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El retracto. Tan cerca, tan lejos
Buenas nochesCreo que este nuevo servicio de los Registros de la Propiedad van a facilitar el retracto de los comuneros en las compraventas de cuotas indivisas., al notificarse de manera automática al titular registral que solicita dicho servicio sobre cualquier movimiento registral que afecte a la finca. ¿lo creéis así?https://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/10570767/05/20/Los-Registros-de-la-Propiedad-alertan-gratuitamente-a-los-titulares-de-inmuebles-sobre-actuaciones-que-les-puedan-afectar.htmlUn saludo
Merlin112/03/20 00:18
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Chat de subastas
Este Real Decreto solo afectaría a ejecuciones hipotecarias y ventas extrajudiciales. Entiendo que no afecta a subastas administrativas, ¿verdad?
Otra cosa es que luego el lanzamiento vaya a ser más que complicado en este entorno jurídico y que, el día de mañana, también extiendan el ámbito de este Real Decreto a dichas subastas, pasándose por el forro la seguridad jurídica.
Saludos
Merlin126/02/19 15:48
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Jotaerre, el mejor especialista en derecho inmobiliario y registral
Respecto a Jotaerre, siempre me ha asaltado una duda. Como abogado todos le reconocemos como experto en la materia, lo que debería en muchas ocasiones (sin cliente de por medio) darle merecida ventaja en la licitación de este tipo de inversiones inmobiliarias. Jotaerre, desde la más profunda admiración, te envío una pregunta sibilina: ¿participas a título particular en alguna subasta? Solo tengo la curiosidad........ Gracias por toda la información que nos aportas, Jotaerre
Merlin125/10/18 07:35
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Chat de subastas
Buenos días,
Quisiera haceros una pregunta. ¿Sabéis cuanto (de media, aproximadamente, ya que cada caso es un mundo) están tardando los juzgados de Madrid en dictar sentencia de extinción de proindiviso y posterior ejecución de sentencia mediante subasta del bien inmueble? Ahora que creo que a los procuradores se les permite realizar notificaciones, ¿habéis notado que eso ayuda a acortar los plazos de los procedimientos judiciales?
Gracias de antemano y un saludo a todos
Merlin118/10/18 08:37
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Librando mi propia batalla con los okupas
Me sumo a las palabras de Bender.
Enhorabuena por tener siempre el valor de defender la verdad frente a lo políticamente correcto. Toda una lección!!!
Buena suerte, estamos todos con Ud....
Merlin121/04/18 08:31
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Consecuencias de la gonorrea judicial
Buenos días. Yo también tengo la cuenta BBVA online y, efectivamente, no cobran comisiones y no necesitas vinculación alguna. Además, tampoco pagó comisiones por cheque bancario, ya que tenían antes una promoción por la cual si cumplías una de tres opciones (solo me acuerdo que una era domiciliar nómina y otra era comprar 1.000 acciones del BBVA, lo siento, no me acuerdo de la tercera) tienes la posibilidad de hacer cheques bancarios gratis. Para mi, lo más fácil fue comprar 1.000 acciones de BBVA. Desconozco si la promoción sigue vigente.
Merlin104/04/18 14:35
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Chat de subastas
Gracias, mfmelo. Es un retracto de comuneros (compré parte indivisa). Perdona Jotaerre, no quería ofender, pero con una demanda de retracto interpuesta en tiempo y forma, duele gastarse una pasta en abogado y procurador simplemente para allanarme.
Gracias de nuevo a todos
Merlin104/04/18 07:49
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Chat de subastas
Buenos días
En una demanda de retracto, cuando habéis sido adjudicatarios y no queda otra que allanarse ¿lo hacéis con abogado y procurador o lo intentáis sin represenatacion procesal ni legal? He leído que algunos juzgados admiten el allanamiento sin dicha representación (incluso he encontrado alguna sentencia del TSJ de Cataluña admitiéndolo). Si preguntas a un abogado/procurador, dirán que por supuesto (son parte interesada).
Gracias por vuestra ayuda y saludos
Merlin107/02/18 23:37
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Chat de subastas
Gracias, mfmelo, por tu inestimable ayuda.
Saludos
Merlin107/02/18 21:41
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Chat de subastas
Buenas noches
Agradecería que alguien pudiera echarme una mano con una cláusula en una certificación que no se si estoy interpretando bien. Para cumplir lo exigido por Tristán, el código de subasta es 86214.
Se trata de una subasta del 50% de la nuda propiedad de una vivienda.
La titularidad de la vivienda es del 50% en pleno dominio y usufructo vitalicio de la cónyuge viuda, con la facultad de disponer libremente de los mismos, por actos intervios y a título oneroso, sin limitación alguna, y el otro titular (hija) es titular del 50% de la nuda propiedad (y esto es lo que no acabo de entender) con la limitación impuesta por el causante en su testamento consistente en "que heredará únicamente los bienes que la esposa del causante (la viuda) no haya dispuesto de los mismos por actos intervivos y a título oneroso y sin limitación de clase alguna".
Entiendo que la nuda propiedad de la hija ya la ha heredado (del otro causante), la esposa no puede disponer de esa nuda propiedad, solo puede disponer de su 50% de pleno dominio y de su usufructo vitalicio en actos intervivos y a título oneroso (no gratuito), y es a esta parte a la que afecta la capacidad de disposición de la viuda. ¿estoy en lo cierto? Mil Gracias por vuestra ayuda