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Participaciones del usuario preferente

preferente 21/03/12 18:52
Ha respondido al tema Bankia aprueba canje preferentes y subordinadas
BFA, matriz de Bankia, recomprará deuda subordinada y participaciones preferentes por 200 millones MADRID, 21 MAR. (Bolsamania.com/BMS) .- BFA, matriz de Bankia, recomprará 200 millones de deuda subordinada y participaciones preferentes que están ahora en manos de inversores institucionales (fondos de inversión, grandes fortunas o tesorerías de empresas). Los precios de recompra, según un hecho relevante remitido a la CNMV, oscilan entre el 55% de una emisión de deuda subordinada perpetua de Bancaja y el 86% de una de Caja Madrid con vencimiento en 2015. Para una emisión de preferentes de Bancaja, BFA paga el 60,25% del nominal. Estas participaciones están en manos de estos inversores institucionales, no de particulares. Con todo, las ocho emisiones objeto de la oferta suman 1.355 millones de euros, pero BFA solo tiene previsto gastar 200 en la recompra, por lo que posiblemente haya un prorrateo entre los inversores, según Cinco Días. Las emisiones (que se realizaron entre 2004 y 2009) son deuda subordinada de Caja Madrid con vencimientos entre 2014 y 2018, deuda subordinada de Bancaja a 2018, deuda subordinada perpetua de Bancaja y Caja Insular y las citadas preferentes de Bancaja. La oferta empieza hoy y se prolongará hasta finales de mes.
preferente 21/03/12 14:28
Ha respondido al tema Bankia aprueba canje preferentes y subordinadas
las mias del 2004 y con un cupón bastante asqueroso ,menos del 3% anual me imagino que habran ido por ahi porque si yo hubiese tenido un cupon del 7% como tienen algunos ahi se quedan
preferente 19/03/12 11:28
Ha respondido al tema Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?
El gobierno parece ser que apoya a los bancos: MADRID, 14 (EUROPA PRESS) La Comisión de Economía del Congreso de los Diputados ha rechazado este miércoles una iniciativa presentada por el PSOE para exigir al Gobierno que garantice a los clientes que contrataron participaciones preferentes la recuperación de su capital inicial y que regule la información que se da sobre estos productos financieros, garantizando que se ofrecen a personas con conocimientos suficientes para valorar sus riesgos. El diputado Antonio Hurtado ha apuntado que aproximadamente un millón de personas invirtieron en estos productos un total estimado de más de 10.000 millones de euros. Sin embargo, la información que recibió la mayoría de ellos sobre condiciones de rentabilidad y liquidez fue, "como mínimo, inadecuada, incompleta e imperfecta, cuando no fraudulenta". Por eso, insta al Gobierno a adoptar "acuerdos con las entidades financieras" o "cuantas medidas normativas sean necesarias" para garantizar la liquidez de estas participaciones preferentes "comercializadas inadecuadamente", con la recuperación de lo invertido "sin pérdida de capital". Además, reclama "medidas que garanticen la suficiente información de las características y el riesgo" de cualquier producto financiero, así como que se "facilite el asesoramiento" a los clientes, a quienes se debe garantizar una "información contractual clara y sencilla, con un resumen en donde deben aparecer todas las condiciones financieras". SOLUCIONAR DEFINITIVAMENTE EL PROBLEMA El portavoz económico de IU-ICV-CHA, Joan Coscubiela, ha aprovechado el debate de esta iniciativa para "reflexionar sobre las consecuencias de algunos comportamientos de las entidades financieras", que no se limitan únicamente a los afectados por estos productos, sino también a algunos trabajadores que "sufren en términos de salud" por culpa de la "presión muy fuerte" a la que se ven sometidos para 'colocar' las participaciones preferentes. Por ello, ha apoyado la propuesta y ha presentado enmiendas para impulsar cambios en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para que revise exhaustiva de los test de conveniencia, para desarrollar normas para que las entidades financieras "respeten las normas de conducta" y para sancionar a las que incumplan esos requisitos legales. La diputada Inmaculada Riera, de CiU, también ha subrayado que "este problema requiere una solución definitiva y tutelada por el Gobierno", y ha respaldado la propuesta socialista para "aumentar la transparencia y poner fin al conflicto", aunque ha puntualizado que sus enmiendas van en la línea de "delimitar las responsabilidades" antes de "garantizar la liquidez de estos productos la mejor forma de proceder y dar respuestas realistas y contundentes" a los afectados. El BNG ha votado favorablemente. Su portavoz, Francisco Jorquera, ha calificado la situación en la que se encuentran los suscriptores de estos productos financieros de "corralito" y ha reclamado que se incluya una petición expresa de "responsabilidad" al Banco de España y a la CNMV que, a su entender, deberían "iniciar una campaña de inspección sobre la comercialización de las entidades financieras de las participaciones preferentes y otros instrumentos financieros opacos y complejos entre ahorradores e inversores minoristas". PROPUESTA INCONCRETA Sin embargo, el PP ha votado en contra de la iniciativa que, aunque hace referencia a un problema "importantísimo", en palabras del diputado Eloy Suárez, adolece de "inconcreción" en las medidas propuestas y busca únicamente "un lavado de conciencia" de los socialistas por su "incapacidad para atajar este problema" mientras ocuparon el Gobierno. "También nosotros estamos convencidos de que estos instrumentos de riesgo se han comercializado sin cumplir a veces la normativa e incluso induciendo al error. Pero esto no es nuevo", ha aducido, recordando asimismo que los grupos parlamentarios ya han pedido la creación de una subcomisión en la Cámara baja para hacer un seguimiento del proceso de reestructuracion del sector bancario donde se podrán abordar este tipo de asuntos --------------------- --------------------- Sentencia sobre preferentes y datos sobre actuaciones y costes juridicos: Seguimos con la serie de entradas sobre los argumentos esgrimidos por los jueces en sentencias recientes sobre las participaciones y las acciones preferentes. - Obligación de lealtad, transparencia y diligencia conforme al artículo 79 y concordantes de la ley de Mercado de valores: “El artículo 79 y siguientes de la Ley de Mercado de valores consigna una obligación de lealtad, transparencia y diligencia. (…) El Sr… oferta entreo otros productos lo que él denomina acciones preferentes y tal oferta y comercialización del producto la hace, como ha reconocido sin entregar folleto informativo alguno y más preocupante sin haberlo tenido él en sus manos. (…) cuando ofertó el producto no lo había estudiado ni tenía toda la información sobre el producto para aconsejar debidamente al actor ya que ha día de hoy se sigue discutiendo su naturaleza por expertos en la materia. Si quien lo oferta como producto de inversiín no ha examinado su folleto ni sus riesgos ni sus condiciones resulta obvio que no suministra una información veraz y completa de tal manera que el actor no tiene conocimiento completo de lo que adquiere porque la información con la que toma la decisión de comprar la ha conformado de una forma parcial al contar con todos los datos. Entre los datos omitidos, según admite el Sr… hay uno más, el carácter perpetuo del producto . - Defecto de información en el momento previo a la contratación del producto que dio lugar a la decisión de adquirir las participaciones preferentes. “Por tanto el defecto de información se generó en el momento previo a la contratación del producto y dio lugar a la decisión del actor de adquirir las acciones preferentes. Por tanto la entidad demandada ha incurrido en una negligente actuar en sus labores de asesoramiento por recomendación de productos de inversión. Asimismo y habida cuenta de la situación en que esos momentos se encontraba el Sr… y reconocida por el demandado no era el producto más adecuado. La ausencia de una información veraz y clara suministradaconlleva la responsabilidad del obligado contractual. El Sr.. ha sufrido daños y perjuicios en la adquisición del producto por una información negligente y por tanto surge la obligación de indemnizar los daños causados.” Sentencia nº 218. Juzgado de primera instancia nº 1 de Bilbao. Ordinario. 29/10. MAB Legal & Corporate ya defiende los intereses de numerosos afectados por participaciones preferentes en toda España. Este despacho no aboga por presentar reclamaciones colectivas de afectados en participaciones preferentes ante los Juzgados, porque cada caso en concreto tiene sus propias particularidades para ser defendido en los Juzgados. Por tanto es recomendable reclamar de manera individual para obtener una sentencia favorable. Por lo que se refiere a manifestarse y “hacer ruido” de manera colectiva y que los medios se hagan eco del“corralito” que se está permitiendo con miles de familias, estamos totalmente de acuerdo y es necesario unir fuerzas para que las entidades financieras como La Caixa, CAM, etc.., que no están proporcionando una salida razonable como si lo han hecho entidades como el Santander (convirtiéndolas inmediatamente en acciones para obtener liquidez), reaccionen y solucionan esta grave situación. En nuestra opinión, consideramos que los canjes ofrecidos por La Caixa son inaceptables y recomiendo acudir al Juzgado, en un año, posiblemente hayan recuperado su inversión. - Error vicio del consentimiento que tiene como consecuencia la Nulidad del Contrato. (1.265 Código Civil) a) Falta de información b) No adecuado perfil de inversor c) incumplimiento de la exigencia MiFiD d) ausencia de explicación de las condiciones y efectos del producto financiero. Objetivo de la demanda al Juzgado: Condena de la entidad, a la devolución de importe invertido, más los intereses y costas procesales. Honorarios o tarifas de Abogado para reclamar la nulidad de las participaciones preferentes: Abogados especialistas en derecho bancario y mala praxis bancaria. - Inversiones hasta 10.000 euros: 2.500 euros (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 20.000 euros: 3.000 euros (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 50.000 euros: 3.500 euros + 2.500 euros si se consigue la nulidad y devolución del 100 % (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 100.000 euros: 5.500 euros + 3.000 euros si se consigue la nulidad y devolución del 100 % (Abogado y procurador incluido) - Cantidades superiores a 100.000 euros: solicitar presupuesto. * Iva no incluido. *Forma de pago: 75 % a la firma del encargo profesional, el restante en 3 meses. * Mismos honorarios para reclamar en cualquier Juzgado de España (excepto en Baleares y Canarias que se inrcementan los honorarios en quinientos euros).
preferente 19/03/12 11:24
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
El gobierno parece ser que apoya a los bancos: MADRID, 14 (EUROPA PRESS) La Comisión de Economía del Congreso de los Diputados ha rechazado este miércoles una iniciativa presentada por el PSOE para exigir al Gobierno que garantice a los clientes que contrataron participaciones preferentes la recuperación de su capital inicial y que regule la información que se da sobre estos productos financieros, garantizando que se ofrecen a personas con conocimientos suficientes para valorar sus riesgos. El diputado Antonio Hurtado ha apuntado que aproximadamente un millón de personas invirtieron en estos productos un total estimado de más de 10.000 millones de euros. Sin embargo, la información que recibió la mayoría de ellos sobre condiciones de rentabilidad y liquidez fue, "como mínimo, inadecuada, incompleta e imperfecta, cuando no fraudulenta". Por eso, insta al Gobierno a adoptar "acuerdos con las entidades financieras" o "cuantas medidas normativas sean necesarias" para garantizar la liquidez de estas participaciones preferentes "comercializadas inadecuadamente", con la recuperación de lo invertido "sin pérdida de capital". Además, reclama "medidas que garanticen la suficiente información de las características y el riesgo" de cualquier producto financiero, así como que se "facilite el asesoramiento" a los clientes, a quienes se debe garantizar una "información contractual clara y sencilla, con un resumen en donde deben aparecer todas las condiciones financieras". SOLUCIONAR DEFINITIVAMENTE EL PROBLEMA El portavoz económico de IU-ICV-CHA, Joan Coscubiela, ha aprovechado el debate de esta iniciativa para "reflexionar sobre las consecuencias de algunos comportamientos de las entidades financieras", que no se limitan únicamente a los afectados por estos productos, sino también a algunos trabajadores que "sufren en términos de salud" por culpa de la "presión muy fuerte" a la que se ven sometidos para 'colocar' las participaciones preferentes. Por ello, ha apoyado la propuesta y ha presentado enmiendas para impulsar cambios en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para que revise exhaustiva de los test de conveniencia, para desarrollar normas para que las entidades financieras "respeten las normas de conducta" y para sancionar a las que incumplan esos requisitos legales. La diputada Inmaculada Riera, de CiU, también ha subrayado que "este problema requiere una solución definitiva y tutelada por el Gobierno", y ha respaldado la propuesta socialista para "aumentar la transparencia y poner fin al conflicto", aunque ha puntualizado que sus enmiendas van en la línea de "delimitar las responsabilidades" antes de "garantizar la liquidez de estos productos la mejor forma de proceder y dar respuestas realistas y contundentes" a los afectados. El BNG ha votado favorablemente. Su portavoz, Francisco Jorquera, ha calificado la situación en la que se encuentran los suscriptores de estos productos financieros de "corralito" y ha reclamado que se incluya una petición expresa de "responsabilidad" al Banco de España y a la CNMV que, a su entender, deberían "iniciar una campaña de inspección sobre la comercialización de las entidades financieras de las participaciones preferentes y otros instrumentos financieros opacos y complejos entre ahorradores e inversores minoristas". PROPUESTA INCONCRETA Sin embargo, el PP ha votado en contra de la iniciativa que, aunque hace referencia a un problema "importantísimo", en palabras del diputado Eloy Suárez, adolece de "inconcreción" en las medidas propuestas y busca únicamente "un lavado de conciencia" de los socialistas por su "incapacidad para atajar este problema" mientras ocuparon el Gobierno. "También nosotros estamos convencidos de que estos instrumentos de riesgo se han comercializado sin cumplir a veces la normativa e incluso induciendo al error. Pero esto no es nuevo", ha aducido, recordando asimismo que los grupos parlamentarios ya han pedido la creación de una subcomisión en la Cámara baja para hacer un seguimiento del proceso de reestructuracion del sector bancario donde se podrán abordar este tipo de asuntos --------------------- --------------------- Sentencia sobre preferentes y datos sobre actuaciones y costes juridicos: Seguimos con la serie de entradas sobre los argumentos esgrimidos por los jueces en sentencias recientes sobre las participaciones y las acciones preferentes. - Obligación de lealtad, transparencia y diligencia conforme al artículo 79 y concordantes de la ley de Mercado de valores: “El artículo 79 y siguientes de la Ley de Mercado de valores consigna una obligación de lealtad, transparencia y diligencia. (…) El Sr… oferta entreo otros productos lo que él denomina acciones preferentes y tal oferta y comercialización del producto la hace, como ha reconocido sin entregar folleto informativo alguno y más preocupante sin haberlo tenido él en sus manos. (…) cuando ofertó el producto no lo había estudiado ni tenía toda la información sobre el producto para aconsejar debidamente al actor ya que ha día de hoy se sigue discutiendo su naturaleza por expertos en la materia. Si quien lo oferta como producto de inversiín no ha examinado su folleto ni sus riesgos ni sus condiciones resulta obvio que no suministra una información veraz y completa de tal manera que el actor no tiene conocimiento completo de lo que adquiere porque la información con la que toma la decisión de comprar la ha conformado de una forma parcial al contar con todos los datos. Entre los datos omitidos, según admite el Sr… hay uno más, el carácter perpetuo del producto . - Defecto de información en el momento previo a la contratación del producto que dio lugar a la decisión de adquirir las participaciones preferentes. “Por tanto el defecto de información se generó en el momento previo a la contratación del producto y dio lugar a la decisión del actor de adquirir las acciones preferentes. Por tanto la entidad demandada ha incurrido en una negligente actuar en sus labores de asesoramiento por recomendación de productos de inversión. Asimismo y habida cuenta de la situación en que esos momentos se encontraba el Sr… y reconocida por el demandado no era el producto más adecuado. La ausencia de una información veraz y clara suministradaconlleva la responsabilidad del obligado contractual. El Sr.. ha sufrido daños y perjuicios en la adquisición del producto por una información negligente y por tanto surge la obligación de indemnizar los daños causados.” Sentencia nº 218. Juzgado de primera instancia nº 1 de Bilbao. Ordinario. 29/10. MAB Legal & Corporate ya defiende los intereses de numerosos afectados por participaciones preferentes en toda España. Este despacho no aboga por presentar reclamaciones colectivas de afectados en participaciones preferentes ante los Juzgados, porque cada caso en concreto tiene sus propias particularidades para ser defendido en los Juzgados. Por tanto es recomendable reclamar de manera individual para obtener una sentencia favorable. Por lo que se refiere a manifestarse y “hacer ruido” de manera colectiva y que los medios se hagan eco del“corralito” que se está permitiendo con miles de familias, estamos totalmente de acuerdo y es necesario unir fuerzas para que las entidades financieras como La Caixa, CAM, etc.., que no están proporcionando una salida razonable como si lo han hecho entidades como el Santander (convirtiéndolas inmediatamente en acciones para obtener liquidez), reaccionen y solucionan esta grave situación. En nuestra opinión, consideramos que los canjes ofrecidos por La Caixa son inaceptables y recomiendo acudir al Juzgado, en un año, posiblemente hayan recuperado su inversión. - Error vicio del consentimiento que tiene como consecuencia la Nulidad del Contrato. (1.265 Código Civil) a) Falta de información b) No adecuado perfil de inversor c) incumplimiento de la exigencia MiFiD d) ausencia de explicación de las condiciones y efectos del producto financiero. Objetivo de la demanda al Juzgado: Condena de la entidad, a la devolución de importe invertido, más los intereses y costas procesales. Honorarios o tarifas de Abogado para reclamar la nulidad de las participaciones preferentes: Abogados especialistas en derecho bancario y mala praxis bancaria. - Inversiones hasta 10.000 euros: 2.500 euros (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 20.000 euros: 3.000 euros (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 50.000 euros: 3.500 euros + 2.500 euros si se consigue la nulidad y devolución del 100 % (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 100.000 euros: 5.500 euros + 3.000 euros si se consigue la nulidad y devolución del 100 % (Abogado y procurador incluido) - Cantidades superiores a 100.000 euros: solicitar presupuesto. * Iva no incluido. *Forma de pago: 75 % a la firma del encargo profesional, el restante en 3 meses. * Mismos honorarios para reclamar en cualquier Juzgado de España (excepto en Baleares y Canarias que se inrcementan los honorarios en quinientos euros).
preferente 19/03/12 11:16
Ha respondido al tema Emisión preferentes Caixa Penedes
El gobierno parece ser que apoya a los bancos: MADRID, 14 (EUROPA PRESS) La Comisión de Economía del Congreso de los Diputados ha rechazado este miércoles una iniciativa presentada por el PSOE para exigir al Gobierno que garantice a los clientes que contrataron participaciones preferentes la recuperación de su capital inicial y que regule la información que se da sobre estos productos financieros, garantizando que se ofrecen a personas con conocimientos suficientes para valorar sus riesgos. El diputado Antonio Hurtado ha apuntado que aproximadamente un millón de personas invirtieron en estos productos un total estimado de más de 10.000 millones de euros. Sin embargo, la información que recibió la mayoría de ellos sobre condiciones de rentabilidad y liquidez fue, "como mínimo, inadecuada, incompleta e imperfecta, cuando no fraudulenta". Por eso, insta al Gobierno a adoptar "acuerdos con las entidades financieras" o "cuantas medidas normativas sean necesarias" para garantizar la liquidez de estas participaciones preferentes "comercializadas inadecuadamente", con la recuperación de lo invertido "sin pérdida de capital". Además, reclama "medidas que garanticen la suficiente información de las características y el riesgo" de cualquier producto financiero, así como que se "facilite el asesoramiento" a los clientes, a quienes se debe garantizar una "información contractual clara y sencilla, con un resumen en donde deben aparecer todas las condiciones financieras". SOLUCIONAR DEFINITIVAMENTE EL PROBLEMA El portavoz económico de IU-ICV-CHA, Joan Coscubiela, ha aprovechado el debate de esta iniciativa para "reflexionar sobre las consecuencias de algunos comportamientos de las entidades financieras", que no se limitan únicamente a los afectados por estos productos, sino también a algunos trabajadores que "sufren en términos de salud" por culpa de la "presión muy fuerte" a la que se ven sometidos para 'colocar' las participaciones preferentes. Por ello, ha apoyado la propuesta y ha presentado enmiendas para impulsar cambios en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para que revise exhaustiva de los test de conveniencia, para desarrollar normas para que las entidades financieras "respeten las normas de conducta" y para sancionar a las que incumplan esos requisitos legales. La diputada Inmaculada Riera, de CiU, también ha subrayado que "este problema requiere una solución definitiva y tutelada por el Gobierno", y ha respaldado la propuesta socialista para "aumentar la transparencia y poner fin al conflicto", aunque ha puntualizado que sus enmiendas van en la línea de "delimitar las responsabilidades" antes de "garantizar la liquidez de estos productos la mejor forma de proceder y dar respuestas realistas y contundentes" a los afectados. El BNG ha votado favorablemente. Su portavoz, Francisco Jorquera, ha calificado la situación en la que se encuentran los suscriptores de estos productos financieros de "corralito" y ha reclamado que se incluya una petición expresa de "responsabilidad" al Banco de España y a la CNMV que, a su entender, deberían "iniciar una campaña de inspección sobre la comercialización de las entidades financieras de las participaciones preferentes y otros instrumentos financieros opacos y complejos entre ahorradores e inversores minoristas". PROPUESTA INCONCRETA Sin embargo, el PP ha votado en contra de la iniciativa que, aunque hace referencia a un problema "importantísimo", en palabras del diputado Eloy Suárez, adolece de "inconcreción" en las medidas propuestas y busca únicamente "un lavado de conciencia" de los socialistas por su "incapacidad para atajar este problema" mientras ocuparon el Gobierno. "También nosotros estamos convencidos de que estos instrumentos de riesgo se han comercializado sin cumplir a veces la normativa e incluso induciendo al error. Pero esto no es nuevo", ha aducido, recordando asimismo que los grupos parlamentarios ya han pedido la creación de una subcomisión en la Cámara baja para hacer un seguimiento del proceso de reestructuracion del sector bancario donde se podrán abordar este tipo de asuntos --------------------- --------------------- Sentencia sobre preferentes y datos sobre actuaciones y costes juridicos: Seguimos con la serie de entradas sobre los argumentos esgrimidos por los jueces en sentencias recientes sobre las participaciones y las acciones preferentes. - Obligación de lealtad, transparencia y diligencia conforme al artículo 79 y concordantes de la ley de Mercado de valores: “El artículo 79 y siguientes de la Ley de Mercado de valores consigna una obligación de lealtad, transparencia y diligencia. (…) El Sr… oferta entreo otros productos lo que él denomina acciones preferentes y tal oferta y comercialización del producto la hace, como ha reconocido sin entregar folleto informativo alguno y más preocupante sin haberlo tenido él en sus manos. (…) cuando ofertó el producto no lo había estudiado ni tenía toda la información sobre el producto para aconsejar debidamente al actor ya que ha día de hoy se sigue discutiendo su naturaleza por expertos en la materia. Si quien lo oferta como producto de inversiín no ha examinado su folleto ni sus riesgos ni sus condiciones resulta obvio que no suministra una información veraz y completa de tal manera que el actor no tiene conocimiento completo de lo que adquiere porque la información con la que toma la decisión de comprar la ha conformado de una forma parcial al contar con todos los datos. Entre los datos omitidos, según admite el Sr… hay uno más, el carácter perpetuo del producto . - Defecto de información en el momento previo a la contratación del producto que dio lugar a la decisión de adquirir las participaciones preferentes. “Por tanto el defecto de información se generó en el momento previo a la contratación del producto y dio lugar a la decisión del actor de adquirir las acciones preferentes. Por tanto la entidad demandada ha incurrido en una negligente actuar en sus labores de asesoramiento por recomendación de productos de inversión. Asimismo y habida cuenta de la situación en que esos momentos se encontraba el Sr… y reconocida por el demandado no era el producto más adecuado. La ausencia de una información veraz y clara suministradaconlleva la responsabilidad del obligado contractual. El Sr.. ha sufrido daños y perjuicios en la adquisición del producto por una información negligente y por tanto surge la obligación de indemnizar los daños causados.” Sentencia nº 218. Juzgado de primera instancia nº 1 de Bilbao. Ordinario. 29/10. MAB Legal & Corporate ya defiende los intereses de numerosos afectados por participaciones preferentes en toda España. Este despacho no aboga por presentar reclamaciones colectivas de afectados en participaciones preferentes ante los Juzgados, porque cada caso en concreto tiene sus propias particularidades para ser defendido en los Juzgados. Por tanto es recomendable reclamar de manera individual para obtener una sentencia favorable. Por lo que se refiere a manifestarse y “hacer ruido” de manera colectiva y que los medios se hagan eco del“corralito” que se está permitiendo con miles de familias, estamos totalmente de acuerdo y es necesario unir fuerzas para que las entidades financieras como La Caixa, CAM, etc.., que no están proporcionando una salida razonable como si lo han hecho entidades como el Santander (convirtiéndolas inmediatamente en acciones para obtener liquidez), reaccionen y solucionan esta grave situación. En nuestra opinión, consideramos que los canjes ofrecidos por La Caixa son inaceptables y recomiendo acudir al Juzgado, en un año, posiblemente hayan recuperado su inversión. - Error vicio del consentimiento que tiene como consecuencia la Nulidad del Contrato. (1.265 Código Civil) a) Falta de información b) No adecuado perfil de inversor c) incumplimiento de la exigencia MiFiD d) ausencia de explicación de las condiciones y efectos del producto financiero. Objetivo de la demanda al Juzgado: Condena de la entidad, a la devolución de importe invertido, más los intereses y costas procesales. Honorarios o tarifas de Abogado para reclamar la nulidad de las participaciones preferentes: Abogados especialistas en derecho bancario y mala praxis bancaria. - Inversiones hasta 10.000 euros: 2.500 euros (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 20.000 euros: 3.000 euros (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 50.000 euros: 3.500 euros + 2.500 euros si se consigue la nulidad y devolución del 100 % (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 100.000 euros: 5.500 euros + 3.000 euros si se consigue la nulidad y devolución del 100 % (Abogado y procurador incluido) - Cantidades superiores a 100.000 euros: solicitar presupuesto. * Iva no incluido. *Forma de pago: 75 % a la firma del encargo profesional, el restante en 3 meses. * Mismos honorarios para reclamar en cualquier Juzgado de España (excepto en Baleares y Canarias que se inrcementan los honorarios en quinientos euros).
preferente 19/03/12 11:11
Ha respondido al tema Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica
El gobierno parece ser que apoya a los bancos: MADRID, 14 (EUROPA PRESS) La Comisión de Economía del Congreso de los Diputados ha rechazado este miércoles una iniciativa presentada por el PSOE para exigir al Gobierno que garantice a los clientes que contrataron participaciones preferentes la recuperación de su capital inicial y que regule la información que se da sobre estos productos financieros, garantizando que se ofrecen a personas con conocimientos suficientes para valorar sus riesgos. El diputado Antonio Hurtado ha apuntado que aproximadamente un millón de personas invirtieron en estos productos un total estimado de más de 10.000 millones de euros. Sin embargo, la información que recibió la mayoría de ellos sobre condiciones de rentabilidad y liquidez fue, "como mínimo, inadecuada, incompleta e imperfecta, cuando no fraudulenta". Por eso, insta al Gobierno a adoptar "acuerdos con las entidades financieras" o "cuantas medidas normativas sean necesarias" para garantizar la liquidez de estas participaciones preferentes "comercializadas inadecuadamente", con la recuperación de lo invertido "sin pérdida de capital". Además, reclama "medidas que garanticen la suficiente información de las características y el riesgo" de cualquier producto financiero, así como que se "facilite el asesoramiento" a los clientes, a quienes se debe garantizar una "información contractual clara y sencilla, con un resumen en donde deben aparecer todas las condiciones financieras". SOLUCIONAR DEFINITIVAMENTE EL PROBLEMA El portavoz económico de IU-ICV-CHA, Joan Coscubiela, ha aprovechado el debate de esta iniciativa para "reflexionar sobre las consecuencias de algunos comportamientos de las entidades financieras", que no se limitan únicamente a los afectados por estos productos, sino también a algunos trabajadores que "sufren en términos de salud" por culpa de la "presión muy fuerte" a la que se ven sometidos para 'colocar' las participaciones preferentes. Por ello, ha apoyado la propuesta y ha presentado enmiendas para impulsar cambios en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para que revise exhaustiva de los test de conveniencia, para desarrollar normas para que las entidades financieras "respeten las normas de conducta" y para sancionar a las que incumplan esos requisitos legales. La diputada Inmaculada Riera, de CiU, también ha subrayado que "este problema requiere una solución definitiva y tutelada por el Gobierno", y ha respaldado la propuesta socialista para "aumentar la transparencia y poner fin al conflicto", aunque ha puntualizado que sus enmiendas van en la línea de "delimitar las responsabilidades" antes de "garantizar la liquidez de estos productos la mejor forma de proceder y dar respuestas realistas y contundentes" a los afectados. El BNG ha votado favorablemente. Su portavoz, Francisco Jorquera, ha calificado la situación en la que se encuentran los suscriptores de estos productos financieros de "corralito" y ha reclamado que se incluya una petición expresa de "responsabilidad" al Banco de España y a la CNMV que, a su entender, deberían "iniciar una campaña de inspección sobre la comercialización de las entidades financieras de las participaciones preferentes y otros instrumentos financieros opacos y complejos entre ahorradores e inversores minoristas". PROPUESTA INCONCRETA Sin embargo, el PP ha votado en contra de la iniciativa que, aunque hace referencia a un problema "importantísimo", en palabras del diputado Eloy Suárez, adolece de "inconcreción" en las medidas propuestas y busca únicamente "un lavado de conciencia" de los socialistas por su "incapacidad para atajar este problema" mientras ocuparon el Gobierno. "También nosotros estamos convencidos de que estos instrumentos de riesgo se han comercializado sin cumplir a veces la normativa e incluso induciendo al error. Pero esto no es nuevo", ha aducido, recordando asimismo que los grupos parlamentarios ya han pedido la creación de una subcomisión en la Cámara baja para hacer un seguimiento del proceso de reestructuracion del sector bancario donde se podrán abordar este tipo de asuntos --------------------- --------------------- Sentencia sobre preferentes y datos sobre actuaciones y costes juridicos: Seguimos con la serie de entradas sobre los argumentos esgrimidos por los jueces en sentencias recientes sobre las participaciones y las acciones preferentes. - Obligación de lealtad, transparencia y diligencia conforme al artículo 79 y concordantes de la ley de Mercado de valores: “El artículo 79 y siguientes de la Ley de Mercado de valores consigna una obligación de lealtad, transparencia y diligencia. (…) El Sr… oferta entreo otros productos lo que él denomina acciones preferentes y tal oferta y comercialización del producto la hace, como ha reconocido sin entregar folleto informativo alguno y más preocupante sin haberlo tenido él en sus manos. (…) cuando ofertó el producto no lo había estudiado ni tenía toda la información sobre el producto para aconsejar debidamente al actor ya que ha día de hoy se sigue discutiendo su naturaleza por expertos en la materia. Si quien lo oferta como producto de inversiín no ha examinado su folleto ni sus riesgos ni sus condiciones resulta obvio que no suministra una información veraz y completa de tal manera que el actor no tiene conocimiento completo de lo que adquiere porque la información con la que toma la decisión de comprar la ha conformado de una forma parcial al contar con todos los datos. Entre los datos omitidos, según admite el Sr… hay uno más, el carácter perpetuo del producto . - Defecto de información en el momento previo a la contratación del producto que dio lugar a la decisión de adquirir las participaciones preferentes. “Por tanto el defecto de información se generó en el momento previo a la contratación del producto y dio lugar a la decisión del actor de adquirir las acciones preferentes. Por tanto la entidad demandada ha incurrido en una negligente actuar en sus labores de asesoramiento por recomendación de productos de inversión. Asimismo y habida cuenta de la situación en que esos momentos se encontraba el Sr… y reconocida por el demandado no era el producto más adecuado. La ausencia de una información veraz y clara suministradaconlleva la responsabilidad del obligado contractual. El Sr.. ha sufrido daños y perjuicios en la adquisición del producto por una información negligente y por tanto surge la obligación de indemnizar los daños causados.” Sentencia nº 218. Juzgado de primera instancia nº 1 de Bilbao. Ordinario. 29/10. MAB Legal & Corporate ya defiende los intereses de numerosos afectados por participaciones preferentes en toda España. Este despacho no aboga por presentar reclamaciones colectivas de afectados en participaciones preferentes ante los Juzgados, porque cada caso en concreto tiene sus propias particularidades para ser defendido en los Juzgados. Por tanto es recomendable reclamar de manera individual para obtener una sentencia favorable. Por lo que se refiere a manifestarse y “hacer ruido” de manera colectiva y que los medios se hagan eco del“corralito” que se está permitiendo con miles de familias, estamos totalmente de acuerdo y es necesario unir fuerzas para que las entidades financieras como La Caixa, CAM, etc.., que no están proporcionando una salida razonable como si lo han hecho entidades como el Santander (convirtiéndolas inmediatamente en acciones para obtener liquidez), reaccionen y solucionan esta grave situación. En nuestra opinión, consideramos que los canjes ofrecidos por La Caixa son inaceptables y recomiendo acudir al Juzgado, en un año, posiblemente hayan recuperado su inversión. - Error vicio del consentimiento que tiene como consecuencia la Nulidad del Contrato. (1.265 Código Civil) a) Falta de información b) No adecuado perfil de inversor c) incumplimiento de la exigencia MiFiD d) ausencia de explicación de las condiciones y efectos del producto financiero. Objetivo de la demanda al Juzgado: Condena de la entidad, a la devolución de importe invertido, más los intereses y costas procesales. Honorarios o tarifas de Abogado para reclamar la nulidad de las participaciones preferentes: Abogados especialistas en derecho bancario y mala praxis bancaria. - Inversiones hasta 10.000 euros: 2.500 euros (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 20.000 euros: 3.000 euros (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 50.000 euros: 3.500 euros + 2.500 euros si se consigue la nulidad y devolución del 100 % (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 100.000 euros: 5.500 euros + 3.000 euros si se consigue la nulidad y devolución del 100 % (Abogado y procurador incluido) - Cantidades superiores a 100.000 euros: solicitar presupuesto. * Iva no incluido. *Forma de pago: 75 % a la firma del encargo profesional, el restante en 3 meses. * Mismos honorarios para reclamar en cualquier Juzgado de España (excepto en Baleares y Canarias que se inrcementan los honorarios en quinientos euros).
preferente 19/03/12 11:08
Ha respondido al tema El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
El gobierno parece ser que apoya a los bancos: MADRID, 14 (EUROPA PRESS) La Comisión de Economía del Congreso de los Diputados ha rechazado este miércoles una iniciativa presentada por el PSOE para exigir al Gobierno que garantice a los clientes que contrataron participaciones preferentes la recuperación de su capital inicial y que regule la información que se da sobre estos productos financieros, garantizando que se ofrecen a personas con conocimientos suficientes para valorar sus riesgos. El diputado Antonio Hurtado ha apuntado que aproximadamente un millón de personas invirtieron en estos productos un total estimado de más de 10.000 millones de euros. Sin embargo, la información que recibió la mayoría de ellos sobre condiciones de rentabilidad y liquidez fue, "como mínimo, inadecuada, incompleta e imperfecta, cuando no fraudulenta". Por eso, insta al Gobierno a adoptar "acuerdos con las entidades financieras" o "cuantas medidas normativas sean necesarias" para garantizar la liquidez de estas participaciones preferentes "comercializadas inadecuadamente", con la recuperación de lo invertido "sin pérdida de capital". Además, reclama "medidas que garanticen la suficiente información de las características y el riesgo" de cualquier producto financiero, así como que se "facilite el asesoramiento" a los clientes, a quienes se debe garantizar una "información contractual clara y sencilla, con un resumen en donde deben aparecer todas las condiciones financieras". SOLUCIONAR DEFINITIVAMENTE EL PROBLEMA El portavoz económico de IU-ICV-CHA, Joan Coscubiela, ha aprovechado el debate de esta iniciativa para "reflexionar sobre las consecuencias de algunos comportamientos de las entidades financieras", que no se limitan únicamente a los afectados por estos productos, sino también a algunos trabajadores que "sufren en términos de salud" por culpa de la "presión muy fuerte" a la que se ven sometidos para 'colocar' las participaciones preferentes. Por ello, ha apoyado la propuesta y ha presentado enmiendas para impulsar cambios en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para que revise exhaustiva de los test de conveniencia, para desarrollar normas para que las entidades financieras "respeten las normas de conducta" y para sancionar a las que incumplan esos requisitos legales. La diputada Inmaculada Riera, de CiU, también ha subrayado que "este problema requiere una solución definitiva y tutelada por el Gobierno", y ha respaldado la propuesta socialista para "aumentar la transparencia y poner fin al conflicto", aunque ha puntualizado que sus enmiendas van en la línea de "delimitar las responsabilidades" antes de "garantizar la liquidez de estos productos la mejor forma de proceder y dar respuestas realistas y contundentes" a los afectados. El BNG ha votado favorablemente. Su portavoz, Francisco Jorquera, ha calificado la situación en la que se encuentran los suscriptores de estos productos financieros de "corralito" y ha reclamado que se incluya una petición expresa de "responsabilidad" al Banco de España y a la CNMV que, a su entender, deberían "iniciar una campaña de inspección sobre la comercialización de las entidades financieras de las participaciones preferentes y otros instrumentos financieros opacos y complejos entre ahorradores e inversores minoristas". PROPUESTA INCONCRETA Sin embargo, el PP ha votado en contra de la iniciativa que, aunque hace referencia a un problema "importantísimo", en palabras del diputado Eloy Suárez, adolece de "inconcreción" en las medidas propuestas y busca únicamente "un lavado de conciencia" de los socialistas por su "incapacidad para atajar este problema" mientras ocuparon el Gobierno. "También nosotros estamos convencidos de que estos instrumentos de riesgo se han comercializado sin cumplir a veces la normativa e incluso induciendo al error. Pero esto no es nuevo", ha aducido, recordando asimismo que los grupos parlamentarios ya han pedido la creación de una subcomisión en la Cámara baja para hacer un seguimiento del proceso de reestructuracion del sector bancario donde se podrán abordar este tipo de asuntos --------------------- --------------------- Sentencia sobre preferentes y datos sobre actuaciones y costes juridicos: Seguimos con la serie de entradas sobre los argumentos esgrimidos por los jueces en sentencias recientes sobre las participaciones y las acciones preferentes. - Obligación de lealtad, transparencia y diligencia conforme al artículo 79 y concordantes de la ley de Mercado de valores: “El artículo 79 y siguientes de la Ley de Mercado de valores consigna una obligación de lealtad, transparencia y diligencia. (…) El Sr… oferta entreo otros productos lo que él denomina acciones preferentes y tal oferta y comercialización del producto la hace, como ha reconocido sin entregar folleto informativo alguno y más preocupante sin haberlo tenido él en sus manos. (…) cuando ofertó el producto no lo había estudiado ni tenía toda la información sobre el producto para aconsejar debidamente al actor ya que ha día de hoy se sigue discutiendo su naturaleza por expertos en la materia. Si quien lo oferta como producto de inversiín no ha examinado su folleto ni sus riesgos ni sus condiciones resulta obvio que no suministra una información veraz y completa de tal manera que el actor no tiene conocimiento completo de lo que adquiere porque la información con la que toma la decisión de comprar la ha conformado de una forma parcial al contar con todos los datos. Entre los datos omitidos, según admite el Sr… hay uno más, el carácter perpetuo del producto . - Defecto de información en el momento previo a la contratación del producto que dio lugar a la decisión de adquirir las participaciones preferentes. “Por tanto el defecto de información se generó en el momento previo a la contratación del producto y dio lugar a la decisión del actor de adquirir las acciones preferentes. Por tanto la entidad demandada ha incurrido en una negligente actuar en sus labores de asesoramiento por recomendación de productos de inversión. Asimismo y habida cuenta de la situación en que esos momentos se encontraba el Sr… y reconocida por el demandado no era el producto más adecuado. La ausencia de una información veraz y clara suministradaconlleva la responsabilidad del obligado contractual. El Sr.. ha sufrido daños y perjuicios en la adquisición del producto por una información negligente y por tanto surge la obligación de indemnizar los daños causados.” Sentencia nº 218. Juzgado de primera instancia nº 1 de Bilbao. Ordinario. 29/10. MAB Legal & Corporate ya defiende los intereses de numerosos afectados por participaciones preferentes en toda España. Este despacho no aboga por presentar reclamaciones colectivas de afectados en participaciones preferentes ante los Juzgados, porque cada caso en concreto tiene sus propias particularidades para ser defendido en los Juzgados. Por tanto es recomendable reclamar de manera individual para obtener una sentencia favorable. Por lo que se refiere a manifestarse y “hacer ruido” de manera colectiva y que los medios se hagan eco del“corralito” que se está permitiendo con miles de familias, estamos totalmente de acuerdo y es necesario unir fuerzas para que las entidades financieras como La Caixa, CAM, etc.., que no están proporcionando una salida razonable como si lo han hecho entidades como el Santander (convirtiéndolas inmediatamente en acciones para obtener liquidez), reaccionen y solucionan esta grave situación. En nuestra opinión, consideramos que los canjes ofrecidos por La Caixa son inaceptables y recomiendo acudir al Juzgado, en un año, posiblemente hayan recuperado su inversión. - Error vicio del consentimiento que tiene como consecuencia la Nulidad del Contrato. (1.265 Código Civil) a) Falta de información b) No adecuado perfil de inversor c) incumplimiento de la exigencia MiFiD d) ausencia de explicación de las condiciones y efectos del producto financiero. Objetivo de la demanda al Juzgado: Condena de la entidad, a la devolución de importe invertido, más los intereses y costas procesales. Honorarios o tarifas de Abogado para reclamar la nulidad de las participaciones preferentes: Abogados especialistas en derecho bancario y mala praxis bancaria. - Inversiones hasta 10.000 euros: 2.500 euros (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 20.000 euros: 3.000 euros (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 50.000 euros: 3.500 euros + 2.500 euros si se consigue la nulidad y devolución del 100 % (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 100.000 euros: 5.500 euros + 3.000 euros si se consigue la nulidad y devolución del 100 % (Abogado y procurador incluido) - Cantidades superiores a 100.000 euros: solicitar presupuesto. * Iva no incluido. *Forma de pago: 75 % a la firma del encargo profesional, el restante en 3 meses. * Mismos honorarios para reclamar en cualquier Juzgado de España (excepto en Baleares y Canarias que se inrcementan los honorarios en quinientos euros).
preferente 19/03/12 10:57
Ha respondido al tema Bankia aprueba canje preferentes y subordinadas
El gobierno parece que esta de parte de los bancos: MADRID, 14 (EUROPA PRESS) La Comisión de Economía del Congreso de los Diputados ha rechazado este miércoles una iniciativa presentada por el PSOE para exigir al Gobierno que garantice a los clientes que contrataron participaciones preferentes la recuperación de su capital inicial y que regule la información que se da sobre estos productos financieros, garantizando que se ofrecen a personas con conocimientos suficientes para valorar sus riesgos. El diputado Antonio Hurtado ha apuntado que aproximadamente un millón de personas invirtieron en estos productos un total estimado de más de 10.000 millones de euros. Sin embargo, la información que recibió la mayoría de ellos sobre condiciones de rentabilidad y liquidez fue, "como mínimo, inadecuada, incompleta e imperfecta, cuando no fraudulenta". Por eso, insta al Gobierno a adoptar "acuerdos con las entidades financieras" o "cuantas medidas normativas sean necesarias" para garantizar la liquidez de estas participaciones preferentes "comercializadas inadecuadamente", con la recuperación de lo invertido "sin pérdida de capital". Además, reclama "medidas que garanticen la suficiente información de las características y el riesgo" de cualquier producto financiero, así como que se "facilite el asesoramiento" a los clientes, a quienes se debe garantizar una "información contractual clara y sencilla, con un resumen en donde deben aparecer todas las condiciones financieras". SOLUCIONAR DEFINITIVAMENTE EL PROBLEMA El portavoz económico de IU-ICV-CHA, Joan Coscubiela, ha aprovechado el debate de esta iniciativa para "reflexionar sobre las consecuencias de algunos comportamientos de las entidades financieras", que no se limitan únicamente a los afectados por estos productos, sino también a algunos trabajadores que "sufren en términos de salud" por culpa de la "presión muy fuerte" a la que se ven sometidos para 'colocar' las participaciones preferentes. Por ello, ha apoyado la propuesta y ha presentado enmiendas para impulsar cambios en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para que revise exhaustiva de los test de conveniencia, para desarrollar normas para que las entidades financieras "respeten las normas de conducta" y para sancionar a las que incumplan esos requisitos legales. La diputada Inmaculada Riera, de CiU, también ha subrayado que "este problema requiere una solución definitiva y tutelada por el Gobierno", y ha respaldado la propuesta socialista para "aumentar la transparencia y poner fin al conflicto", aunque ha puntualizado que sus enmiendas van en la línea de "delimitar las responsabilidades" antes de "garantizar la liquidez de estos productos la mejor forma de proceder y dar respuestas realistas y contundentes" a los afectados. El BNG ha votado favorablemente. Su portavoz, Francisco Jorquera, ha calificado la situación en la que se encuentran los suscriptores de estos productos financieros de "corralito" y ha reclamado que se incluya una petición expresa de "responsabilidad" al Banco de España y a la CNMV que, a su entender, deberían "iniciar una campaña de inspección sobre la comercialización de las entidades financieras de las participaciones preferentes y otros instrumentos financieros opacos y complejos entre ahorradores e inversores minoristas". PROPUESTA INCONCRETA Sin embargo, el PP ha votado en contra de la iniciativa que, aunque hace referencia a un problema "importantísimo", en palabras del diputado Eloy Suárez, adolece de "inconcreción" en las medidas propuestas y busca únicamente "un lavado de conciencia" de los socialistas por su "incapacidad para atajar este problema" mientras ocuparon el Gobierno. "También nosotros estamos convencidos de que estos instrumentos de riesgo se han comercializado sin cumplir a veces la normativa e incluso induciendo al error. Pero esto no es nuevo", ha aducido, recordando asimismo que los grupos parlamentarios ya han pedido la creación de una subcomisión en la Cámara baja para hacer un seguimiento del proceso de reestructuracion del sector bancario donde se podrán abordar este tipo de asuntos
preferente 19/03/12 10:51
Ha respondido al tema Bankia aprueba canje preferentes y subordinadas
Otra sentencia y datos sobre actuaciones y costes juridicos: Seguimos con la serie de entradas sobre los argumentos esgrimidos por los jueces en sentencias recientes sobre las participaciones y las acciones preferentes. - Obligación de lealtad, transparencia y diligencia conforme al artículo 79 y concordantes de la ley de Mercado de valores: “El artículo 79 y siguientes de la Ley de Mercado de valores consigna una obligación de lealtad, transparencia y diligencia. (…) El Sr… oferta entreo otros productos lo que él denomina acciones preferentes y tal oferta y comercialización del producto la hace, como ha reconocido sin entregar folleto informativo alguno y más preocupante sin haberlo tenido él en sus manos. (…) cuando ofertó el producto no lo había estudiado ni tenía toda la información sobre el producto para aconsejar debidamente al actor ya que ha día de hoy se sigue discutiendo su naturaleza por expertos en la materia. Si quien lo oferta como producto de inversiín no ha examinado su folleto ni sus riesgos ni sus condiciones resulta obvio que no suministra una información veraz y completa de tal manera que el actor no tiene conocimiento completo de lo que adquiere porque la información con la que toma la decisión de comprar la ha conformado de una forma parcial al contar con todos los datos. Entre los datos omitidos, según admite el Sr… hay uno más, el carácter perpetuo del producto . - Defecto de información en el momento previo a la contratación del producto que dio lugar a la decisión de adquirir las participaciones preferentes. “Por tanto el defecto de información se generó en el momento previo a la contratación del producto y dio lugar a la decisión del actor de adquirir las acciones preferentes. Por tanto la entidad demandada ha incurrido en una negligente actuar en sus labores de asesoramiento por recomendación de productos de inversión. Asimismo y habida cuenta de la situación en que esos momentos se encontraba el Sr… y reconocida por el demandado no era el producto más adecuado. La ausencia de una información veraz y clara suministradaconlleva la responsabilidad del obligado contractual. El Sr.. ha sufrido daños y perjuicios en la adquisición del producto por una información negligente y por tanto surge la obligación de indemnizar los daños causados.” Sentencia nº 218. Juzgado de primera instancia nº 1 de Bilbao. Ordinario. 29/10. MAB Legal & Corporate ya defiende los intereses de numerosos afectados por participaciones preferentes en toda España. Este despacho no aboga por presentar reclamaciones colectivas de afectados en participaciones preferentes ante los Juzgados, porque cada caso en concreto tiene sus propias particularidades para ser defendido en los Juzgados. Por tanto es recomendable reclamar de manera individual para obtener una sentencia favorable. Por lo que se refiere a manifestarse y “hacer ruido” de manera colectiva y que los medios se hagan eco del“corralito” que se está permitiendo con miles de familias, estamos totalmente de acuerdo y es necesario unir fuerzas para que las entidades financieras como La Caixa, CAM, etc.., que no están proporcionando una salida razonable como si lo han hecho entidades como el Santander (convirtiéndolas inmediatamente en acciones para obtener liquidez), reaccionen y solucionan esta grave situación. En nuestra opinión, consideramos que los canjes ofrecidos por La Caixa son inaceptables y recomiendo acudir al Juzgado, en un año, posiblemente hayan recuperado su inversión. - Error vicio del consentimiento que tiene como consecuencia la Nulidad del Contrato. (1.265 Código Civil) a) Falta de información b) No adecuado perfil de inversor c) incumplimiento de la exigencia MiFiD d) ausencia de explicación de las condiciones y efectos del producto financiero. Objetivo de la demanda al Juzgado: Condena de la entidad, a la devolución de importe invertido, más los intereses y costas procesales. Honorarios o tarifas de Abogado para reclamar la nulidad de las participaciones preferentes: Abogados especialistas en derecho bancario y mala praxis bancaria. - Inversiones hasta 10.000 euros: 2.500 euros (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 20.000 euros: 3.000 euros (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 50.000 euros: 3.500 euros + 2.500 euros si se consigue la nulidad y devolución del 100 % (Abogado y procurador incluido) - Inversiones hasta 100.000 euros: 5.500 euros + 3.000 euros si se consigue la nulidad y devolución del 100 % (Abogado y procurador incluido) - Cantidades superiores a 100.000 euros: solicitar presupuesto. * Iva no incluido. *Forma de pago: 75 % a la firma del encargo profesional, el restante en 3 meses. * Mismos honorarios para reclamar en cualquier Juzgado de España (excepto en Baleares y Canarias que se inrcementan los honorarios en quinientos euros).
preferente 19/03/12 10:48
Ha respondido al tema Bankia aprueba canje preferentes y subordinadas
Sentencia sobre preferentes La reciente sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 15 de Palma de Mallorca de 15 de noviembre de 2004 es un claro paradigma de esta realidad. Los hechos que dieron lugar a esta interesantísima decisión judicial se remontan al año 1999, en el que una clienta de 78 años suscribió con Caja Madrid un depósito a plazo fijo por un importe de 42.000 euros en el mes de julio, por el que percibía un interés remuneratorio del 3%. En noviembre de ese mismo año, y siguiendo el consejo del subdirector de la oficina, suscribió un paquete de participaciones preferentes caymadrid en el convencimiento de que se trataba de un depósito que revestía las mismas características que el anterior pero con un interés superior, pasando a obtener una remuneración del 5,15%. En ningún momento fue informada de las características de este producto ni de los riesgos que conlleva y que le supusieron una pérdida, en dos años, de 5.284,22 euros. Muy brevemente describimos las participaciones preferentes como activos en renta fija que empezaron a comercializarse por las entidades financieras a finales de los años 90 con el objeto principal de captar capitales con los que financiar y hacer frente a su actividad crediticia y de inversión, y que otorgan a sus titulares los derechos que proporcionan las acciones ordinarias (salvo el derecho político de voto) así como un dividendo La sentencia de 15 de noviembre de 2004 antes referida vino a estimar íntegramente la demanda interpuesta por esta asociada de Ausbanc Consumo contra Caja Madrid, condenando a ésta al pago de la parte de capital invertido y perdido por la demandante más sus intereses legales. Tras declarar la sentencia que era esencial determinar si se facilitó la información necesaria de forma clara y transparente sobre las características de este producto de “participaciones preferentes”, que permitiera al suscriptor adoptar una “decisión informada”, llegó a la conclusión de que, atendida la naturaleza y características del producto financiero comercializado por la entidad demandada, la persona encargada de comercializar dicho producto, es decir, el subdirector de la oficina, omitió la diligencia necesaria en la información que debía facilitar, pues de lo único que se le informó fue sobre el interés a percibir, que era mayor que el del plazo fijo. el juzgador a quo analiza, además de la información suministrada a la actora, el perfil inversor de la misma, llegando a la determinación de que en este caso la inversión aconsejada por la entidad demandada no se ajustó a su perfil conservador, pues es obvio que si esta señora hubiera conocido que el capital invertido podría disminuir en atención a los riesgos de mercado y, además, que existía el riesgo de no percibir dividendos, no hubiera efectuado la suscripción de participaciones preferentes. Finalmente, la sentencia que estamos comentando concluye con la afirmación de que en este caso, la entidad demandada ha dejado de observar las “normas de conducta que disciplinan su actuación, entre las que destacan, dentro del deber de diligencia, las de asegurarse que disponen de toda la información necesaria para sus clientes, manteniéndoles siempre adecuadamente informados y la de cuidar de los intereses de sus clientes, como si fueran propios, habiéndose suministrado una información deficiente, pareciendo haber pesado en el presente caso más los propios intereses de la entidad demandada que los del cliente inversor, que actuó confiado en los consejos del subdirector de la sucursal bancaria (…) por lo que ha de concluirse que la omisión de información esencial por parte de la entidad demandada en relación al producto financiero ofertado y finalmente suscrito por la actora es contraria a la buena fe, máxime cuando se contrató el mismo por la confianza depositada en la persona que comercializaba el producto financiero”. Entiendo, en definitiva, que nos encontramos ante una resolución que debe marcar un punto de inflexión, frente a esta tendencia de las entidades de comercializar entre sus clientes productos financieros de alto riesgo, sin informar previa y debidamente de las características de los mismos y de los riesgos que conlleva invertir en ellos, no sólo para el inversor medio o conservador, y no sólo para los mayores, sino incluso para el más experimentado.