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Participaciones del usuario Merlin1

Merlin1 15/09/17 07:59
Ha comentado en el artículo El retracto. Tan cerca, tan lejos
Buenos días La idea de realizar la compraventa (en este caso de un proindiviso) durante el periodo de retracto ya la aportó F.Calvo en el post: https://www.rankia.com/blog/subastas-judiciales/374712-relato-practico-mas-indivisas Según este post, con un certificado de la Seguridad Social donde constaba que era adjudicatario, hizo escritura de compraventa ante notario con un tercero (de buena fe). Según argumentaba F.Calvo (o según creo yo entender de la lectura del post), el importe del retracto a solicitar al retrayente era el de la reventa y no el de la adjudicación de la Seguridad Social, si bien hay comentarios en dicho post que ponen en duda esta conclusión. Por analogía con el caso del derecho del inquilino aquí expuesto, en ese caso también el retrayente tendría derecho a repetir contra el adjudicatario de la subasta de la Seguridad Social por la diferencia entre los importes de la reventa y el importe de la adjudicación original. ¿No es así, Jotaerre? De no ser así, el derecho de retracto quedaría, si no impedido, si dificultado por posibles transmisiones posteriores. Un saludo y gracias a todos por compartir vuestra sabiduría.
Merlin1 13/09/17 15:26
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola, mfmelo. Gracias por tu respuesta. Efectivamente, voy a comprar (compraventa ordinaria) el 25% de la nuda propiedad de un cotitular. En cuanto al derecho de retracto, el plazo para ejercerlo es de 9 días desde el conocimiento de la venta (precio y condiciones) o, en su defecto, desde la inscripción registral. Según lo que he leído, no es preceptiva la comunicación de la venta a los comuneros, por lo que mi intención es que la inscripción registral haga su efecto. ¿El Registrador, al contrario que con los arrendamientos, no pide para la inscripción registral la comunicación de la venta a los comuneros, verdad? Un saludo
Merlin1 13/09/17 14:05
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Buenas tardes Estoy barajando comprar un proindiviso (25% de una vivienda) en la cual, por título de herencia, un menor ostenta título de otro 10%% de la vivienda. La vivienda está en posesión del usufructuario (también cotitular). Obviamente, la compra sería a muy buen precio. Me gustaría saber si existe alguna implicación legal en la titularidad del menor (aparte de tratar con los representantes legales para negociar la compra de su parte) para, si no hay acuerdo, posteriormente, instar demanda de división de cosa común, y siempre teniendo en cuenta que la posesión de la vivienda la ostenta el usufructuario. Por supuesto, el derecho de usufructo es intocable y no queda afectado por la posterior subasta de división de cosa común. Gracias por vuestras respuestas Un saludo
Merlin1 07/09/17 16:48
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Esto es lo que me parecía haber leído en algún otro comentario, que como regla general, no las pedías. Tus historias, aparte de muy entretenidas, son muy didácticas. Gracias Saludos
Merlin1 07/09/17 13:03
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Hola a todos Es un placer leeros. Mfmelo, ¿pides notas simples pata licitar en Hacienda y Seg Soc? Tristán creo que si lo hace, Si las pides, se te va un dinero.... ¿Te fías de lla declaración de .."no constan cargas" de estos organismos? Gracias a todos y un saludo
Merlin1 27/02/17 12:46
Ha comentado en el artículo El curso Triunfa Con Las Subastas ya está a la venta (y yo casi muero de éxito)
Buenos días Otro alumno más deseando que empiece el curso. Saludos a todos
Merlin1 20/01/17 19:12
Ha comentado en el artículo Lo vamos a pasar bomba en el curso de subastas
No tengo ninguna duda de que el curso será magnifico. Mi única duda (y supongo que no seré el único que lo piense) es si va a haber caza para tanto cazador.... Entre los subasteros actuales y los que van a empezar.......me temo que los precios de las adjudicaciones van a subir todavía mas, y ya actualmente se están viendo precios de adjudicación de auténtica locura (algunos serán pujas del acreedor, pero no todos). Estoy deseando que Tristan me convenza de que esto no va a ser necesariamente así para matricularme en el curso.
Merlin1 31/10/16 17:34
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Eso me parecía a mi Pero parafraseando al sabio Tristan.... "no des nada por sentado". Gracias de nuevo (también a Pecks) por vuestra rápida respuesta.
Merlin1 31/10/16 16:54
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Buenas tardes a todos Agradecería que me pudiérais ayudar con la siguiente duda. En ocasiones, y sobre todo para plazas de garaje, trasteros, etc... lo que aparece inscrito en el Registro es una participación indivisa sobre un conjunto inmobiliario (ya se trate de un aparcamiento en general o sobre un edificio) que da derecho al uso de x plaza de garaje o x tratero. Tratándose de una participación indivisa que da derecho al uso de un bien inmobiliario, ¿existe derecho de retracto de los demás propietarios(comuneros)? Gracias de antemano por vuestra ayuda
Merlin1 19/09/16 18:53
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Muchas gracias por tu respuesta, Tristán. Mucha suerte con tu nuevo proyecto. Nos tienes a todos en ascuas....