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Participaciones del usuario Pablo Barrionuevo

Pablo Barrionuevo 03/03/15 16:41
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Gracias, Jotaerre, Tonigs y Tristán. Sois más listos que los ratones coloraos... Me quito el sombrero.
Pablo Barrionuevo 03/03/15 16:11
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Entonces, ¿definitivamente se puede olvidar uno de los dos millones de euros? ¿Queda cancelada la hipoteca de forma tan sencilla, y el mejor postor adquiere libre de esa carga?
Pablo Barrionuevo 02/03/15 22:49
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Creo que nos hemos cruzado los comentarios, porque debes referirte justo a lo último que he publicado.
Pablo Barrionuevo 02/03/15 22:47
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La verdad es que siempre que se ha comentado aquí el tema de las subastas por un procedimiento concursal NO HE LEÍDO el post, porque el tema me parecía farragoso (hace unas semanas, Jotaerre comentaba precisamente un caso). Por eso, no tenía idea de que en el Concurso había posibilidades que no existen en una subasta ordinaria. En el caso que estoy comentado, veo que el Juzgado ha previsto lo siguiente: “La resolución que apruebe el remate o transmita el bien o derecho realizado acordará la cancelación de todas las cargas anteriores al concurso constituidas a favor de créditos concursases que no gocen de privilegio especial. Tratándose de bienes que gocen de privilegio especial se acordará en dicha resolución su cancelación, destinando la cantidad obtenida por la realización del bien al pago del referido crédito con privilegio especial hasta el importe total garantizado y no satisfecho, y de quedar remanente, al pago de los demás créditos, conforme al artículo 155.3 de la Ley Concursal”. Así pues, ¿estoy en lo cierto si digo que se puede uno olvidar tranquilamente de la HIPOTECA a favor de la HACIENDA PÚBLICA por casi dos millones de euros? Pese a la existencia de esa hipoteca anterior, el adquirente se queda con el inmueble libre de cargas.... ¿o no?
Pablo Barrionuevo 02/03/15 22:28
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Ésa es la que hay antes. Ahora bien, lo que no os he dicho antes, porque me he precipitado al escribir(mea culpa), es que se trata de un procedimiento concursal ante un Juzgado de lo Mercantil. Pero en cualquier caso, si las anotaciones de hipotecas no caducan, pues entonces el tema está claro...
Pablo Barrionuevo 02/03/15 22:05
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
En una próxima subasta, veo que existe una carga anterior a la que se ejecuta, pero no tengo claro si está caducada o no. Transcribo la nota de la carga anterior que aparece en la información registral: “Una HIPOTECA a favor de la HACIENDA PÚBLICA, para responder de 1.971.412 euros de principal, por un total de 492.853 euros de intereses de demora, con un plazo de amortización de 24 mees, con fecha de vencimiento del 20 de junio de 2011, TASADA PARA SUSBASTA en la cantidad de 1.971.412 euros. En virtud de escritura otorgada ante Don NOTARIO, de fecha 07/07/09. Inscripción: 2º Tomo: 9999 Libro: 999 Folio: 99 Fecha 30/07/2009”. ¿Hay carga anterior o no? No me aclaro con las fechas, pero parece que han pasado los 4 años. Por otra parte, se trata de una Hipoteca a favor de la HP..... No sé qué tratamiento tiene el tema. Evidentemente, el tema es saber qué pasa si uno se adjudica este inmueble, y qué riesgos pueden existir.
Pablo Barrionuevo 17/12/14 22:30
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¿Cómo funciona la ejecución de un"haber hereditario"? Será mucho más complicado que cobrar una deuda embargando ladrillo, ¿no?
Pablo Barrionuevo 25/11/14 14:47
Ha comentado en el artículo Lo siento amigo, si quieres que me involucre en tus proyectos vas a tener que pagarme
He estado pensando en el tema. Líbreme Dios de decirte cómo llevar tu consultoría, pero creo que puedes estar perdiendo algunos "clientes" cuyas consultas pueden ser de una dificultad mínima, pero que prefieran no plantearlas de forma pública. Quizás fuese interesante que en vez de tener una única tarifa que hay que pagar por adelantado, tuvieses varias tarifas en función de la dificultad y que, una vez planteada la pregunta, informases al interesado de en que tarifa incluyes su pregunta. Es decir, yo te pregunto "¿Qué es un embargo?" y tú me respondes "Puedo contestarte a la duda que planteas. La misma se corresponde con mi tarifa de XX euros, por lo que una vez si sigues interesado puedes abonarla haciendo click aquí. Una vez recibido el pago contactaré contigo, bla, bla, bla....". En fin, sólo es una idea, pero creo que podría resultar interesante tener 3, 4 ó 5 tarifas para no cobrar lo mismo a peticiones que requieren esfuerzos diferentes. En todo caso, vaya por delante mi respeto por tu tiempo y tus honorarios.
Pablo Barrionuevo 24/11/14 08:56
Ha comentado en el artículo Lo siento amigo, si quieres que me involucre en tus proyectos vas a tener que pagarme
Gracias. Comprar al 0,5% del valor de tasación suena casi lujurioso. Claro que al 5% también suena bien...
Pablo Barrionuevo 23/11/14 21:21
Ha comentado en el artículo Lo siento amigo, si quieres que me involucre en tus proyectos vas a tener que pagarme
El art. 39 parece tumbativo... Gracias.