Nachete96
27/01/22 17:15
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Farmas USA
https://www.ocu.org/inversiones/fiscalidad-y-derechos/impuestos/analisis/2022/01/el-modelo-720-torpedeado?utm_source=db-int_unk&utm_medium=al_financial&utm_campaign=financial_alert_20220127&utm_content=El_modelo_720__torpedeadoEl modelo 720, torpedeadohace 2 horas - jueves, 27 de enero de 2022 La justicia europea tumba el régimen sancionador del modelo declarativo de inversiones en el extranjero. Sepa qué hacer. La obligatoriedad de presentar el modelo 720 sigue vigente.Régimen sancionador desproporcionadoEl Tribunal de Justicia de la Unión Europea con fecha 27 de enero de 2022 ha dictado sentencia declarando que “España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del principio de libre circulación de capitales”. Dicha sentencia establece que el régimen sancionador del “modelo 720” de declaración de bienes en el extranjero es desproporcionado e incompatible con el Derecho europeo. Y es que en algunos casos las sanciones por no presentar la declaración o hacerlo fuera de plazo pueden llegar a superar el valor de los bienes que se debía declarar. ¿Qué pasa ahora a partir de esta sentencia? ¿Debe seguir presentándose el modelo 720? Consecuencias de la sentenciaLa primera consecuencia es que todas las sanciones, firmes o no, impuestas por incumplir el modelo 720 quedan anuladas y el fisco español tendrá que devolver las cantidades ingresadas por este concepto. No obstante, la sentencia no declara ilegal el modelo, sino que habla de “incompatibilidad con el Derecho de la Unión de determinados aspectos de la obligación”. Es decir, la obligatoriedad de presentar el modelo sigue vigente, pero no debiera tener consecuencias, por el momento, si no lo hace.• Aún queda margen para presentar el modelo, pues el plazo termina el próximo 31 de marzo. Por tanto, nuestro consejo es que espere hasta el fin del plazo y así mientras ver que determina el Ministerio de Hacienda.• En el caso de la declaración de criptodivisas en el extranjero, aún está pendiente de aprobación el reglamento que desarrolle la obligatoriedad de declararlas. Le mantendremos informado, según vayan surgiendo novedades. En cualquier caso, entendemos que su régimen sancionador deberá respetar los criterios de Tribunal Europeo.