malos que hubiesen sido los productos, tendrían que haberse gastado su dinero.. de traca
Hola! Fíjate que al final sí que había algún error en la declaración y se debía regularizar... Si has dado la conformidad a través de la sede electrónica, lo habitual es que tarden en emitirte la liquidación provisional entre 3-5 días (normalmente, puede demorarse un poco). Si lo que has hecho ha sido descargarte el documento, rellenarlo y marcar el cuadradito de 'no deseo formular alegaciones' y lo has presentado por registro, puede tardar un poco más, mientras tramitan ese documento. También hay que tener en cuenta que el plazo para presentar alegaciones es de 10 días hábiles, puede ser que dejen terminar ese plazo antes de emitir la liquidación provisional. NO es lo normal habiendo prestado la conformidad, pero puede ocurrir.
La verdad que no entiendo qué no entendéis, imagino que al no tener yo ese privilegio que sí tenéis vosotros lo veo más claro…Si yo presto un servicio de asesoría fiscal y me retribuye con dinero, a final de año me corresponde pagar X euros de impuestos directos. Si los viners prestáis un servicio de ¿publicidad? y os pagan con productos que tienen un valor económico (retribuciones en especie), ¿por qué no vais a pagar? Yo lo del afán recaudatorio no lo veo, porque lo único que están haciendo es proceder a gravar unas rentas que siempre han estado sujetas y no exentas y que no se controlaban (ni declaraban). Que encima, como han dicho, teniendo en cuenta los mínimos personales y familiares y demás circunstancias personales, en la mayoría de los casos no tendrá ni incidencia fiscal.
Yo estoy totalmente de acuerdo con Cachilipox. Lo que hay no es ni más ni menos que un intercambio de bienes y servicios entre dos partes: uno presta un servicio de reseñas y el otro le está pagando con bienes, que tienen un valor económico. Que sí, las condiciones de Amazon son que hasta que transcurran 6 meses no puedes venderlo pero, y una vez pasen? puedes venderlo perfectamente (que es lo que hacéis porque no me creo que lo guardéis durante 6 meses) incrementándose tu patrimonio (bien con el objeto, bien con dinero). Y, tal y como dice cachilipox, la base de esto está en que todos estemos en las mismas condiciones.