A ver si me explico, da igual que tú marido no la disfrutara en 2014, el tema es que estáis haciendo un trámite de reclamación del 2015, sobre una declaración que habéis echo conjunta, da igual que sea un dato que te afectase a tí sola, al ser una declaración conjunta, se puede reclamar tanto con tu DNI como con el de tu marido. En este caso, el inspector de hacienda a decido hacer válida de tu marido, y tu reclamación la ha anulado porque es mirar dos veces lo mismo.
Espero que se me haya entendido :)