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Participaciones del usuario mt.cygnus

mt.cygnus 07/06/17 14:42
Ha respondido al tema Banco Popular (POP) Seguimiento del valor
La verdad es que si me lo puedes explicar te lo agradecería, al menos dame tu punto de vista, porque habrá cosas que no este entendiendo.
mt.cygnus 07/06/17 14:31
Ha respondido al tema Banco Popular (POP) Seguimiento del valor
Si Santander sólo ha pagado, literalmente, 1€ y va ha hacer una AK de 7.000 millones que van a poner los que acudan a ella para Santander entonces ha sido un chollo. Para 2020 va a obtener unos rendimientos del 13-14%.  No es esto competencia desleal? No es injusto para el resto de bancos? Entiendo que popular tiene que tener un buen pufo oculto pero con esos 7.000 millones se podrá cubrir bastante y además Santander se queda con la mejor cartera de pymes.
mt.cygnus 02/06/17 21:19
Ha respondido al tema Banco Popular (POP) Seguimiento del valor
Hoy se ha anunciado que BlackRock a reducido su participación en Popular, creo recordar que para cambios en participaciones significativas estan obligados a comunicarlos en  1 semana de plazo, me podéis corregir esto por favor. Porque cuando paso en Abengoa que los bancos iban reduciendo participación te enterabas a los 3 o 4 días de que Santander ( por ej) había reducido su participación, y si lo mismo ha hecho BlackRock es que más que olerse algo pues ya lo tenía bien claro. Gracias gente, en la CNMV en la normativa no he podido encontrarlo.
mt.cygnus 01/05/17 17:25
Ha respondido al tema Renuncia voluntaria al mantenimiento de inscripcion de acciones en Iberclear Circular 7/2001
Hola, Hablando desde el desconocimiento de las leyes en el mercado americano, doy por hecho que sí. Pero vamos que allí la justicia en este tipo de casos es mucho más rápida y efectiva así que doy por hecho que para ti sería más fácil. Espero que alguien nos pueda ayudar^^.
mt.cygnus 27/04/17 12:11
Ha publicado el tema Renuncia voluntaria al mantenimiento de inscripcion de acciones en Iberclear Circular 7/2001
mt.cygnus 26/05/16 13:55
Ha respondido al tema GOWEX
^^ A ti al menos te dejan cambiarte de broker, yo pase todo a De Giro pero me dijeron que el zapato con la mierda no lo querían, que lo dejara en Renta 4.
mt.cygnus 19/05/16 14:11
Ha comentado en el artículo Dándole vueltas a la obligación de declarar las cuentas en el extranjero
Hola, Hoy he llamado al Mineco (Ministerio de Economía y Competitividad) y creo que ya me he informado de todo. El D-6 (la parte de declaración de depósitos) lo tienen que hacer todos aquellos que tengan acciones y demás fuera de España, es decir, que la custodia de estas acciones esté fuera de España. El ejemplo de las Apple es depende de donde esté la custodia, si es en Ing o Renta 4 pues el D-6 lo hacen ellos. Pero si es en De Giro por ejemplo, el D-6 lo tienes que hacer tú, sí es para bancos que custodien aquí en España se encargan ellos si no, te encargas tú. La parte del D-6 de declaración de flujos ojalá tuviera que hacerla pero son unos mínimos muy altos. De todas maneras aquí os dejo un Blog donde lo explica todo muy bien. http://www.cazadividendos.com/d-6-declaracion-inversion-espanola-exterior-valores-negociables-extranjero/
mt.cygnus 10/05/16 20:08
Ha respondido al tema Amortización de vivienda para alquiler, deducción del 3% - Deducción por alquiler de vivienda habitual
Muchas gracias por tu respuesta Usalaimaginacion. Por lo que he podido ir aprendiendo estos días, sólo por el hecho de arrendar un piso Hacienda ya supone una amortización mínima ( ya que da por hecho que el piso se desgasta y pierde valor), apliques o no la amortización anual, hacienda aplicará la amortización mínima. Resulta que desde 2003, la amortización mínima es del 3%, antes fue del 1,5% y del 2%, por tanto, a partir del 2003 te apliques o no la amortización en la Renta anual, Hacienda la aplicará cuando tu vendas el piso. En resumen, desde 2003, si alquilas el piso, cada año el piso se devalúa un 3%, así que conviene aplicarlo en la Renta de cada año. Todo esto lo he contrastado con información de rankianos, y con el Manual de Renta 2015 capítulo 11.
mt.cygnus 09/05/16 10:27
Ha respondido al tema Deducción arrendatario vivienda
Buenos días Leopol, Muchas gracias por tu ayuda, ahora sí que lo tengo bastante más claro. Yo había deducido que ambos impuestos eran el mismo, con tu aclaración ahora todo tiene más sentido.
mt.cygnus 08/05/16 19:58
Ha respondido al tema Deducción arrendatario vivienda
Gracias por tu respuesta Leopol. Es que, por lo que estoy leyendo, te apliques o no la amortización, se te va a aplicar una amortización mínima (la cual no encuentro datos sobre ella o especificaciones en ningún lugar), al propietario del piso no le interesa aplicárselo porque entonces tendría que pagar más impuesto de plusvalía, supongo que al que le interesa aplicarlo es al ayuntamiento.Todo estoy me estoy refiriendo a la amortización que se aplica a pisos arrendados, por lo que se ve, si arriendas, apliques o no la amortización el ayuntamiento te aplica una amortización mínima pues entiende que el valor de construcción del piso se va minorando.