Merlin1
15/09/17 07:59
Ha comentado en el artículo
El retracto. Tan cerca, tan lejos
Buenos días
La idea de realizar la compraventa (en este caso de un proindiviso) durante el periodo de retracto ya la aportó F.Calvo en el post:
https://www.rankia.com/blog/subastas-judiciales/374712-relato-practico-mas-indivisas
Según este post, con un certificado de la Seguridad Social donde constaba que era adjudicatario, hizo escritura de compraventa ante notario con un tercero (de buena fe).
Según argumentaba F.Calvo (o según creo yo entender de la lectura del post), el importe del retracto a solicitar al retrayente era el de la reventa y no el de la adjudicación de la Seguridad Social, si bien hay comentarios en dicho post que ponen en duda esta conclusión.
Por analogía con el caso del derecho del inquilino aquí expuesto, en ese caso también el retrayente tendría derecho a repetir contra el adjudicatario de la subasta de la Seguridad Social por la diferencia entre los importes de la reventa y el importe de la adjudicación original. ¿No es así, Jotaerre? De no ser así, el derecho de retracto quedaría, si no impedido, si dificultado por posibles transmisiones posteriores.
Un saludo y gracias a todos por compartir vuestra sabiduría.