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Participaciones del usuario muccius

muccius 03/05/12 12:17
Ha respondido al tema Mariano me ha convencido, yo también quiero recortar
Es muy sencillo. Al igual que los médicos tienen el monopolio de ejercer la medicina, los jueces de impartir justicia, los inspectores de hacienda la inspección tributaria, la policía el uso de la fuerza, seguimos? Los notarios ejercen la fe pública extrajudicial pues de la judicial el "monopolio" lo tienen los secretarios judiciales. No estaría de más cuando se habla de un tema tener unas nociones mínimas, y, por ejemplo, visitar las páginas web del propio Ministerio de Justicia o del Consejo General del Notariado. En cualquier caso reproduciré parte del art. 1 Reglamento Notarial: "Los notarios son a la vez funcionarios públicos y profesionales del Derecho, correspondiendo a este doble carácter la organización del Notariado. Como funcionarios ejercen la fe pública notarial, que tiene y ampara un doble contenido: En la esfera de los hechos, la exactitud de los que el notario ve, oye o percibe por sus sentidos. Y en la esfera del Derecho, la autenticidad y fuerza probatoria de las declaraciones de voluntad de las partes en el instrumento público redactado conforme a las leyes. Como profesionales del Derecho tienen la misión de asesorar a quienes reclaman su ministerio y aconsejarles los medios jurídicos más adecuados para el logro de los fines lícitos que aquéllos se proponen alcanzar. El Notariado disfrutará de plena autonomía e independencia en su función, y en su organización jerárquica depende directamente del Ministerio de Justicia y de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Sin perjuicio de esta dependencia, el régimen del Notariado se estimará descentralizado a base de Colegios Notariales, regidos por Juntas Directivas con jurisdicción sobre los notarios de su respectivo territorio." Es obvio que cuando nos referimos a dar fe en la esfera de los hechos, por ejemplo la legitimación de firmas (comprobar que la firma corresponde a una determinada persona, por ejemplo un administrador de una sociedad), no nos encontramos ante un caso de dificultad técnico-jurídica apreciable, por eso vienen a constituir lo que se llaman "documentos sin cuantía" a un precio fijo de 30,06€ o incluso menos como los poderes para pleitos 18€, que aún siendo gratuitos ante el secretario judicial (apud acta", el 95% de los mismos se hacen ante notario. La razón de que intervenga el notario es que la dación de fe es una función pública, convirtiendo al que hasta ese momento es un documento privado (y, por tanto, manipulable, falsificable..) en documento público, acta notarial con los efectos que ello conlleva (inscribible, por ejemplo, en el registro mercantil si es un acta de un consejo de administración por ejemplo, efectos procesales arts. 319 y ss LECiv..) y la ejercen los notarios por delegación del Estado. Ahora dar fe en la esfera del derecho es, por decirlo de algún modo, más complicado. Cuando uno en un despacho tiene que dar fe de una compraventa de 20 millones €, comprobando todos los requisitos legales, identificación de las partes (capacidad, persona natural o jurídica, nacional o extranjera, representante o apoderado, menor o incapacitado, administrador o socios..) cláusulas, obligaciones fiscales, prevención de blanqueo y un largo etc, a más de uno le iba a temblar el pulso (y otras cosas) autorizar ese negocio jurídico sabiendo que respondes civil y patrimonialmente de ello, no hay ninguna administración detrás tuyo. A pesar de ello, la contratación intervenida por notario no da lugar ni a un 1,5% de conflictividad judicial. Son claros los beneficios para los particulares y para la administración en ahorro de costes. Es un hecho. Saludos
muccius 03/05/12 01:37
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Tiene usted profesión u oficio? Supongo que será legítimo defender la profesión de cada uno o de un familiar o del de al lado o no? Sigo esperando a que se enumeren los privilegios de que goza el notariado, abierto a todo licenciado o doctor en derecho de este país, al igual que las otras oposiciones del Ministerio de Justicia como carrera judicial, inspección de hacienda, abogacía del estado... Por lo que se desprende de su comentario no sólo parece ilegítimo o inmoral que uno defienda su profesión sino que también lo es ganar dinero, incluso ganarlo a espuertas. Está usted en su sano juicio o cree que vivimos en un estado leninista-marxista? En la época del boom inmobiliario, querido amigo, ha ganado dinero todo el mundo, muchas profesiones, muchos oficios, muchas empresas, entidades, corporaciones, bancos, las administraciones públicas recaudando impuestos etc. Los notarios llevan autorizando escrituras desde hace 150 años (tal y como hoy los conocemos), han conocido muchas crisis de distinta índole, pero nunca han promovido ni impulsado ni coaccionado a nadie a suscribirlas, en todo caso si hay un mercado hipotecario potente en España es gracias a las garantías de la intervención notarial y registral y que ha hecho a las entidades financieras obtener gran financiación gracias a la titulación hipotecaria. El que se hayan suscrito tantas hipotecas y en general haya habido una gran expansión de consumo (en todos los órdenes, incluso bienes de lujo, yates, automóviles, jets..) ha sido al gran flujo de crédito y los tipos de interés bajos, no los notarios. Sigo pensando que ganar dinero honradamente haciendo tu trabajo no es ni ilegal ni inmoral. Respecto a su punto segundo, su percepción de la actuación notarial es sólo eso, su percepción, allá usted. Yo también puedo pensar que la profesión de economista no sirve para nada pues no sirven para predecir las crisis ni tampoco para adoptar medidas eficaces para paliarlas. Pero sería una visión tan reducida que me daría vergüenza exponerla en público. PD: Si le parecen espeluznantes los honorarios de un notario, siempre puede hacer uso del sistema anglosajón y suscribir un seguro cuando adquiera un inmueble. Si encuentra alguna aseguradora que aquí en España ofrezca el "insurance title" háganoslo saber. Pero si no encuentra ese tipo de seguro pregúntese por qué, quizá la prima de un sólo año ya cueste más que la intervención notarial-registral una vez en la vida. Para Antoine: La verdad es que no he leído su comentario entero y no por falta de respeto sino porque ya le veo venir. Es usted un talibán y no llegaremos a un entendimiento con la palabra. Sólo quería que se retratase negro sobre blanco. Ya desde el primer post se observa su postura tendenciosa con falsedades y mentiras vertidas impunemente en un foro público. Después de quedar a la vista su mentira, la reacción normal que es pedir perdón y reconocer su ignorancia sobre el tema, se alza gallito y toca arrebato con temas como la oposición, que si la endogamia, que si los aranceles.. de los que parece tener una idea parcial pero sesgada e interesada, lo que da a entender que se trata de un trabajador resentido con el notario, de un opositor frustrado o de un abogado mal encarado. Por lo tanto, hasta aquí hemos llegado. Pero por último no quería dejar pasar la oportunidad, por si nos están leyendo algunos estudiantes de derecho u opositores, de resaltar que las oposiciones a notarías y registros son libres, públicas y nacionales, que ya van por una media de 8-9 años de estudio, pero que se pueden superar con esfuerzo y dedicación por cualquier estudiante, tenga o no familiares en los cuerpos, tenga o no un expediente excelente, y tenga o no posibilidades económicas (que pregunte por las becas en los colegios notariales), que lo que dice este tipo no es cierto y, además, es mentira.
muccius 02/05/12 19:50
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Efectivamente muchas veces la redacción ambigua u oscura de la norma no es resultado de la incompetencia técnica de su autor (que también), sino que obedece a intereses corporativos, financieros etc, para que así admita diferentes interpretaciones. Desgraciadamente se juega también con que la resolución de los tribunales será lenta y a destiempo y todos los negocios formalizados con arreglo a aquélla norma quedarán firmes en el ínterin. También estoy conforme con que se regule con mayor rigor las quejas y reclamaciones contra la actuación notarial y registral (sobre todo plazos, que son muy reducidos..), no en vano ya mencioné que es una ventaja proceder contra el notario o registrador en cuestión, cuya responsabilidad civil patrimonial es impuesta por ley. No lo estoy tanto con que no haya condenas, la más reciente en Abril de este año condenando por responsabilidad en la ejecución de una hipoteca, puede buscarse con facilidad en google dada su proximidad. Y hay que decir que las multas y sanciones disciplinarias son sumamente gravosas, nada que ver con otros funcionarios como jueces, que como vimos en el caso "Mari Luz", el Consejo General del Poder Judicial calificó como "falta muy grave" y la sancionó con 1500€, una broma. Respecto a lo de Marbella, me limito a reproducir el auto de sobreseimiento de la sala, rapapolvo al fiscal anticorrupción y a la UDYCO. Por cierto, auto recurrido por el fiscal, que sigue empecinándose en la "cooperación necesaria" de los notarios y que nos va a costar el dinero a los españoles. Ah, en el juicio oral declararon algunos de los policías y ninguno era licenciado en derecho. Todo ello sin contar la "pena de televisor", el que los notarios fueron detenidos a punta de pistola y metralleta en plena calle, en un ejercicio de extralimitación e infracción de diversos principios constitucionales por el ínclito juez Torres, a la postre condecorado por el señor Rublacaba antes si quiera de haber terminado la instrucción y, por tanto, sin saber si estaba o no bien hecha, como luego se demostró. En todo caso, estoy en la línea de que cuantos mejores funcionarios sirvan al Estado más fuerte será éste y mejor servicio se ofrecerá a los ciudadanos. Y salvo los indicados casos, no dudo de la profesionalidad de la policía y de otros cuerpos de funcionarios cuya formación, por otra parte, ha de ser incesante y en constante evolución. Un saludo y aquí estoy para cualquier cuestión
muccius 02/05/12 18:32
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Querido amigo, le contestaré pero sin acudir al caso concreto; - NO por obvio, hay que decir que la inmensa mayoría de notarios y registradores cumplen, desde luego, con sus deberes de asesoramiento, información y demás obligaciones legales. Incluso en un porcentaje aún mayor a pesar de lo que parecen inspirar los medios de comunicación (ahí está la falta de publicidad de los autos de sobreseimiento de los notarios de Marbella, Mallorca, Valencia... con notable varapalo de los propios jueces a fiscales y policía que, al menos, en los casos de Marbella "Ballena blanca" o "Hidalgo" denotaron profundo desconocimiento de la legislación societaria y mercantil y de prevención de fraude fiscal y blanqueo, lo cual es para estar cuanto menos algo preocupadillos). En el caso de los préstamos hipotecarios la actuación notarial se regula en el art.7 de la OM 1994 (ahora ya derogada) a parte de los correspondientes artículos del reglamento notarial, no me cabe ninguna duda de que los notarios advirtieron de todas las menciones del art. 7, otra cosa es que los interesados no se enteren o más bien habría que decir que se den por enterados. La intervención notarial garantiza que el consentimiento se presta libre e informado (de ahí que toda la contratación intervenida por notarios no dé lugar ni a 1% de conflictividad, con los consiguientes ahorros judiciales y, por tanto, para el Estado). Nadie obliga a nadie a adquirir una vivienda y menos a endeudarse con garantía hipotecaria. Si alguien cree que se le ha engañado pues que impugne el contrato por vicio de consentimiento. Si cree que la actuación notarial no ha sido correcta que denuncie al notario, es otra de las ventajas de nuestro sistema, usted no podría ir contra ese funcionario del "catastro" sino contra la administración, así que póngase a la cola. Por cierto, la actuación notarial no se limita a compraventas e hipotecas, es un reduccionismo que explica las posturas que mantienen que cualquier funcionario puede intervenir negocios como un notario. La actuación notarial abarca todo el derecho privado, desde negocios de familia (reconocimientos de hijos, emancipaciones, fe de vida, nacionalidad, emancipaciones, liquidaciones conyugales...); sucesiones (testamentos, herencias, particiones..); contratos (compraventas, donaciones, depósitos, arrendamientos...); urbanismo y construccion; hasta el societario y mercantil (constitución de sociedades, fusiones, escisiones, extinciones...) incluyendo el fiscal con la liquidación de ciertos impuestos (donaciones y sucesiones, transmisiones patrimoniales..). En cualquier caso, la notaría no es una facultad de derecho y económicas donde se explique el funcionamiento de la compraventa y de la hipoteca; si el interesado quiere tener un mayor conocimiento del negocio que va a formalizar puede acudir a cualquier notaría antes de la firma claro, el acto de la firma es eso, la firma (donde el asesoramiento es gratuito) o ir al asesoramiento de parte (abogado); teniendo en cuenta la envergadura del negocio no hubiera estado de más, no cree? Por tanto, no cuela eso de que el promotor me dijo, el banco me dijo, que somos ya mayores de edad. Aún no entendiéndolo la intervención notarial y registral en la mayoría de las ocasiones "limpiará" el contrato de clásulas abusivas, y digo mayoría pues las cláusulas son interpretables jurídicamente y es potestad de los tribunales pronunciarse sobre su validez o nulidad no a los notarios ni registradores. Esto me lleva a la siguiente cuestión. - La ley 41/2007 como la mayoría de leyes de los últimos 15 años es sumamente defectuosa desde el punto de vista técnico jurídico. En este caso, se debe a que su redacción vino directamente del Ministerio de Economía del señor Sebastián sin pasar por Justicia y de ahí resultó este bodrio, una norma hecha por y para las entidades financieras y absolutamente defectuosa donde se confunden términos económicos con términos jurídicos. En cualquier caso, no le quepa duda que la interpretación de notarios y registradores será siempre lo más equilibrada posible, son expertos en Derecho y funcionarios públicos pero gozan de independencia político-económica y esa es otra de las ventajas del sistema (sí convendría que se reformase en el sentido de no tener que depender tanto la facturación de las notarías de las entidades financieras, pero esa reforma de arancel le corresponde al gobierno). En todo caso, la interpretación de las normas forma parte de la actividad de aplicación del Derecho (artículos 3-5 Código Civil), el que haya interpretaciones divergentes no es un inconveniente ni una barrera insalvable, forma parte de la riqueza del derecho, correspondiendo a los tribunales fijar un sentido u otro, y, en última instancia, al Tribunal Supremo. Si los tribunales son lentos en decidir cuestiones como la validez de ciertas cláusulas o el sentido que ha de darse a un determinado precepto, si las normas son ambiguas, oscuras, ininteligibles etc, elévese la queja a quien corresponda. - Respecto a lo de la retribución, me imagino que un buen porcentaje de personas elige libremente el destino de su vida y profesión. Lo importante es ser feliz o haber sido feliz en la medida de lo posible con su trabajo. Afortunadamente, las notarías y registros de la propiedad no son coto cerrado como las farmacias o taxis, hay notarios cuyos padres fueron agricultores o encuadernadores o incluso pastores en una de las últimas promociones. Cuando el opositor vale, importa poco su procedencia. Interesa mucho más que ambos cuerpos se integren con las mejores promociones pues así se prestará mejor la función en beneficio de todos y redundará en el prestigio y reputación de las instituciones a la par que defenderán mejor los derechos de sus componentes. Pocos casos habrá habido en que entre el garbanzo negro, que, como en todas profesiones, hay. Saludos!
muccius 02/05/12 14:53
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Creo que sigue equivocado en las cifras. No creo que el 90% de los notarios ni registradores alcance la 1/8 parte de lo que dice, es decir, 100.000€. En todo caso, las cifras las tiene en su poder el Ministerio de Hacienda, no se preocupe por eso, que los aranceles son de 1989 con 50 reducciones en 20 años y sin revalorización alguna con respecto al IPC, así que la línea en la actualidad es a incrementar las retribuciones vía asunción de nuevas competencias vía reforma del arancel. Además empieza a cansar con tus mentiras. - Las oposiciones las convoca el Ministerio de Justicia a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Sólo se celebran en los Colegios Notariales con un tribunal formado por 2 notarios, un registrador, un abogado del estado, un magistrado y un catedrático. Las oposiciones a notarías publican a su término el porcentaje de opositores aprobados con familiares directos o indirectos hasta tercer grado con notarios, en la última no alcanzaba el 18% (teniendo en cuenta que lo "habitual" es que alguno de los hijos siga la dirección de su padre). Esta composición de tribunal y publicación de resultados, se da también en otras oposiciones? Segunda mentira. - Por supuesto hay notarios en municipios de menos de 5000 habitantes, tercera mentira. Con esto me refería a que hay un notario relativamente cerca de cualquier ciudadano, siendo en muchos casos el único punto de contacto entre éste y la administración de justicia. Huelga decir que estas notarías, el 70% del total, no es que se acerquen a las cifras falsas que usted da es que muchas hoy día no son ni económicamente rentables. Los datos, en poder del Ministerio de Hacienda, que en 2014 tendrá que hacer una nueva reordenación y suprimir (amortizar) muchas de esas plazas, como ya se está anunciando. - Que cualquier funcionario pueda hacer el trabajo de un notario demuestra que desconoce lo que se hace en una notaría, los documentos y negocios jurídicos que se formalizan, y el alcance, consecuencias y responsabilidad de todo ello. Pero explicarle todo esto excede de los comentarios de un foro. Si a eso le añadimos que el Estado nunca vio viable (hoy día mucho menos) asumir el coste de todo ello y de los resultados de esa burocratización total y las repercusiones para el tráfico civil y mercantil, explica que ningún gobierno (república, dictadura y democracia) razonable cambie un sistema que funciona con eficiencia, calidad, rapidez y a costes ajustados (parece que de todo ello a usted no le gusta hablar). Sistema, el del notariado latino, que siguen en 80 países más, algunos tan "poco desarrollados" como Francia, Alemania, Italia, Holanda, Austria... Lo van a implantar en China... Y, oiga, podría ir usted a Alemania y contarnos el coste de la intervención notarial, que más de uno se iba a sorprender. No importa, no irá y si va volvería a contar aquí otra vez mentiras tralará como viene haciendo, por eso ya se lo digo yo, los notarios españoles son los más baratos de Europa (con notariado latino, claro) después de los de Portugal. - Todavía seguimos esperando a que nos cuente de qué privilegios gozan los notarios. - Por lo demás, si no quiere ir al notario no vaya. No es obligatorio para casi nada, salvo excepciones como la hipoteca, que el legislador considera un gravamen tan importante que entiende debe ser conocido en el tráfico inmobiliario por los terceros y por el propio hipotecante.
muccius 01/05/12 01:43
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Esas cifras son falsas, no creo que hoy día llegue ningún notario a esas cantidades, ni aún los de Madrid o Barcelona. Ni en el boom inmobiliario el 1% de los notarios llegaría a esa cifra. Están extraídas de un reportaje del diario Público (panfleto más bien), absolutamente falaz y tendencioso, que como el comentarista tampoco señala la fuente de esos datos, sencillamente porque no la hay y son falsas. En cualquier caso, el primero que lo sabe es el Ministerio de Hacienda que posee las declaraciones de renta de cada uno de ellos. Por otra parte, la principal virtud del sistema notarial-registral es que prestan un servicio público radicado en todos los rincones de España perfectamente conectado telemáticamente y todo ello sin costarle un € al Estado ni, por tanto, a los españoles, sólo lo paga quien lo utiliza, al mismo tiempo que hacen de recaudadores de impuestos y me da a mi que quienes más lo utilizan son grandes empresas y corporaciones y no precisamente los particulares que a lo sumo van 2 ó 3 veces en toda la vida al notario. Así que más información y menos decir tonterías que ahora mismo no van con cargo a los presupuestos. Ah! Comentar que a Boyer también se le ocurrió la idea cuando era ministro de asumirlos en los presupuestos, obviamente fue rechazada, asumir el Estado la función pública notarial y registral (osea funcionarios, empleados, locales, material, programas informáticos... al mes) que hasta el momento y salvo excepciones funciona con calidad, eficiencia y a un coste cada vez más barato, a cambio de subir los impuestos para destinar una partida semejante a la de la administración de justicia y prestar un servicio digamos de resultados cuando menos imprevistos... pues no llegó a cuajar. Sobre los privilegios, si superar una oposición libre, pública y nacional entre los mejores estudiantes de derecho es un privilegio... sin comentarios. Más bien lo que había que hacer es extender el sistema de arancel a otros servicios públicos, sin olvidar que también lo siguen los administradores concursales, los procuradores y hasta hace poco los secretarios judiciales; se fomentaría la competitividad, la eficacia y la calidad, los notarios tienen el mismo arancel en toda España, sólo compiten en calidad. Las liberalizaciones tienen que ir por otros caminos; farmacias, ferrocarriles, correos... Saludos